Estimados/as señores/as:
En fecha 10/01/2024 adquirí un billete de tren para viajar el día 10/01/2024, desde Xàtiva hasta Barcelona Sants.
En la estación de tren de salida de mi viaje, en Xàtiva, procedí a facturar mi equipaje, consistente en una maleta de considerable peso (32 kg), que contenía artículos de gran valor personal, tales como gafas de vista, una cazadora de invierno, ropa sin estrenar, dos máquinas de radiofrecuencia, entre otros.
En la estación de tren del destino en Barcelona Sants, y tras esperar durante más de una hora en la sala de recogida del equipaje, el mismo no llegó a destino.
Antes de abandonar la estación, presenté la oportuna reclamación dejando constancia de la incidencia con número de referencia PVSC.2024.005175. Según lo establecido en el artículo 63.a del Real Decreto 2387/2004, Renfe está obligada a indemnizar por la pérdida o daños en el equipaje (adjunto BOE).
Ante la pérdida del equipaje , solicito el abono de 600 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados, que consistieron en la pérdida de los artículos mencionados anteriormente.
Adjunto los siguientes documentos:
Billetes de tren.
Reclamación en estación
adjunto BOE
Respuesta de Renfe del 5 de febrero.
SOLICITO, el abono de 600 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados.
Sin otro particular, atentamente.
Marina Requena Mora