HECHOS Deficiente asesoramiento técnico: El 20/07/2026 se formaliza en JYSK Córdoba la compra de dos colchones, dos somieres y sus patas, pagando los correspondientes gastos de transporte. El personal de ventas omitió la necesidad de incorporar 6 patas por estructura para garantizar la resistencia básica, comprometiendo la estabilidad y seguridad del producto desde el inicio. Reiteración de defectos y sobrecostes forzados: El primer somier llegó con roturas (demorándose 12 días su sustitución). El de reemplazo fracturó un travesaño en uso normal a los pocos días. En tienda reconocen que hacían falta 6 patas y obligan al cliente a pagar 4 patas adicionales de su bolsillo para subsanar un error del propio vendedor. Al vencerse también las patas del segundo somier, y para evitar mayores dilaciones con menores durmiendo provisionalmente en colchones en el suelo, se accede a abonar dos estructuras de cama de acero recomendadas por la tienda. Incumplimiento de plazos de entrega y desatención: La entrega de las estructuras y el nuevo somier se comprometió para el 23 de septiembre de 2026. Llegada la fecha, no se entregó ni se facilitó trazabilidad alguna. Ante la falta de respuesta telefónica en tienda, se contactó con la central de JYSK, que prometió una llamada urgente del establecimiento que nunca llegó a producirse. Entrega de producto usado y roto: El 24 de septiembre de 2026 se recibe el envío, trayendo como somier de sustitución el mismo somier devuelto semanas antes: sin embalaje alguno, sucio y con las láminas partidas. En tienda se limitan a indicar que tramitan otro pedido con una enésima espera. En fecha 25/09/2026 se ha interpuesto y sellado la correspondiente Hoja Oficial de Quejas y Reclamaciones de la Junta de Andalucía en el establecimiento comercial. SOLICITUD / PRETENSIONES Entrega inmediata e improrrogable en un plazo máximo no superior a 48/72 horas de un somier completamente nuevo a estrenar, precintado de fábrica y libre de cualquier defecto, retirando el material roto. Reembolso íntegro de los gastos de transporte y envío abonados en el pedido original ante el servicio negligente prestado. Indemnización y compensación económica de 150,00 € por los perjuicios ocasionados, desplazamientos reiterados forzados y más de dos meses de demoras injustificadas que han afectado al descanso familiar (arts. 1101 y ss. del Código Civil y art. 128 del RDL 1/2007).