Estimados señores:
Por medio de la presente, comunico formalmente mi decisión de ejercer mi derecho de desistimiento del contrato Ref: KC46E-HYSU9-4PLGX-LOBPJ que consiste en la prestación de servicios de “Formación” o "Formación" o "Coaching” según el cual, E-com Growth Partners proporciona el uso y el acceso al material de formación online para crear su propio negocio “Growth Partner” y dar servicios de marketing digital que se pone a disposición del Estudiante sobre una base de uso a plazo”. Por un importe total de 4840€ financiado a través de la entidad Sequra. Contrato firmado electrónicamente el día 14 de septiembre de 2026. Envío de Correo electrónico de desistimiento sin respuesta el día 15 de septiembre de 2026.
El desistimiento es una institución recogida en el artículo 102 del RDL de la Ley General de Consumidores y Usuarios y que recoge la posibilidad de desistir unilateralmente en los siguientes 14 días a la contratación.
No está sujeta dicha posibilidad que asiste al consumidor final de desistir a ser renunciada por imposición unilateral en cláusula abusiva y por tanto nula como excepción contemplada en el artículo 103 m), pues no se cumplen la totalidad de las condiciones fijadas para que dicha renuncia sea legalmente aplicable, puesto que no se ha abierto el paquete informático conteniendo el programa y además lo contratado incluye formación para su uso y clases complementarias que no pueden darse por perfeccionadas con el simple envío mediante correo electrónico para descargarse la app de skool, sin abrir su contenido, tratándose más bien de un curso completo de formación que no se perfecciona con la puesta a disposición del material informático, que no ha llegado a abrirse.
Es por ello que ha de acudirse para que sea efectiva la acción de desistimiento, al supuesto general del artículo 102 del RDLGCU, de 14 días.
Por todo lo cual insto la cancelación íntegra de dicho contrato y el reembolso completo de cualquier cantidad abonada y la resolución del contrato