Me dirijo a ustedes en mi calidad de consumidor, para ejercer el derecho de desistimiento establecido en los artículos 68 y siguientes de la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
El día 11/04/2025 realicé una preinscripción electrónica para la suscripción al gimnasio Synergym en Manresa a través de su página web, lo que constituye un contrato celebrado a distancia. Dicha preinscripción se realizó antes de la apertura del centro al público, que tuvo lugar el 1 de diciembre del 2025. En su publicidad promocional, se indicaba expresamente el eslogan "Reserva ahora, no pagues hasta la apertura", lo que confirma que esta reserva no implicaba un compromiso obligatorio ni pago hasta conocer y evaluar las instalaciones en persona (adjunto copia de la propaganda como prueba).
El 11 de diciembre de [año], visité las instalaciones del gimnasio para evaluarlas, pero decidí no continuar con el servicio. En ese momento, el personal del centro me indicó que podía solicitar la baja a través de su página web o aplicación, o que, en caso de no realizar pagos, la baja se daría de forma automática. Intenté realizar la baja electrónicamente, pero el sistema lo impedía solicitando el pago del primer mes adeudado, lo que no procedía dada mi voluntad de desistir y la publicidad mencionada.
No he utilizado en ningún momento las instalaciones ni servicios del gimnasio, por lo que no ha habido ejecución del contrato. El presente desistimiento se realiza dentro del plazo legal de 14 días naturales desde la ejecución del contrato (apertura del centro el 1 de diciembre), sin necesidad de justificación alguna.
Por tanto, desisto formalmente del contrato de preinscripción/suscripción, solicitando:
La cancelación inmediata de mi cuenta/socio, con baja definitiva en todos los sistemas de Synergym.
La anulación de cualquier deuda pendiente generada indebidamente de los meses: diciembre 2025 y enero 2024, ya que no he autorizado ni recibido el servicio, y conforme a su publicidad de "no pagues hasta la apertura" sin compromiso posterior.
Les ruego confirmen por escrito (email o burofax) la recepción de esta comunicación y el cumplimiento de lo solicitado en un plazo no superior a 10 días. De no recibir respuesta satisfactoria, me veré obligado a iniciar las acciones legales pertinentes, incluyendo reclamación ante la Oficina Comarcal de Información al Consumidor (OCIC) del Bages y, en su caso, demanda judicial por vulneración de mis derechos como consumidor y publicidad ngañosa.
Quedo a la espera de su pronta resolución.