Buenas tardes,
La factura corresponde al expediente de anomalía nº F/00040/01091771.
Hemos solicitado a distribuidora la documentación del expediente que justifica la factura. Usted también debería de tener también copia de esa documentación, pues la distribuidora lo hace llegar al cliente.
Nosotros como comercializadora de energía eléctrica tiene sus obligaciones escidas en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, concretamente en su artículo 46 el cual regula el funcionamiento de las comercializadoras de energía eléctrica, esciendo sus obligaciones (comunicación de actividades, mantenimiento de requisitos legales para operar, compra de energía, contratar y pagar los peajes de acceso, la firma de contratos y facturar de acuerdo a la ley, colaborar con programas oficiales para optimizar el uso de energía…), y derechos (derecho a utilizar las redes de transporte y utilización, actuar en el mercado, derecho a facturar y cobrar a sus clientes…)
El modus operandi es que la distribuidora aporte las lecturas de los consumos de los clientes y nosotros, de acuerdo con ellos, realicemos la facturación y procedamos al cobro de los clientes, por lo que nada tenemos que con los expedientes de anomalía, sino que es competencia de la distribuidora
Sin embargo, si tiene cualquier consulta adicional, no dude en contactar con nosotros
Muchas gracias,
Un saludo
Lucía Jiménez López
Abogada - Departamento Jurídico
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