Estimados/as señores/as,
Me dirijo a ustedes en relación con la reciente comunicación mediante la cual se me informa del cambio en la periodicidad de cobro de mi cuota, pasando de una cuota mensual a un cobro cada cuatro semanas.
Deseo manifestar expresamente mi disconformidad con dicha modificación, ya que en el momento de la contratación acepté una cuota mensual, y este cambio supone una modificación unilateral de las condiciones contractuales, además de un incremento encubierto del precio anual, al implicar trece pagos al año en lugar de doce.
De conformidad con la normativa vigente, este tipo de modificación resulta contraria a:
El artículo 1256 del Código Civil, que establece que la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden quedar al arbitrio de una sola de las partes.
Los artículos 82 y siguientes del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que califican como abusivas las cláusulas y prácticas que permitan al empresario modificar unilateralmente las condiciones del contrato sin causa justificada y sin el consentimiento del consumidor.
Los principios de transparencia y buena fe contractual, exigidos en las relaciones de consumo.
Por todo ello, les solicito formalmente que:
Se mantengan las condiciones originalmente contratadas, esto es, el cobro mensual
Quedo a la espera de su respuesta por escrito y les ruego que, hasta que esta situación se resuelva, no se aplique el nuevo sistema de cobro indicado.
Atentamente,
Mari Paz Diaz