FICHA Nº 0328/255338 OT Nº 7711 DEL 21/08/2026
PRIMERO.– Que el día 8 de julio de 2026 se solicitó una cita en Norauto, sito en Junto a Hiper E.Leclerc, C. Labradores, s/n, 37188 Carbajosa de la Sagrada, Salamanca, para realizar el cambio de las pastillas de freno delanteras, incluyendo la correspondiente mano de obra, por un importe presupuestado de 80,93 euros. Se adjunta comprobante de dicha cita.
La cita fue concedida para el día 10 de julio de 2026, en horario de 12:45 a 13:45 horas.
SEGUNDO.– Que, una vez llevado el vehículo al establecimiento el día 10 de julio de 2026 y tras realizar Norauto las comprobaciones oportunas, se nos comunicó que las pastillas de freno delanteras se encontraban en buen estado y que, por tanto, no procedía realizar el cambio inicialmente solicitado.
En su lugar, se nos informó de que el problema que presentaba el vehículo era otro, concretamente que el cable original de los frenos ABS se encontraba roto y que era necesario proceder a su sustitución.
Como consecuencia de este diagnóstico realizado por los propios técnicos de Norauto, se nos comunicó que se anulaba el cobro correspondiente al cambio de pastillas de freno inicialmente presupuestado, al no ser necesaria dicha intervención.
TERCERO.– Que, siguiendo las indicaciones de Norauto y confiando en el diagnóstico realizado por sus propios técnicos, se solicitó en el propio establecimiento una nueva cita para proceder a la sustitución del cable de freno/ABS que se nos había indicado que estaba roto.
Dicha cita fue concedida para el 21 de agosto de 2026.
Por tanto, la actuación que se encontraba pendiente y para la que se había concertado expresamente la nueva cita era la sustitución del cable que Norauto había diagnosticado como averiado.
Asimismo, se hace constar que el vehículo permaneció sin utilizarse desde el día 10 de julio de 2026 hasta el día 21 de agosto de 2026.
CUARTO.– Que el día 21 de agosto de 2026, a las 7:00 horas, se llevó nuevamente el vehículo al establecimiento de Norauto para realizar la reparación previamente indicada, consistente en la sustitución del cable del ABS diagnosticado el 10 de julio.
Sin embargo, no se realizó dicha reparación y, en su lugar, Norauto efectuó una nueva diagnosis que no había sido solicitada ni había sido previamente comunicada.
Pese a ello, al ir a recoger el vehiculo, se nos exigió el pago de 70 euros por dicha diagnosis, condicionando la entrega del vehículo al previo abono de dicha cantidad. Por este motivo, nos vimos obligados a efectuar el pago para poder recuperar el vehículo que además no había sido reparado.
QUINTO.– Esta sucesión de hechos —diagnóstico inicial, cancelación de un servicio por no resultar necesario, diagnóstico de una avería concreta, concertación de una cita para repararla, nueva diagnosis no solicitada y cobrada, falta de reparación y posterior modificación de las recomendaciones y presupuestos— evidencia una falta de coherencia entre las actuaciones realizadas en ambas visitas, que solicitamos sea aclarada de forma debidamente motivada y documentada.
A modo de resumen:
• 8 de julio: se solicita cita para cambiar las pastillas delanteras por 80,93 euros con mano de obra incluida.
• 10 de julio: Norauto comprueba el vehículo y determina que las pastillas están en buen estado, por lo que se anula el cobro; se diagnostica como averiado el cable original de los frenos ABS y se indica que debe sustituirse.
• 10 de julio: se solicita una nueva cita para sustituir dicho cable.
• 21 de agosto: se vuelve a realizar una nueva diagnosis, pese a existir ya un diagnóstico previo, y se cobran 70 euros por ella.
• 21 de agosto: no se realiza la reparación del cable que había motivado la cita.
• 21 de agosto: se indica ahora que deben sustituirse las pastillas de freno, que previamente habían sido consideradas en buen estado, por un importe muy superior al inicialmente presupuestado junto a otras recomendaciones sin justificación tectinica como sustituir los neumáticos por caducidad al ser de 2019
SEXTO.– Se adjuntan al presente escrito las facturas, comprobantes de pago, presupuestos y demás documentación disponible relativa a las actuaciones descritas.
Asimismo, se hace constar que el resto de los antecedentes, fechas de citas, diagnósticos previos y registros de intervenciones indicados pueden ser comprobados mediante la propia base de datos interna e historial de taller de Norauto relativos a este vehículo.
SOLICITA
Por todo lo expuesto,
PRIMERO.– Que se proceda, como mínimo, a la devolución íntegra de los 70 euros abonados por la diagnosis realizada el día 21 de agosto de 2026, al tratarse de una actuación no solicitada, realizada sobre un fallo que ya había sido diagnosticado previamente por los propios técnicos de Norauto y que, además, no se correspondía con la reparación para la que se había concertado la cita.
Se solicita el reembolso monetario íntegro de los 70 euros. Subsidiariamente, y únicamente si resulta aceptable para la reclamante, podrá efectuarse mediante un vale o abono equivalente por el mismo importe.
SEGUNDA.– Que, en caso de no obtener una respuesta satisfactoria, se presentará la correspondiente reclamación ante los organismos oficiales de protección de los consumidores competentes, incluyendo la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y los Servicios de Consumo de la Comunidad Autónoma correspondiente, aportando la presente reclamación y toda la documentación acreditativa de los hechos, sin perjuicio del ejercicio de cualesquiera otras acciones o derechos que pudieran corresponder.
Al mismo tiempo, se reserva expresamente el derecho a formular reclamación adicional respecto de las restantes actuaciones, presupuestos y recomendaciones efectuadas durante la visita de 21 de agosto, una vez examinada la documentación completa del expediente.
En Salamanca, a 22 de agosto de 2026.