Estimados Sres.:
En relación con la reclamación tramitada por esa Organización en representación de su socia, Dª Eva María Paredes Escobar (Expediente 15758494), relativa a la reserva del vehículo Opel Crossland 1.2 SS Design Line 110 CV, matrícula 6666LDR, nos dirigimos a ustedes a fin de trasladar la posición formal de esta mercantil:
Primero.- Sobre la veracidad e integridad de la información publicitada.
Esta parte niega de forma categórica cualquier ocultación o falta de transparencia respecto a las características del vehículo. El automóvil fue ofertado y publicado con la denominación técnica oficial del fabricante (
Opel Crossland 1.2 SS Design Line 110 CV), coincidente al 100% con la ficha técnica y documentación oficial del bien. La no inclusión del término comercial PureTech en el anuncio no constituye omisión ni engaño alguno, toda vez que dicha denominación responde a nomenclaturas comerciales de grupo industrial y no a un requisito de identificación legal del modelo.
Segundo.- Sobre la eficacia del contrato de reserva/arras y el desistimiento unilateral.
En fecha 24 de septiembre de 2026, la Sra. Paredes Escobar abonó voluntariamente la cantidad de 350,00 € en concepto de reserva para la inmovilización del vehículo y su retirada del mercado. La decisión de no continuar con la compraventa responde a un cambio de criterio o reconsideración personal y unilateral de la cliente, fundamentado en valoraciones genéricas sobre familias de motores obtenidas de forma ajena a la verificación del estado concreto del vehículo reservado.
Tercero.- Improcedencia de la devolución de los 350,00 €.
Al haber cumplido esta mercantil de manera escrupulosa con la reserva y retención del bien fuera del catálogo de venta, la pérdida de la señal por desistimiento unilateral del comprador responde a lo estipulado en el contrato de reserva firmado y al
artículo 1.454 del Código Civil (arras penitenciales). No concurriendo causa de nulidad ni vicio en el consentimiento, la pretensión de reembolso carece de amparo legal, por lo que esta parte confirma la denegación de la devolución de la fianza reclamada.
Atentamente,
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
Ocasión Plus SL
Email:atencionalcliente@ocasionplus.com
En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Esta parte NO acepta resolver el conflicto por medio de arbitraje o medio alternativo. En caso de que el reclamante no colabore/facilite información necesaria , si no se subsanara en el plazo de 10 dias hábiles, OCASION PLUS podrá, previo aviso, archivar la reclamación.
Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social
El mié, 30 sept 2026 a las 13:00,
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