Buenas tardes,Acusamos recibo de su reclamación, y una vez revisado su caso informarleque, desde un primer momento se le informa de que las señales que seentregan para la reserva de los vehículos se acogen al art.1454 del CódigoCivil, a modo de arras penitenciales.Esta misma información la puede encontrar también en la página WEB. Aunquenuestro equipo comercial siempre les hace conocedores de estos hechos.En caso de desistimiento de la compra, como es usted quien decide no seguircon el proceso, no cumple con las arras penitenciales, por lo que tenemosderecho a quedarnos con dicho importe como depósito, tal y como se indicaen el propio recibo.En todo caso, Ocasión Plus no le obliga a realizar la compra del vehículo,ni de otros vehículos. Puesto que a pesar de que los importes quedan endepósito, usted puede emplearlos en alquiler de vehículos o reparaciones entaller en cualquiera de nuestros centros, por tiempo ilimitado, e inclusopuede ceder este depósito a un familiar. Puede hacer uso de este derecho encualquier momento dirigiéndose a este departamento, facilitando lamatrícula del vehículo reservado y el nombre de la persona a quien se leaplicó la reserva.Un saludo*DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE*Ocasión Plus SLEmail atencionalcliente@ocasionplus.com*En caso de no estar conforme con la contestación de la presentereclamación , en virtud de la Ley 7/2017 y Real Decreto Legislativo 1/2007le informamos de que esta mercantil no está adherida a una entidad deresolución alternativa de litigios de consumo ni está obligada por unanorma o código de conducta a participar en el procedimiento ante unaconcreta entidad. No obstante le recordamos que puede dirigirse acualquiera de las Oficinas municipales de información al consumidor( s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor*).El mar, 20 feb 2024 a las 17:46, escribió: