Estimados/as Sres./as.,
Nos ponemos en contacto con ustedes, a los efectos de atender y contestar a la reclamación formulada por D. Francisco Javier Álvarez Gutiérrez, titular del DNI 12.319.413-S (caso nº 12931666).
El Sr. Álvarez Gutiérrez centra el objeto de su reclamación en la restitución del remanente de la fianza abonada en su día, y que asciende a la cantidad de 198,05 €. Una vez revisado su expediente, esta parte ha de indicar que el importe aquí reclamado fue íntegramente transferido a la cuenta corriente del Sr. Álvarez Gutiérrez, en fecha 29 de mayo de 2025, a las 10:07:41 PM. Se adjunta justificante bancario de la referida transacción.
Por su parte, cabe destacar que, efectivamente, han sido reportados una serie de daños por el propietario del vehículo, pero que aún están en proceso de gestión y que nada tienen que ver, como ya se ha dicho, con la efectiva restitución del remanente de la fianza ya realizada.
En virtud de lo anterior, la reclamación del Sr. Álvarez Gutiérrez ha de ser desestimada por haber sido ya satisfecha en los términos expuestos. Así mismo, aprovechamos la presente para indicar que no estamos interesados en someter esta situación a ningún procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos.
Reciban un cordial saludo,
Bárbara
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On Tue, Jun 24, 2025 at 8:45 AM,
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