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Devolución de fianza y garantía

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Tu reclamación

F. C.

A: ALQUILER SEGURO S.A.

29/12/2022

Estimados Sres:Expongo mi caso a la espera de la resolución de mis reclamaciones: El día 26 de agosto de 2021 firmo un contrato de arrendamiento de vivienda situada en Madrid, en calle Josefina García 4, planta 3. El contrato comienza el día 15 de septiembre de 2021 y según el mismo, y entiendo que por error, finaliza el día 30 de septiembre de 2022. Sometido a las prórrogas previstas por ley.Este contrato se firma con la intervención profesional de Alquier Seguro S.A.U.Se entregan previa firma y entre otros 550,00€ en concepto de fianza bajo custodia del arrendatario y 550,00€ en concepto de garantía bajo custodia de Alquier Seguro S.A.U.El día 14 de julio de 2022 Alquier Seguro acusa recibo de mi petición de abandonar la propiedad y rescindir el contrato el día 15 de agosto de 2022, con suficiente antelación.Se produce el abandono de la vivienda según lo avisado.Recibo el día 1 de septiembre de 2022 la cantidad de 481,25€ por parte del arrendatario en concepto de devolución de la parte proporcional de la fianza. Se solicita aclaración sobre la cuantía de este concepto ya que no concide con la parte proporcional de la fianza, a saber 11 partes de 12 de 550,00€: 504,17€.No recibo hasta la fecha ninguna devolución de la garantía por parte de Alquiler Seguro S.A.U.En ninguna parte del contrato ni de las condiciones particulares se especifica que la cuantía de la penalización sea, en cualquier caso, una mensualidad completa, sino que ese será el importe máximo.Considero, y así lo valoré al desistir mi contrato con anticipación, que el criterio para valorar esa penalización sea el mismo que el del artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que establece:Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.Solicito, por tanto, que la penalización sea proporcional al periodo incumplido del contrato.En mi caso, que se me penalice con la parte proporcional del periodo incumplido, es decir, un mes de los doce, no la totalidad del depósito.Solicito la devolución de la parte proporcional de la garantía, esto es, 11/12 partes de los 550,00€ depositados: 504,17€Adicionalmente solicito que contacte con la parte arrendataria, de la que no tengo contacto posible al intermediar Alquiler Seguro S.A.U., para devolución de la parte restante hasta completar la parte porporcional de la fianza pendiente de pago: 22,92€.Reciban un cordial saludo.


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