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Hola Elena:
Tras revisar tu reclamación, lamentamos comunicarte que hemos de mantenernos en la resolución enviada anteriormente.
En el registro de tu avería del 31 de agosto se indicaba que el servicio afectado era internet y hemos comprobado que reiteraste varias veces la incidencia indicando que no navegabas, sin hacer en ningún momento referencia al servicio de Televisión.
El importe reintegrado es el que corresponde por la indemnización por interrupción del servicio de internet entre el 31 de agosto y el 12 de septiembre, fecha en la que causó baja la línea fija, en función de tu contrato y conforme a lo que se esce en el art 15 del Real Decreto 899/2009 de 22 de mayo, publicado en el B.O.E. núm. 131 de 30-5-09 por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas.
Por último, te trasladamos nuestras más sinceras disculpas por las molestias que te hayamos podido ocasionar, ten la seguridad de que somos los primeros interesados en poder reparar las averías que se producen en el menor tiempo posible.
Atentamente
Equipo Movistar
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