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DEVOLUCIÓN COCHE

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Desistimiento

Tu reclamación

A. G.

A: FLEXICAR

25/03/2026

Por la presente, les comunico formalmente mi decisión de ejercer el derecho a la resolución del contrato de compraventa del vehículo Renault Megane, con matrícula xxx, adquirido el pasado 19 de diciembre de 2025. Esta decisión se fundamenta en una falta de conformidad grave, reiterada y en el incumplimiento de sus obligaciones contractuales de garantía. De acuerdo con el histórico de hechos, el vehículo manifestó un crujido en la zona posterior derecha a los pocos días de la entrega. Tras una primera intervención el día 26/01/2026, donde se sustituyó el amortiguador posterior derecho, el ruido persistió. Actualmente, el vehículo lleva más de un mes en sus instalaciones sin que se haya procedido a su reparación efectiva. Asimismo, cabe añadir que esta situación no es un hecho aislado, ya que previamente tuve que interponer una reclamación por su negativa a facilitarme un coche de sustitución, la cual fue finalmente cerrada tras conseguir dicho vehículo. A día de hoy, 25/03/2026, y tras reiteradas insistencias por mi parte, he sido contactado telefónicamente para informarme de que mi vehículo continúa inmovilizado y sin haber sido reparado, lo que agrava aún más la situación de incumplimiento. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y CONTRACTUALES: Incumplimiento del Plazo de Reparación: Según la cláusula 164 de las Condiciones de Garantía de su contrato, la reparación debe llevarse a cabo en un "plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el comprador". El hecho de que el vehículo permanezca inmovilizado más de 30 días debido a que han "transpapelado la garantía" constituye un inconveniente mayor e injustificado. Reincidencia de la Avería: La cláusula 168 de su contrato estipula que si, concluida la reparación y entregado el vehículo, este sigue siendo no conforme, el comprador podrá exigir la resolución del contrato. Dado que el ruido volvió a aparecer inmediatamente tras la primera intervención, me asiste este derecho. Carga de la Prueba: Según la cláusula 158 de su contrato y la normativa de consumo vigente, durante los doce primeros meses desde la entrega, el vendedor está obligado a probar la inexistencia de la falta de conformidad en el momento de la entrega. Garantía Premium: Cabe destacar que este contrato incluye un pago de en concepto de Garantía Premium, lo que hace aún más inexcusable la falta de diligencia y el descontrol administrativo alegado por su personal. SOLICITUD: Les requiero para que, en un plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción de esta comunicación: Procedan a la resolución del contrato, reintegrándome la totalidad del importe del precio del vehículo. Gestionen con la entidad financiera BBVA la cancelación del préstamo vinculado, al amparo del Art. 29 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo. De no recibir una solución satisfactoria, procederé a otras vías legales. Por todo lo expuesto, ruego una pronta resolución del contrato.

Mensajes (3)

FLEXICAR

A: A. G.

27/03/2026

Estimado cliente: Desde el departamento de Calidad de Flexicar, queremos pedirle nuestras más sinceras disculpas por las molestias, la falta de información y los graves inconvenientes logísticos que nos traslada en su comunicación. Somos plenamente conscientes del perjuicio que le supone la inmovilización de su vehículo y la gestión insatisfactoria del servicio posventa hasta la fecha. Habiendo recibido su reclamación detallada, le informamos de que nuestro departamento ya está consultando su caso de manera prioritaria. Hemos reportado la incidencia tanto a la dirección de los concesionarios correspondientes (Vioño y Arteixo) como al departamento de garantías para agilizar los trámites pendientes y desbloquear la comunicación. Tras las comprobaciones pertinentes realizadas internamente, podemos confirmarle los siguientes puntos: Nos consta que el vehículo fue intervenido anteriormente procediendo a la sustitución de los amortiguadores traseros, quedando el vehículo reparado en un primer momento. Situación actual: Tras su regreso al taller comunicando que el ruido ha vuelto a producirse, los técnicos están realizando las comprobaciones y pruebas de diagnóstico pertinentes para identificar el origen exacto de la anomalía y asegurar que el vehículo quede reparado correctamente y de forma definitiva. Hemos dado instrucciones para priorizar su expediente sobre el resto de órdenes de trabajo para reducir el tiempo de espera y subsanar cualquier retraso administrativo previo. Nuestro objetivo primordial es entregarle el vehículo en perfectas condiciones de seguridad y funcionamiento a la mayor brevedad posible. Desde el departamento de garantías se pondránen contacto con usted para facilitarle el informe técnico detallado que nos solicita y una fecha estimada de entrega. Reciba un cordial saludo. Clientes Flexicar Dpto. Calidad clientes@flexicar.esflexicar.es Este mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es Flexicar Internacional, S.L., con NIF B09758327. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico a gdpr@flexicar.es o bien en la dirección: Av. Tenerife 2, Complejo Empresarial Marpe, Planta 3ª. 28703 SS Reyes, Madrid. El mié, 25 mar 2026 a las 17:01, reclamar@ocu.org escribió:

A. G.

A: FLEXICAR

27/03/2026

En relación con su respuesta a mi reclamación nº 14694368, debo manifestar que su contestación no se ajusta a la realidad de los hechos. En su comunicación indican que el vehículo fue reparado en un primer momento y entregado en condiciones correctas. Sin embargo, esto no es cierto. El vehículo continuó presentando exactamente la misma avería tras la intervención realizada, lo que demuestra que no fue reparado de forma efectiva. Asimismo, resulta especialmente grave que se insista en esta versión cuando les consta que el vehículo volvió al taller por la persistencia del mismo problema. Por ello, les solicito que dejen de trasladar información inexacta o engañosa de forma reiterada, ya que existe constancia documental y cronológica de todos los hechos. A día de hoy, el vehículo continúa inmovilizado, sin solución definitiva y habiendo superado ampliamente cualquier plazo razonable de reparación, lo que constituye un incumplimiento claro de sus obligaciones. Por todo lo anterior, reitero expresamente que no acepto nuevas reparaciones, dado que ya se ha producido una intervención fallida y una dilación injustificada en el tiempo. FUNDAMENTOS JURÍDICOS: Falta de conformidad conforme a los artículos 114 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007. Derecho a la resolución del contrato (art. 119), al no haberse subsanado la falta en plazo razonable. Incumplimiento del plazo de reparación y generación de inconvenientes graves para el consumidor. Reiteración de la avería tras una primera intervención. Carga de la prueba a cargo del vendedor durante el primer año (art. 120). SOLICITO: La resolución del contrato de compraventa. La devolución íntegra del importe abonado. La cancelación del préstamo vinculado con BBVA conforme al artículo 29 de la Ley 16/2011. En caso contrario, se iniciarán las acciones legales oportunas.

Asistencia solicitada 08 abril 2026

FLEXICAR

A: A. G.

08/04/2026

Estimado cliente: Desde el departamento de Calidad de Flexicar, hemos recibido su último escrito en relación con su reclamación y le agradecemos la exposición de sus fundamentos. En respuesta a los puntos trasladados, le informamos de lo siguiente: Le comunicamos que el vehículo se encuentra actualmente en proceso de reparación activa. Nuestro equipo técnico está trabajando para asegurar que la subsanación de la incidencia sea definitiva en esta ocasión. En breve, el personal responsable se pondrá en contacto con usted para informarle sobre la finalización de los trabajos y coordinar la recogida del vehículo debidamente reparado. Queremos reiterarle nuestras más sinceras disculpas por todas las molestias e inconvenientes que esta situación le está ocasionando. Nuestra prioridad inmediata es cumplir con nuestra obligación de entregarle el bien en perfectas condiciones de conformidad. Atentamente, El vie, 27 mar 2026 a las 21:30, reclamar@ocu.org escribió:


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