Apreciados,Por la presente expongo:En fecha 25/04/2024 procedieron a darme de alta en el servicio Asistente 24 horas de manera obligada como requisito a la oferta de contratación Tarifa Solar Precio Fijo con Batería Virtual. En aquel momento y durante la conversación telefónica notifiqué que era posedor de un contrato de asistencia 24 h con el seguro del hogar que actualmente tengo contratado con otra aseguradora.En esa misma conversación la comercial me dijo que me obliga los dos primeros meses si quería acceder a la oferta, pero que los dos primeros meses eran gratuitos y que si quería renunciar a porteriori, unicamente tenia que comunicarlo por escrito a su compañia. Mi sorpresa viene cuando una vez leído el contrato mencionado, el cual hacen llegar días después de la contratación telefónica (para esto si que no hay problema, por supuesto) , leo en el punto 8 del mismo lo siguiente: El presente servicio tiene carácter anual y su pago se devenga también anualmente, no obstante, el pago de este servicio se fraccionará, para mayor comodidad del cliente, conforme a los periodos de facturación del suministro de electricidad/gasPor este motivo solicito:Procedan a dar de baja unicamente el servicio Asistente 24 horas , manteniendo el contrato vigente de Tarifa Solar Precio Fijo con Batería Virtual.De no estar de acuerdo o no proceder con la baja del servicio Asistente 24 horas, exijo :Me sean entregadas las conversaciones telefónicas realizadas durante los diferentes procesos de contratación en un plazo de 7 días a partir de la comunicación en la que se me haga conocedor de su negativa. Saludos