A la atención del Departamento de Bajas y Atención al Alumno de MEDAC:
El 20 de julio de 2026 formalicé la matrícula en el ciclo de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear, anunciado y contratado como formación online o de modalidad virtual.
Tras el inicio del curso he comprobado que existen clases presenciales obligatorias durante los fines de semana, cuya falta de asistencia puede conllevar suspender el módulo correspondiente. Esta exigencia no me fue comunicada de forma clara antes de formalizar la matrícula y resulta incompatible con mi jornada laboral.
He abonado ya varias cuotas del curso. Por ello, solicito formalmente:
1. La resolución de mi contrato sin penalización, debido a la posible discrepancia entre la modalidad anunciada y las condiciones reales de impartición.
2. Que no se me exijan las cuotas futuras correspondientes a servicios que no vaya a recibir, sin perjuicio de la liquidación que legalmente proceda.
3. La devolución de las cantidades abonadas que correspondan, atendiendo a la posible falta de conformidad entre lo ofrecido y el servicio prestado.
4. Que me faciliten por escrito la base contractual y normativa en la que fundamentan la obligación de pagar todas las cuotas hasta el final del curso, así como la información precontractual en la que se comunicaban las clases presenciales obligatorias.
Invoco expresamente los artículos 61 y 82 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, sin perjuicio de los demás derechos que puedan corresponderme.
Solicito respuesta por escrito. En caso de no alcanzar una solución, me reservo el derecho a presentar una reclamación ante los organismos competentes en materia de consumo y educación.
Me acojo a pruebas donde en el folleto enviado en pdf no sale nada de clases obligatorias, ni en el precontrato ni en el contrato.