Estimados/as señores/as:
Tenía contratado un viaje en Ferry con la compañía Grimaldi Lines desde el puerto marítimo de Barcelona a Porto Torres, que tenía su salida a las 21h horas del día 30 de Junio de 2025 con llegada a las 10h del día 1 de Julio de 2025.
Nº de pasajeros: 2
Llegado el día y hora de salida del ferry, me presento en la oficina del checkin y se me comunica que se me deniega el embarque porque mis documentos no estaba en regla.
Sin embargo, llevaba mi pasaporte vigente de Colombia, mi NIE que estaba en trámite de renovación, el resguardo del trámite de la renovación de mi residencia permanente por 10 años y la autorización de regreso expedida ese mismo día por la Policía Nacional en el formato único que la policía dispone para este trámite.
De acuerdo al Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, sobre el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero y el acuerdo Schengen de 1995, es mi derecho poder moverme por el espacio Schengen con los documentos anteriormente mencionados.
La denegación del embarque afectó por completo mis planes de viajes e incurrí en costos de hoteles que no pude cancelar.
Adjunto los siguientes documentos:
- Billetes de Ferry
- Copia de reclamación realizada directamente a la compañía
Solicito se me abone en concepto de indemnización por los daños y perjuicios padecidos, la cantidad de €426 que corresponden al reembolso de billete ida y vuelta de Ferry Grimaldi Lines.
Sin otro particular, atentamente.
Laura