ASUNTO: Reclamación formal por incumplimiento de póliza, mala praxis en la gestión del siniestro y perjuicios causados
Estimados Señores,
Se formula la presente reclamación por una gestión claramente deficiente del siniestro ocurrido el domingo 8 de marzo a las 19:00h, así como por el incumplimiento de las coberturas contratadas en la póliza.
1. Falta de asistencia en carretera a ocupantes
Tras el accidente, no se activó ningún servicio de traslado para los ocupantes del vehículo, pese a estar contemplado en la póliza.
Durante más de tres horas permanecieron a la intemperie, bajo la lluvia, sin solución efectiva por parte de su compañía. Finalmente, tuvieron que regresar por sus propios medios tras múltiples reclamaciones sin respuesta operativa.
2. Deficiencias graves en la apertura y gestión del siniestro
Al día siguiente, al intentar gestionar la reparación, no constaba ningún parte de accidente abierto. Únicamente figuraba una solicitud de asistencia en carretera, lo que evidencia una gestión incorrecta desde el inicio.
3. Derecho a libre elección de taller y rechazo por condiciones impuestas
Se ejerció el derecho a libre elección de taller conforme a lo previsto en la póliza, trasladándose el vehículo al taller indicado.
Sin embargo, dicho taller ha rechazado finalmente la reparación tras la intervención del perito, al no aceptar las condiciones económicas impuestas, consistentes en una presión a la baja sobre sus tarifas habituales.
Esta situación vacía de contenido el derecho a libre elección de taller, al condicionar de facto la viabilidad de la reparación mediante la imposición de precios ajenos al criterio del profesional independiente.
4. Injerencia indebida del perito en la política de precios del taller
El perito puede determinar los trabajos técnicos necesarios.
La fijación o condicionamiento de tarifas de un profesional independiente queda fuera de sus competencias.
La imposición de precios ajenos a las tarifas del taller constituye una práctica improcedente que interfiere en la libre actividad profesional y limita de facto el derecho a la libre elección de taller.
5. Incumplimiento en el traslado del vehículo
Se solicitó el traslado del vehículo a un nuevo taller (servicio oficial BMW en Mataró, con relación con su red).
Su compañía deniega ahora dicho traslado, pese a haber confirmado previamente que este quedaría cubierto en caso de no aceptación por parte del primer taller.
Se dispone de grabación telefónica que acredita estas informaciones, así como las quejas trasladadas a su servicio de atención al cliente que en ningún caso se ha comunicado con nosotros y a evitado facilitar la resolución de todos los inconvenientes y mala praxis de su compañía.
Por todo lo anterior, se solicita:
1. Traslado inmediato y sin coste del vehículo al nuevo taller designado.
2. Inicio de la reparación sin más demoras ni interferencias en las condiciones del taller.
3. Reconocimiento expreso del derecho a libre elección de taller sin limitaciones indirectas.
4. Indemnización por la falta de asistencia en carretera, debidamente acreditable mediante testigos y registros.
5. Indemnización por los perjuicios derivados de la indisponibilidad prolongada del vehículo, incluyendo gastos y afectaciones causadas.
6. Revisión interna de las prácticas periciales aplicadas en este expediente.
La presente reclamación se tramitará simultáneamente ante la OCU y ante los organismos competentes de la Generalitat de Catalunya, incluyendo su consideración como posible práctica abusiva en la gestión de siniestros y limitación indirecta de derechos del asegurado.
Atentamente,
IGNACIO RUFÍN RIVERO
Administrador
ALMA EVANA & ASSOCIATES SL
B63580906
BALMES 222, PRAL. BIS 2ª
08006 Barcelona