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Denegación injustificada de siniestro de hogar y falta de fundamentación técnica

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L. R.

A: SEGURCAIXA ADESLAS

26/10/2026

Póliza: 73164693/1 Fecha del siniestro: 22/09/2026 Importe reclamado: 908,71 € A la atención de SegurCaixa Adeslas: Por medio de la presente, manifiesto mi disconformidad con la denegación de cobertura del siniestro indicado, comunicada el 14 de octubre de 2026, y solicito que se revise la resolución adoptada. 1. Antecedentes del siniestro El 22 de septiembre de 2026 se produjo una avería en el automatismo de mi puerta seccional de garaje. La reparación fue realizada por EbroPuertas, S.L., que emitió la factura n.º 26F00482, de fecha 5 de octubre de 2026, por importe de 908,71 euros, IVA incluido. La factura identifica daños en los finales de carrera, la correa de transmisión y el piñón del motor, e incluye expresamente una referencia a una subida de tensión en la descripción de la avería. Mediante resolución de 14 de octubre de 2026, SegurCaixa Adeslas rechazó la cobertura, atribuyendo los daños a un fallo mecánico y funcional interno del automatismo. Como parte de su argumentación, indica que, según la información consultada de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), no se registraron impactos de rayos próximos al riesgo asegurado ni en la fecha del siniestro ni en días anteriores. 2. La ausencia de rayos no descarta cualquier posible subida de tensión La resolución utiliza la ausencia de registros de rayos próximos para descartar un origen eléctrico de los daños. Sin embargo, esta conclusión no distingue entre una sobretensión provocada por una descarga atmosférica y otras posibles causas de sobretensión. Un rayo no es la única causa posible de una subida de tensión. También pueden producirse sobretensiones por maniobras de conmutación en la red eléctrica, incidencias en el suministro u otras anomalías eléctricas. Por tanto, la ausencia de rayos registrados por AEMET puede ser relevante para valorar una posible causa atmosférica, pero no permite descartar por sí sola todas las posibles anomalías eléctricas ni determinar el origen mecánico de la avería. 3. Una anomalía eléctrica puede provocar daños mecánicos La resolución considera que los daños en el final de carrera, el piñón y la correa demuestran que la avería es mecánica y funcional. Sin embargo, la naturaleza de los componentes dañados no determina necesariamente la causa que originó su deterioro. El automatismo de una puerta seccional integra una placa electrónica de control, un motor, elementos de limitación del recorrido y componentes mecánicos de transmisión. El funcionamiento de estos elementos está interrelacionado. Una sobretensión que afecte al sistema electrónico de control podría, dependiendo de sus efectos, provocar un funcionamiento inadecuado del automatismo. Si dicho funcionamiento generase movimientos incorrectos, esfuerzos anormales o una gestión defectuosa de las paradas, podría contribuir a producir daños mecánicos en los componentes de transmisión. Por ello, no puede descartarse una posible relación causal entre una anomalía eléctrica y los daños mecánicos basándose únicamente en la naturaleza de las piezas afectadas. La factura de EbroPuertas recoge una subida de tensión en la descripción de la avería antes de que se emitiera la resolución denegatoria. Solicito que este antecedente sea valorado expresamente junto con el resto de la documentación del siniestro. 4. Insuficiente justificación de la causa atribuida a la avería La resolución afirma que los daños no guardan relación técnica con alteraciones del suministro eléctrico y que corresponden a una avería aislada, interna y de origen mecánico. Sin embargo, la comunicación recibida no detalla suficientemente las comprobaciones que permiten establecer esa conclusión ni explica cómo se ha descartado que una anomalía eléctrica pudiera afectar al funcionamiento del automatismo y contribuir a los daños observados. La descripción de los componentes deteriorados permite identificar los daños, pero no demuestra por sí sola cuál fue la causa inicial de la avería. Por ello, solicito que se revise la conclusión adoptada y que se facilite una explicación técnica concreta de los motivos por los que se atribuye la avería exclusivamente a una causa mecánica, así como la identificación de las cláusulas específicas de la póliza en las que se fundamenta la denegación. 5. Solicitud de revisión de la resolución Por todo lo expuesto, solicito: Que se revise la denegación del siniestro n.º 466276896 teniendo en cuenta la factura de reparación y los argumentos técnicos expuestos. Que se valore expresamente la posibilidad de que una anomalía eléctrica pueda originar o contribuir a daños mecánicos a través del funcionamiento del sistema electrónico de control. Que se aclare por qué la ausencia de rayos registrados por AEMET se considera suficiente para descartar un origen eléctrico, sin que ello implique confundir las sobretensiones atmosféricas con otras posibles causas eléctricas. Que se facilite el informe técnico o pericial en el que se fundamenta la denegación o, en su defecto, una explicación motivada de las comprobaciones y conclusiones técnicas relevantes. Que se identifiquen las condiciones generales y particulares de la póliza que justifican la exclusión de cobertura aplicada. Que se reconsidere la cobertura del siniestro y se proceda al abono de los 908,71 euros correspondientes a la reparación, si procede conforme a las garantías contratadas. La presente reclamación se fundamenta en la necesidad de distinguir entre la naturaleza de los daños observados y la causa que los originó, así como en la necesidad de que la decisión de denegación esté suficientemente justificada desde el punto de vista técnico y contractual. En caso de mantenerse la denegación, me reservo el derecho a acudir a los organismos competentes y a ejercitar las acciones que legalmente correspondan. Atentamente, Luis Alberto Rodríguez Matto Póliza: 73164693/1 Siniestro: 466276896


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