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Denegación indebida de compensación por retraso y modificación abusiva de condiciones contractuales

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Retraso tren

Tu reclamación

A. P.

A: IRYO

08/04/2026

Buenos días, Por medio del presente escrito deseo formular reclamación frente a la empresa ILSA S.A. (IRYO) por una denegación indebida de compensación por retraso, basada en una práctica que considero abusiva y contraria a los derechos de los consumidores. Adquirí un billete de tren con IRYO con anterioridad al accidente ocurrido en Adamuz, en el que figuraba una hora de llegada contractual a las 23:14. Tras dicho accidente, IRYO publicó en su web que los billetes comprados previamente serían elegibles para reembolso o compensación en caso de retraso, circunstancia que resulta aplicable a mi caso. No obstante, días antes del viaje, IRYO me remitió billetes modificados unilateralmente, cambiando la hora de llegada a las 23:39, sin modificar la hora de salida, sin mi consentimiento ni solicitud, y sin ofrecer ninguna alternativa o posibilidad real de rechazo al consumidor. Finalmente, el tren llegó a destino a las 00:30, lo que supone: 76 minutos de retraso respecto a la hora de llegada original (23:14), superando claramente el umbral de 60 minutos establecido para la compensación. Pese a ello, IRYO deniega la compensación, alegando que el cálculo del retraso debe realizarse conforme a unos supuestos “tiempos operativos oficiales” ajustados por ADIF, tomando como referencia la hora de llegada modificada artificialmente (23:39), y no la que constaba en el billete original adquirido. En la práctica, IRYO altera los tiempos de referencia días antes del viaje para evitar que el retraso supere los 60 minutos, vaciando de contenido su propia política pública y dejando al consumidor sin posibilidad real de reclamar, aun habiendo cumplido los requisitos anunciados por la empresa. Esta actuación no es un caso aislado, sino una práctica sistemática que afecta a miles de usuarios, aprovechando la indefensión del consumidor y el bajo importe individual de las reclamaciones. Adjunto billete original, billete modificado días antes del viaje (después de lo de Adamuz) y la cadena de emails en las que reclamo a Iryo el reembolso y en la que les aviso de que denunciaría a través de la OCU. Solicito que la OCU: - Valore esta actuación como una práctica abusiva y contraria a la normativa de defensa de los consumidores, al implicar una modificación unilateral de las condiciones contractuales en perjuicio del usuario. - Insté a IRYO a reconocer la compensación correspondiente, tomando como referencia la hora de llegada del billete original (23:14), respecto de la cual el retraso fue superior a 60 minutos. - Analice esta práctica con carácter colectivo, al afectar de forma generalizada a numerosos viajeros. - Adopte, en su caso, las acciones que considere oportunas para evitar que esta práctica continúe produciéndose. Atentamente, Andrea Pérez


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