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Denegación garantía

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O. C.

A: CASH CONVERTERS

28/10/2026

1. Con fecha 10/11/2023 adquirí online a través de la web de Cash Converters un ordenador Apple iMac 27" Retina 5K (2015) (A1419), con referencia CC065_E470971_0 y número de serie C02QD0URGG7J, mediante el pedido número 104487836. El paquete fue entregado en mi domicilio el 14/11/2023, por un importe total de 479,67 € (según consta en la factura oficial FT-99426-0017651). 2. El día 26/10/2026 (encontrándome dentro del plazo legal de 3 años desde la entrega), me puse en contacto con el servicio de atención al cliente de la empresa (petición registrada con el número 01406853) para comunicar que el equipo había sufrido un fallo interno súbito en su fuente de alimentación y no encendía. 3. Siguiendo las instrucciones recibidas, el 27/10/2026 envié a la empresa las fotografías y vídeos requeridos que acreditaban el perfecto estado estético del producto y la ausencia de golpes o mal uso. 4. A partir de ese momento, la empresa ha respondido mediante un bucle automatizado de hasta 6 correos idénticos negándose a tramitar la garantía bajo el pretexto de que el producto solo disponía de 2 años por contrato, remitiendo a un enlace web actualizado de forma posterior (23/09/2024). 5. Conforme al artículo 120.1 y 120.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), modificado por el Real Decreto-ley 7/2021 (en vigor desde el 01/01/2022, antes de mi compra), el plazo general de garantía legal para bienes de segunda mano es de 3 años (36 meses), requiriéndose un pacto expreso en soporte duradero para su reducción (art. 63 y 98.7 TRLGDCU). 6. Ni en mi factura de compra (FT-99426-0017651), ni en el justificante de pedido (104487836), ni en el correo de envío de 2023 consta cláusula alguna de reducción a 24 meses. Además, aporto prueba documental de las comunicaciones comerciales de Cash Converters emitidas en 2023 (cashconverters © 2023), donde publicitaban expresamente la "Garantía 5 estrellas: Garantía de producto de 3 años", publicidad que resulta vinculante e integrable en el contrato conforme al artículo 61 del TRLGDCU. Solicito que la empresa reconozca la plena vigencia de la garantía legal de 36 meses (vigente hasta noviembre de 2026) y proceda de inmediato a la recogida y reparación gratuita del equipo, su sustitución o, en caso de resultar imposible o antieconómica, a la resolución del contrato con el reembolso íntegro de los 479,67 € abonados.

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