HECHOS
1. Hace menos de 6 meses adquirí una estufa en Leroy Merlin que presenta un defecto de combustión (llama amarilla en lugar de azul). Desde el inicio de la incidencia, Leroy Merlin intentó eludir su responsabilidad legal, negando comunicaciones previas por escrito donde se me indicaba que debía ser yo, como cliente, quien gestionara la solución por mi cuenta.
2. Tras insistir en mis derechos, Leroy Merlin delegó la gestión en el fabricante (HJM), del cual yo no soy cliente ni tengo vínculo contractual. Esta maniobra supone una clara elusión de responsabilidades por parte del vendedor, dejándome en manos de un tercero que solo busca cerrar el expediente sin coste para ellos.
3. He recibido un informe del fabricante que impugno por ser contradictorio y carecer de rigor:
- Alegan que la longitud del tubo dificulta el encendido, pero en sus propias pruebas anotan que encendió "normalmente".
- Reconocen llamas amarillas pero afirman que el aparato solo funciona correctamente en un "laboratorio", admitiendo así que no es apto para uso doméstico (Art. 116 TRLGDCU).
- Atribuyen el fallo al polvo ambiental pese a que realicé una limpieza técnica con aire a presión que no solucionó el defecto.
4. Actualmente, se pretende que yo asuma los costes de transporte y gestión para recuperar mi producto, dando a entender que si no sera desechado. Me niego a pagar por tramitar una garantía que, por ley, debe ser totalmente gratuita (Art. 120 TRLGDCU). Considero una coacción que se me exija un pago para recuperar un bien bajo garantía legal.
5. Este patrón de conducta (negar escritos previos, diluir la responsabilidad en el fabricante y pretender cobrar por procesos que deben ser gratuítos) demuestra una mala fe contractual reiterada desde el inicio de la compra, cuando ya hubo problemas logísticos graves que también tuve que gestionar personalmente.
FUNDAMENTOS
- Art. 114 y 116 TRLGDCU: El vendedor es el responsable de la falta de conformidad de un producto que no es apto para el uso doméstico ordinario.
- Art. 120 TRLGDCU: La reparación o sustitución debe ser gratuita para el consumidor, incluyendo gastos de envío y transporte.
- Art. 121 TRLGDCU: Al manifestarse el fallo en los primeros meses, se presume defecto de origen.
SOLICITUD
Solicito que la OCU inste a Leroy Merlin a:
1. Cumplir con su obligación legal como vendedor y dejar de derivarme a un fabricante con el que no tengo contrato.
2. Gestionar la garantía con gratuidad total, anulando cualquier pretensión de cobro por transporte.
3. Proceder al reembolso íntegro del importe o sustitución del equipo ante la inaptitud técnica confirmada en su propio informe.
Nº Cliente: 532478429
DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA
* Factura de compra
* Comunicaciones mantenidas con la empresa
* Pruebas del seguimiento del envío inicial
* Fotografías o vídeos del fallo del producto
* Copia de la presente reclamación contra Leroy Merlin, presentada y sellada ante los servicios de Consumo
Numero de cliente:
532478429