Tu reclamación
J. M.
A: OCASIÓN PLUS
Estimados/as señores/as: En fecha 24 de mayo de 2025 adquirí en su establecimiento sito en calle de la fundicion, número 10, código postal 28522, el producto Ford Puma 1.0 EcoBoost MHEV ST-LINE X (155 CV). Adjunto los siguientes documentos: Contrato de compraventa y garantía de vehículo de ocasión (V.O.) en establecimiento mercantil y dos resguardos de órdenes de reparación del taller asociado a la garantía. El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha 20 de mayo de 2026. Puestos en contacto con el vendedor, se me deniega la garantía alegando que se ha excedido el kilometraje máximo, cuando se puede leer en el contrato de compraventa y garantía, que la única limitación existente para la aplicación de dicha garantía es el límite máximo de un año natural desde la fecha de compra. El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Solicito que procedan a la reparación del vehículo, en el plazo más breve posible. Sin otro particular, atentamente.
Mensajes (3)
OCASIÓN PLUS
A: J. M.
Estimado Don Jonathan Madroñal Lorente, Nos dirigimos a usted en respuesta a su solicitud de reparación relativa al vehículo de su propiedad, con el objetivo de ofrecerle una contestación formal, detallada y conforme a los principios de buena fe que rigen nuestras relaciones contractuales y comerciales. En primer lugar, deseamos informarle que, una vez recibida su reclamación, procedimos de inmediato a realizar las validaciones e indagaciones oportunas con nuestro departamento técnico. Tras examinar el historial del vehículo y los informes técnicos pertinentes, los especialistas nos han trasladado que, en el diagnóstico exhaustivo realizado previamente a su automóvil, no se arrojó información ni evidencia alguna de rotura o anomalía en la caja de cambios. Asimismo, se le informa que el componente funcionó de manera totalmente correcta y óptima durante las dinámicas y pruebas de conducción practicadas al efecto por los operarios. Que el vehículo ha recorrido un total de 12.000 kilómetros desde el momento de su entrega y que desde una perspectiva estrictamente jurídica y comercial, este no uso y rodaje constituye una prueba evidente del correcto funcionamiento general del automóvil y de sus elementos mecánicos esenciales, incluida la transmisión, durante todo este período de más de un año, no habiéndose manifestado el defecto alegado de forma originaria o inherente al bien. No obstante lo anterior, y con el firme compromiso de garantizar su total satisfacción y la máxima transparencia en nuestros servicios, no es nuestra intención cerrar la vía de comprobación. Por ello, le invitamos formalmente a trasladar nuevamente el vehículo a nuestras instalaciones. El propósito de esta invitación es coordinar una nueva validación y verificación de la presunta avería por usted alegada, la cual se llevará a cabo en colaboración con uno de nuestros talleres externos aliados, especializados en diagnósticos de alta precisión. De este modo, contaremos con una segunda valoración técnica independiente que permita esclarecer de manera definitiva el estado actual del componente. Resumen de los pasos a seguir: · Aceptación de la propuesta: Le invitamos a ponerse en contacto en el taller más cercano para coordinar y concertar la cita de recepción del vehículo. · Nueva verificación: El automóvil será derivado a un centro técnico aliado para el nuevo examen. · Valoración final: Se le mantendrá puntualmente informado del resultado de este segundo diagnóstico. Se deja constancia, que una vez realizado este segundo diagnóstico, se revisará la viabilidad o no de la reparación, decisión que se le pondrá en conocimiento por parte del departamento encargado. Quedamos a su entera disposición para cualquier aclaración adicional que precise y a la espera de su confirmación para proceder con la cita en el taller. Atentamente, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social El mié, 27 may 2026 a las 20:10, reclamar@ocu.org escribió:
J. M.
A: OCASIÓN PLUS
Estimados señores/as de Ocasión Plus. Tras leer su escrito donde puedo observar continuas incongruencias me gustaría pedirles que investigasen bien lo acaecido en su establecimiento con referencia a mi caso ya que existen varias afirmaciones cuestionables en su escrito, permítame explicarles: 1. En cuanto a que no se detecto ninguna rotura en la caja de cambios: Sus mecánicos, no realizaron un diagnóstico exhaustivo, ya que solo probaron a introducir la primera marcha y vieron que efectivamente, estaba rota, alegando que el problema es la caja de cambios. No se realizo mayo investigación. Esto podéis verlo en el documento adjunto proporcionado por vuestro taller donde simplemente indicáis "No entra la primera marcha". Hablando sobre este problema con el experto de vuestro taller que hizo el diagnostico, comentó que para solucionar esto habría que cambiar la caja de cambios. Asique por favor os invito a revisar los documentos que adjunte en la reclamación y hacer una investigación mas profunda con los expertos de vuestro taller. Me gustaría añadir además que, como podréis comprobar en la hoja de reclamaciones que acabo de adjuntar y que esta sellada por vosotros, vuestro experto reconoce el problema con la caja de cambios, y nos deniegan la garantía alegando exceso de kilometraje (cuando no existe dicha clausula en las condiciones de la garantía). 2. En cuanto a los 12.000 kilómetros que indicáis. Independientemente del kilometraje, que han sido 11.193, no 12.000, la garantía se refiere al plazo de 1 año, y no hace referencia alguna a cantidad de kilómetros necesarios para estar dentro del marco legal de uso de la garantía. Aun así me gustaría recalcar que este vehículo siempre ha presentado problemas con la primera marcha desde el momento de compra del mismo, terminando por decidirnos a llevar el vehículo a vuestras instalaciones antes de acabar el plazo legal de garantía, ya que el problema existía de antes. Todo esto pueden verlo en el documento que acabo de adjuntar con la hoja de reclamaciones oficial que esta sellada por vosotros mismos y en la hoja de taller donde indicáis que el coche presenta un problema con la primera marcha. No se cubre por denegación de garantía, no por inexistencia de avería. 3. En cuanto a la resolución propuesta, me gustaría aceptarla pero con matices. Dado las innumerables incongruencias descritas y que existe un claro sesgo ante una valoración por parte de uno de vuestros talleres aliados, me gustaría aceptar la invitación siempre y cuando se contrate un perito mecánico homologado y neutral. Dicho perito debe ser elegido en acuerdo por ambas partes y el pago de sus honorarios se realizara de la siguiente forma: Si efectivamente el vehículo no tiene ningún problema mecánico, yo Jonathan Madroñal Lorente, me hare cargo del coste de dicho peritaje. Sin embargo, si el vehículo presenta el problema mecánico descrito sobre la primera marcha, vosotros OCASION PLUS, os haréis cargo del pago del coste de dicho peritaje. Además, aunque la valoración se realice en uno de vuestros talleres, debido a lo poca fiabilidad mostrada por vuestra parte en este caso y existiendo un problema de avería real en el coche, el vehículo deberá ser reparado en un taller oficial de la marca, para evitar más potenciales fallos por vuestra parte. De esta forma: A. La validación será realizada por un perito neutral, y el coste del peritaje será abonado por la parte que tenga la culpa de este malentendido. B. La validación será realizada en vuestras instalaciones o uno de vuestros talleres por el perito neutral. C. En caso positivo de fallo mecánico, el arreglo será realizado en un taller oficial de la marca, y el coste será cubierto por vuestra parte, OCASION PLUS, tal y como la garantía determina. Sin mas que añadir, un saludo.
OCASIÓN PLUS
A: J. M.
Estimado Don Jonathan Madroñal, Nos dirigimos a usted en respuesta al escrito de alegaciones y propuestas remitido a esta mercantil. En primer lugar, agradecemos el interés y la variedad de las propuestas planteadas por su parte. No obstante, lamentamos comunicarle que esta mercantil no puede acceder a ninguna de ellas, en base a los procedimientos internos y contractuales que rigen nuestra actividad. Esta compañía cuenta con su propia red de talleres y servicios técnicos externos aliados, quienes son los únicos profesionales legal y contractualmente autorizados para realizar diagnósticos y, en su caso, las reparaciones a que haya lugar, siempre y cuando estén debidamente validadas por nuestro Departamento de Garantías. Tras revisar detalladamente el expediente de su vehículo, constatamos que el mismo se encuentra cubierto bajo la garantía básica. Por tanto, para poder determinar la procedencia de la cobertura, es requisito indispensable cumplir con los protocolos escidos por esta mercantil: · Diagnóstico previo: El vehículo debe ser trasladado a nuestras instalaciones del Taller de Rivas. · Valoración técnica: Una vez examinado el automóvil por nuestro equipo autorizado, se procederá a valorar la viabilidad, origen y procedencia de la supuesta avería indicada por usted. · Resolución: Se determinará si dicha incidencia queda amparada o no por las condiciones de la garantía que usted posee. Con la presente comunicación, está mercantil da respuesta de fondo y formal a su solicitud, recordándole que no es posible eludir los canales y procedimientos de peritación interna para la efectividad de la garantía. Agradecemos de antemano su comprensión y colaboración. Le invitamos a ponerse en contacto a la mayor brevedad con nuestro Taller de Rivas para concertar una cita y proceder a la verificación de los hechos descritos en su reclamación. Quedamos a su entera disposición. Cordial Saludo, NATALIA FRASSER OSMA, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social El vie, 29 may 2026 a las 15:15, reclamar@ocu.org escribió:
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