El pasado 27/01/2026 adquirí un Aerotermo (Modelo EL-AT-V160MR290A) por valor de 823,90€. Al recibirlo, el equipo presentaba un golpe estético exterior. Tras contactar con Leroy Merlin, se me ofreció una compensación de 50€ por el daño visual, la cual acepté entendiendo que el equipo era funcional.
Sin embargo, tras la instalación, el equipo no funciona. El Servicio Técnico Oficial (SAT), tras inspección el 16/02/2026 (Aviso 18/122753), certifica una fuga de refrigerante por rotura de tubería interna provocada por el golpe recibido (Adjunto).
Leroy Merlin se niega a la sustitución del producto, alegando que la compensación estética de 50€ exime su responsabilidad, ignorando que se trata de un defecto de conformidad estructural y no estético, que hace que el aparato sea inútil para su fin. Según el TRLGDCU, el consumidor tiene derecho a la sustitución cuando el bien no sea conforme y el defecto no sea de escasa importancia (en este caso, fuga de gas inflamable R290).
Solicito sustitución inmediata del aerotermo por uno nuevo en perfecto estado de funcionamiento, así como la retirada del equipo defectuoso sin coste alguno para mí, tal y como establece la normativa vigente en materia de garantías.