Denegación de devolución de cama abatible defectuosa y peligrosa
Naturaleza del problema:
GarantíaTu reclamación
J. R.
A: MiroyTengo
Estimados/as señores/as: En fecha 01/05/2026 adquirí en la página web de Leroy Merlín una cama abatible vendida y gestionada por MiroyTengo. Más concretamente, el producto del siguiente link: https://www.leroymerlin.es/productos/cama-nido-abatible-dormitorio-juvenil-blanco-90x190-cm-92394144.html Después de montar el producto (mediante los servicios de un profesional), hemos visto que la fuerza requerida para abrir y cerrar la cama es enorme, haciendo la propia cama peligrosa para que la manipule cualquier persona del hogar (niños incluidos). Al constatar que el problema no se soluciona, nos pusimos en contacto con Miroytengo. Sin embargo, además de no ofrecernos ninguna solución, se niegan a aceptar la devolución alegando que el producto ya ha sido montado. ¿Cómo es posible comprobar si una cama funciona correctamente sin haberla montado previamente? Por otro lado, nos indican que, para comprobar correctamente la fuerza hidráulica de la cama, es necesario anclarla a la pared. Esta indicación resulta inaceptable, ya que supone asumir un riesgo evidente de dañar tanto la propia pared como el tabique, dada la fuerza desproporcionada que presenta el mecanismo. Adjunto los siguientes documentos adjuntos a esta denuncia: factura y, a pesar de no poder adjuntar, tengo vídeo del mecanismo y mail de la compra En ningún caso consideramos razonable tener que realizar una instalación adicional potencialmente perjudicial para verificar el correcto funcionamiento de un producto que, desde el primer momento, ya muestra defectos claros de uso y seguridad. Solicito que procedan al desmontaje del producto y devolución del dinero, en el plazo más breve posible. Sin otro particular, atentamente.
Mensajes (7)
MiroyTengo
A: J. R.
Buenos días. En respuesta a la reclamación presentada en relación con el pedido referenciado como NHOTXTKVH, correspondiente a una cama abatible adquirida el 01/05/2026 a través de la plataforma de Leroy Merlin, en la que MiroyTengo actúa como vendedor, procedemos a exponer nuestra posición con el debido sustento legal. 1. AUSENCIA DE FALTA DE CONFORMIDAD El art. 115 bis del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (TRLGDCU), en su redacción vigente tras la modificación operada por el Real Decreto-ley 7/2021, esce los requisitos subjetivos y objetivos para que un bien sea conforme con el contrato. El art. 115 ter dispone, entre los requisitos objetivos, que el bien debe ser apto para los usos a que ordinariamente se destinan productos del mismo tipo, y debe presentar la calidad y características que el consumidor puede razonablemente esperar. La cama abatible habi objeto de reclamación está diseñada para soportar el peso de una persona durante el descanso en posición horizontal. Por ello, su mecanismo hidráulico incorpora necesariamente una resistencia elevada que impide el cierre involuntario durante el uso. Esta característica no constituye un defecto, sino un requisito de seguridad inherente a la categoría de producto, exigible precisamente para evitar el riesgo que la reclamante alega temer. El producto ha sido verificado por el fabricante, que ha confirmado que el mecanismo funciona dentro de los parámetros de diseño escidos y que cumple con la normativa de seguridad de la Unión Europea aplicable a esta tipología de mobiliario. 2. REQUISITO DE ANCLAJE A PARED: OBLIGACIÓN RECOGIDA EN EL MANUAL DE MONTAJE El anclaje a la pared no es una condición adicional ni una recomendación opcional. Es un requisito de instalación correcta expresamente recogido en el manual de montaje del producto, cuya consulta previa al montaje es responsabilidad del consumidor o del profesional contratado a tal efecto. El art. 115 quater del TRLGDCU regula la instalación incorrecta de los bienes y esce que la falta de conformidad derivada de una instalación incorrecta se equipara a la del producto únicamente cuando dicha instalación haya sido realizada por el vendedor o bajo su responsabilidad, o cuando la instalación defectuosa se deba a un error en las instrucciones de instalación. En el presente caso, la instalación fue realizada por un profesional contratado por la reclamante, y el manual de montaje recoge de forma expresa el requisito de anclaje. No concurre, por tanto, ninguno de los supuestos que permitirían imputar a MiroyTengo responsabilidad por la instalación. 3. IMPROCEDENCIA DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO El art. 118 del TRLGDCU esce que el consumidor podrá solicitar la reducción del precio o la resolución del contrato únicamente cuando la falta de conformidad sea de tal gravedad que lo justifique, o cuando los remedios previos de reparación o sustitución resulten imposibles o desproporcionados. Al no existir falta de conformidad acreditada, no procede ninguna de estas vías. Por todo lo anterior, MiroyTengo mantiene su posición de no aceptar la devolución ni la resolución del contrato, al no concurrir los presupuestos legales que ampararían dichas pretensiones. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional. Saludos cordiales, DEPARTAMENTO DEATENCIÓN AL CLIENTE964041046info@miroytengo.esmiroytengo.esEste mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es RM Cloud Project 26, S.L, con NIF B12944930. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico ainfo@miroytengo.es El dom, 7 jun 2026 a las 22:30, reclamar@ocu.org escribió:
J. R.
A: MiroyTengo
Estimados señores: En relación con su respuesta a la reclamación presentada, manifiesto mi disconformidad con su argumentación por los siguientes motivos. En primer lugar, respecto a la inexistencia de falta de conformidad conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007, el producto no cumple con los requisitos exigibles. La resistencia del mecanismo hidráulico es claramente desproporcionada, impidiendo un uso normal y seguro, y generando un riesgo evidente en su manipulación en un entorno doméstico, con posibilidad real de provocar daños personales, tanto a adultos como a niños. Un producto de estas características debe ser apto para su uso ordinario y manipulable sin exigir un esfuerzo excesivo por parte de un usuario medio. La situación descrita compromete tanto la funcionalidad como la seguridad del producto, constituyendo una falta de conformidad. En segundo lugar, en relación con el requisito de anclaje a pared, este no puede justificar el comportamiento del mecanismo. El anclaje estructural está orientado a la estabilidad del conjunto, pero no guarda relación con la fuerza necesaria para accionar el sistema hidráulico, que es el problema objeto de esta reclamación. Asimismo, no resulta razonable exigir la realización de una instalación adicional potencialmente perjudicial para comprobar el correcto funcionamiento del producto, especialmente cuando el defecto se manifiesta desde el primer momento de uso. Por último, la instalación ha sido realizada por un profesional perteneciente a una empresa especializada en montaje de muebles, quien, tras comprobar el funcionamiento del producto, nos ha recomendado expresamente no proceder al anclaje a la pared debido al comportamiento del mecanismo, así como contactar de inmediato con el fabricante. Disponemos de la correspondiente factura que acredita dicha intervención. En consecuencia, reitero que existe una falta de conformidad del producto conforme a la normativa aplicable, por lo que solicito que se proceda a su reparación o sustitución en condiciones que garanticen su uso adecuado y seguro. En caso contrario, deberá procederse a la resolución del contrato con la correspondiente devolución del importe abonado. Quedo a la espera de una solución conforme a derecho. Atentamente,
MiroyTengo
A: J. R.
Acusamos recibo de su escrito y lamentamos que no hayamos podido llegar a un acuerdo hasta el momento. No obstante, debemos mantener nuestra posición y rebatir los argumentos expuestos. 1. EL SERVICIO DE MONTAJE NO HA SIDO COMPLETADO El profesional contratado por su parte no ha finalizado el montaje del producto. Una cama abatible habi requiere, para su correcto funcionamiento y evaluación, la instalación completa de todos sus componentes: anclaje a pared, colocación del somier, del colchón y de la tapa de la cama. Estos elementos no son accesorios opcionales, sino parte integrante del sistema. El peso conjunto de dichos componentes es necesario para que el mecanismo hidráulico trabaje en equilibrio y dentro de los parámetros para los que ha sido diseñado. Evaluar el comportamiento del mecanismo sin dichos elementos es equivalente a valorar el funcionamiento de un motor sin carga. Las conclusiones obtenidas en ese estado no son técnicamente válidas ni representativas del uso real del producto. El hecho de que el profesional contratado por la reclamante haya desaconsejado completar el montaje no vincula a MiroyTengo ni acredita defecto alguno. Dicho profesional no ha emitido un informe técnico sobre el producto, sino una apreciación subjetiva basada en un montaje incompleto. No constituye prueba de falta de conformidad en los términos del art. 115 ter del Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU). Cabe señalar, además, que el servicio de montaje no ha sido contratado ni prestado por MiroyTengo. La responsabilidad derivada de un montaje incompleto o incorrecto realizado por un tercero ajeno a esta empresa no puede ser imputada al vendedor, de conformidad con el art. 115 quater del TRLGDCU. 2. LA RESISTENCIA DEL MECANISMO NO CONSTITUYE UN DEFECTO La reclamante sostiene que la fuerza del mecanismo es desproporcionada. Sin embargo, dicha fuerza es una característica de diseño necesaria en toda cama abatible habi: su función es precisamente evitar el cierre involuntario mientras el usuario se encuentra en su interior. Una resistencia inferior comprometería la seguridad del producto. El fabricante ha verificado el funcionamiento del mecanismo y ha confirmado que opera dentro de los parámetros escidos, cumpliendo con la normativa de seguridad de la Unión Europea. No existe falta de conformidad en los términos del art. 115 bis y 115 ter del TRLGDCU. 3. IMPROCEDENCIA DE REPARACIÓN, SUSTITUCIÓN O RESOLUCIÓN DEL CONTRATO El art. 118 del TRLGDCU condiciona el acceso a los remedios de reducción de precio o resolución del contrato a la existencia previa de una falta de conformidad acreditada. Al no concurrir dicho presupuesto, no procede ninguna de las pretensiones formuladas. En consecuencia, MiroyTengo reitera su posición de no aceptar la devolución ni la resolución del contrato. Saludos cordiales, DEPARTAMENTO DEATENCIÓN AL CLIENTE964041046info@miroytengo.esmiroytengo.esEste mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es RM Cloud Project 26, S.L, con NIF B12944930. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico ainfo@miroytengo.es El lun, 8 jun 2026 a las 10:30, reclamar@ocu.org escribió:
J. R.
A: MiroyTengo
Estimados; En relación con su última comunicación, su argumentación se basa en que el producto no ha sido completamente montado. Sin embargo, el comportamiento anómalo del mecanismo se manifiesta desde las primeras fases del montaje. La fuerza necesaria para accionar el sistema es ya en ese punto claramente desproporcionada, hasta el punto de resultar peligrosa. Por este motivo, el profesional que realizó el montaje desaconsejó expresamente continuar con la instalación. Insistimos en que no resulta razonable exigir al consumidor completar una instalación potencialmente dañina o insegura con el único fin de poder acreditar un defecto que ya es evidente. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, corresponde al vendedor responder frente a la falta de conformidad del producto, lo que incluye la verificación de su correcto funcionamiento cuando este es cuestionado por el consumidor. Si, como indican, el producto funciona correctamente, les solicito que procedan a su revisión técnica, ya sea mediante inspección in situ o recogida del mismo para su comprobación. En caso de no atender esta solicitud, se dejará constancia en el presente procedimiento de su negativa a verificar el estado del producto, a efectos de su valoración en la reclamación en curso. Todo ello sin perjuicio de que, de confirmarse el comportamiento descrito, se proceda a la correspondiente reparación, sustitución o resolución del contrato conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007. Quedo a la espera de sus indicaciones. Atentamente,
MiroyTengo
A: J. R.
Buenos días, Hemos revisado nuevamente su comunicación y debemos reiterarle que, en este momento, no es posible determinar la existencia de una falta de conformidad del producto en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 1/2007 sin que el montaje haya sido completado conforme a las instrucciones del fabricante. Según nos indica, la instalación fue interrumpida de forma voluntaria antes de finalizar el proceso de montaje, por lo que el producto no ha llegado a encontrarse en las condiciones de uso para las que ha sido diseñado. En consecuencia, no es posible verificar si el comportamiento descrito se corresponde con un funcionamiento incorrecto del mecanismo o con una circunstancia propia de una fase intermedia del montaje. Debemos señalar que la normativa de consumo reconoce al consumidor los derechos de reparación, sustitución, rebaja del precio o resolución del contrato cuando exista una falta de conformidad acreditada del bien. Sin embargo, para que dichos derechos puedan ejercitarse, resulta necesario que dicha falta de conformidad pueda ser comprobada y acreditada. En este caso, al no haberse completado el montaje, no existe actualmente una base objetiva que permita concluir que el producto presenta un defecto de fabricación o una falta de conformidad. Asimismo, el artículo 118 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007 regulan las medidas correctoras aplicables cuando existe una falta de conformidad del bien, pero no obligan al vendedor a aceptar la resolución contractual o el reembolso cuando la supuesta incidencia no ha podido ser verificada ni cuando el producto no ha sido puesto en funcionamiento conforme a las instrucciones de montaje previstas por el fabricante. Por otro lado, el producto adquirido se comercializa expresamente como un kit de montaje doméstico, diseñado para ser ensamblado siguiendo las instrucciones suministradas. Nuestra empresa no ofrece servicios de montaje, asistencia técnica presencial, inspecciones a domicilio ni desplazamientos para finalizar instalaciones iniciadas por terceros. Por tanto, no podemos asumir ni prestar un servicio adicional que no forma parte de las condiciones de venta del producto. Entendemos que el profesional contratado por usted haya decidido no continuar con el montaje. No obstante, dicha decisión corresponde exclusivamente a dicho profesional y no constituye, por sí sola, una prueba de la existencia de un defecto de fabricación ni sustituye la necesidad de verificar el funcionamiento del producto una vez completado el proceso de instalación. Por todo lo anterior, para poder continuar con el estudio de la incidencia es necesario que el montaje sea finalizado conforme a las instrucciones facilitadas por el fabricante. Una vez completado, si el producto presenta alguna anomalía de funcionamiento, estaremos encantados de analizar la información aportada y tramitar, en su caso, la solución que corresponda de acuerdo con la garantía legal aplicable. Mientras el montaje permanezca incompleto y no sea posible verificar el funcionamiento real del producto, no procede la aceptación de una solicitud de reembolso, resolución contractual o cualquier otra medida correctora derivada de una supuesta falta de conformidad no acreditada. Quedamos a su disposición y a la espera de que nos remita información del producto una vez finalizado el montaje. Saludos cordiales, DEPARTAMENTO DEATENCIÓN AL CLIENTE964041046info@miroytengo.esmiroytengo.esEste mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es RM Cloud Project 26, S.L, con NIF B12944930. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico ainfo@miroytengo.es El mar, 9 jun 2026 a las 11:30, reclamar@ocu.org escribió:
J. R.
A: MiroyTengo
Estimados; En relación con el producto objeto de reclamación, reitero que el mecanismo de la cama abatible presenta una fuerza claramente desproporcionada, lo que lo hace inseguro y potencialmente peligroso desde las primeras fases del montaje. El técnico montador ha desaconsejado expresamente su anclaje a la pared debido a este comportamiento. En estas condiciones, no resulta razonable ni seguro exigir la finalización del montaje ni el anclaje del producto, ni puede utilizarse su ausencia como argumento para negar una posible falta de conformidad. Por otro lado, he solicitado en reiteradas ocasiones la resolución del contrato con retirada del producto y devolución del importe abonado, solicitud que ha sido expresamente denegada. Del mismo modo, he propuesto la realización de una inspección o verificación técnica del producto por parte de un técnico o servicio especializado, opción que igualmente ha sido rechazada. En consecuencia, no se ha ofrecido ninguna alternativa de comprobación, reparación o solución efectiva al problema planteado, manteniéndose únicamente la negativa a reconocer o verificar la incidencia. Ante esta situación, les informo que he comenzado las siguientes actuaciones: – Recopilación y aportación completa de la documentación y evidencias disponibles, incluyendo vídeos del mecanismo, fotografías, correos electrónicos del profesional montador, factura del servicio de montaje y el historial completo de comunicaciones mantenidas con Miroytengo. – Solicitud de emisión de un informe técnico independiente por parte de una empresa especializada en montaje de mobiliario, cuyo coste será reclamado a Miroytengo como parte del perjuicio derivado de la falta de solución ofrecida, en caso de que dicho informe constate que el funcionamiento del mecanismo no es adecuado. – Traslado de la reclamación a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y/o al organismo autonómico de consumo competente, solicitando la apertura de un procedimiento de mediación formal y, en su caso, el sometimiento del conflicto al Sistema Arbitral de Consumo para su resolución. Sin perjuicio de lo anterior, se deja expresa constancia de las actuaciones indicadas, que serán llevadas a cabo en los términos expuestos. Atentamente,
MiroyTengo
A: J. R.
Tomamos nota de su comunicación. En primer lugar, le indicamos que usted es libre de realizar las gestiones que considere oportunas ante los organismos de consumo que estime convenientes. No obstante, no puede imputar a Miroytengo los costes de servicios contratados de forma unilateral con terceros, tales como informes técnicos privados, sin que exista resolución firme que determine responsabilidad alguna por nuestra parte. Asimismo, reiteramos que, a fecha de hoy, el producto no se encuentra completamente instalado ni en condiciones de uso conforme a las instrucciones de montaje del fabricante. La cama abatible debe estar totalmente montada, incluyendo tapa, estructura, somier, colchón y anclaje a pared, requisito imprescindible tanto para su correcto funcionamiento como para cualquier valoración técnica objetiva sobre el mecanismo. Resulta imposible determinar la existencia de una supuesta falta de conformidad sobre un producto que no ha sido finalizado conforme a las instrucciones de instalación. De hecho, el fabricante dispone de abundante documentación gráfica, fotografías y vídeos de este mismo modelo funcionando correctamente una vez completado el montaje. Por otro lado, las manifestaciones realizadas por un profesional externo contratado por usted no constituyen prueba concluyente ni vinculan al fabricante ni a esta empresa. Cualquier valoración técnica debe realizarse sobre el producto correctamente instalado y en condiciones normales de uso. De conformidad con los artículos 114 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la existencia de una falta de conformidad debe acreditarse sobre un producto instalado y utilizado conforme a sus instrucciones y finalidad prevista. Por tanto, mantenemos la misma posición ya trasladada en nuestras anteriores comunicaciones: para poder valorar correctamente la incidencia, el producto debe encontrarse completamente montado conforme a las instrucciones del fabricante. No vamos a prolongar más este intercambio de correos sobre los mismos argumentos. En caso de recibir una reclamación oficial a través de cualquier organismo competente, responderemos en tiempo y forma aportando toda la documentación que obra en nuestro poder. Atentamente, Saludos cordiales, DEPARTAMENTO DEATENCIÓN AL CLIENTE964041046info@miroytengo.esmiroytengo.esEste mensaje va dirigido, de manera exclusiva, a su destinatario y puede contener información confidencial y sujeta al secreto profesional, cuya divulgación no está permitida por Ley. En caso de haber recibido este mensaje por error, le rogamos que de forma inmediata, nos lo comunique mediante correo electrónico remitido a nuestra atención y proceda a su eliminación, así como a la de cualquier documento adjunto al mismo. Asimismo, le comunicamos que la distribución, copia o utilización de este mensaje, o de cualquier documento adjunto al mismo, cualquiera que fuera su finalidad, están prohibidas por ley. En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD), le informamos que el Responsable del tratamiento es RM Cloud Project 26, S.L, con NIF B12944930. Estos datos personales serán tratados con la finalidad de mantener el contacto y la comunicación. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición, de manera gratuita mediante correo electrónico ainfo@miroytengo.es El mar, 9 jun 2026 a las 13:16, reclamar@ocu.org escribió:
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