Denegación de derechos educativos (módulo FCT)
Soy alumna del centro Medac Davante, matriculada en el Grado Superior de Proyectos de Edificación (modalidad a distancia). Tras meses de seguimiento documentado (desde septiembre de 2025) para iniciar mi módulo de prácticas (FCT), el centro pretende tramitar una "renuncia de oficio" si no comienzo antes del 5 de junio de forma unilateral. El motivo es que he solicitado una empresa con horario compatible con mi jornada laboral (a partir de las 18:00h). En lugar de cumplir con su labor de gestión y prospección, el centro utiliza mi solicitud de conciliación para intentar expulsarme del módulo y amenazarme con el suspenso de otros tres módulos teóricos.
Mi argumentación se sustenta con base en los siguientes puntos:
Incumplimiento de la normativa de FP: El centro ignora la Ley Orgánica 3/2022 y el RD 659/2023, que obligan a los centros a garantizar itinerarios flexibles.
Abuso de poder contractual: Se está interpretando una petición de derechos (conciliación) como un abandono del servicio (renuncia), lo cual supone un perjuicio económico y académico grave.
Falta de diligencia: El centro no ha proporcionado alternativas viables a pesar de mi insistencia documentada durante más de 5 meses.
Coacción: Amenazar con suspender módulos teóricos independientes del módulo de prácticas constituye una práctica abusiva y arbitraria.
Por ello solicito:
Cumplimiento del servicio: Que se me asigne una empresa compatible con mi horario laboral o se autorice el aplazamiento de la FCT sin pérdida de convocatoria ni penalización en el resto de asignaturas.
Atentamente,
Andrea Luisa Merino Arroyo