Reclamación n.º 1-4511435612-1Póliza n.º 291.07525001Póliza n.º 291.08356481Siniestro n.º PR24012563-85953772Estimada Sra. Viethmeier:En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES, y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha recibido en este Servicio de Atención de Reclamaciones el escrito adjunto mediante el que expone disconformidad con la actuación de la Aseguradora.Una vez concluido el estudio del caso, pasamos a realizarle las siguientes aclaraciones referentes a las coberturas del hecho producido.Una vez revisado el expediente referenciado se comprueba que usted dio parte a la Compañía de una posible fuga de agua del riesgo asegurado, la cual ha causado humades en la vivienda inferior.Ante la posibilidad de que fuera de aplicación la garantía `agua´ y 'Responsabilidad Civil´, la Compañía asigno un fontanero para la localización del origen y valoración de los daños consecuentes.Consecutivamente, dado a las características del suceso el Área de Siniestros de la Compañía determina que es requerida intervención pericial.Tras realizar su inspección, el perito asignado rehúsa el siniestro declarado dado que la fecha de ocurrencia del suceso es anterior a la contratación de su producto de hogar vigente actualmente.No obstante, ante su disconformidad y tras realizar las comprobaciones oportunas, se confirma que ha existido continuidad de seguro en el riesgo asegurado, es decir, en el caso que nos ocupa corresponde emplear las coberturas de la póliza n.º 291.06771752, la cual aseguraba la misma vivienda en el momento del hecho producido.Tras ser informado de lo anterior y una vez reevaluado el caso, el perito hace constar en su informe pericial que el origen causante ha sido reparado con profesionales de su confianza.A este respecto, el Área de Siniestros nos informa que le han solicitado la factura correspondiente a la citada reparación con la finalidad de analizar una posible indemnización.En lo que refiere a los daños a terceros, el perito dictamina que gozan de cobertura siendo de aplicación la garantía de `Responsabilidad Civil´.El Departamento de Siniestros nos confirma que las intervenciones en la vivienda perjudicada han finalizado satisfactoriamente.Por lo expuesto, entendemos que este Servicio ha atendido su reclamación.Lamentamos que la información previa resultara contradictoria y as molestias derivadas.Atentamente,Servicio de Atención de ReclamacionesNATIONALE-NEDERLANDEN GENERALESCompañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E.De: abogados@ocu.org Enviado el: viernes, 19 de abril de 2024 9:06nale-Nederlanden Asunto: Reclamación: Denegación cobertura por rotura de bote sifónico y daños de techo vecina - (CPTES02005218-34)Awareness warning: This email is from an external source, extra caution needed on links/attachments.