A la atención del Centro de Relaciones con Clientes de Ford España, S.L:
Por la presente, presento una reclamación formal contra Ford España, S.L. debido a la denegación injustificada y arbitraria de la cobertura de la garantía comercial extendida Ford Protect (2+5) de mi vehículo.
Noelia Escobar Ruiz / noe15er@hotmail.com
VEHÍCULO RECLAMADO: Ford Focus ST-Line 1.0 EcoBoost / MATRÍCULA: 1590LFV / Nº BASTIDOR: WF0NXXGCHNLR43154
Taller oficial Ford que deniega la garantía: AUTOVI S.A. (Autovisa Málaga), C.I.F. A29051067.
1. HECHOS Y MOTIVO DE LA RECLAMACIÓN
El vehículo presenta un fallo mecánico interno en su transmisión manual: imposibilidad de engranar la segunda marcha con rascado metálico y expulsión de la velocidad hacia el punto muerto durante la circulación, comprometiendo gravemente la seguridad vial. El fallo responde a un defecto de durabilidad prematura (vicio oculto) del anillo sincronizador y de los dientes del piñón de la segunda velocidad, común en esta transmisión.
Tras sufrir esta avería mecánica que se encuentra plenamente cubierta por el catálogo de componentes de dicho contrato, el concesionario oficial de origen denegó la cobertura de manera automática.
La justificación alegada por el concesionario oficial para invalidar la garantía es un mero defecto de forma administrativo en las facturas de mantenimiento de mi taller independiente de confianza: concretamente, alegan que en la factura no viene especificada la marca de los filtros de repuesto instalados. Esto ocurre a pesar de que en dicha factura consta de manera inequívoca que el coche ha pasado todas sus revisiones a tiempo, que se desglosaron las tareas de sustitución pertinentes, y que se utilizó el aceite con la especificación técnica exacta (norma Ford) requerida por el fabricante.
Ante esta negativa arbitraria basada en un tecnicismo documental, y dada mi urgente necesidad de movilidad diaria, me he visto obligado a retirar el vehículo de la red Ford y trasladarlo a un taller independiente en para proceder con su reparación inmediata, asumiendo yo el coste de forma provisional.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Reglamento (UE) nº 461/2010: Esta normativa europea garantiza el derecho del consumidor a realizar los mantenimientos y reparaciones de su vehículo en talleres independientes sin perder por ello la garantía oficial del fabricante. El único requisito es que se sigan las pautas del manual de servicio, lo cual está acreditado en mis facturas de revisión.
Carga de la prueba en contra del fabricante: Bajo la legislación de consumo en España (RD Legislativo 1/2007), la denegación de una garantía comercial basándose en una "sospecha" o en la falta de un dato administrativo (como la marca de un filtro) constituye una cláusula abusiva y nula de pleno derecho. Para rechazar la garantía, es Ford España quien debe demostrar técnicamente mediante un informe pericial firmado que el filtro utilizado era defectuoso o incompatible y que causó de forma directa la avería. Al no existir tal nexo de causalidad probado, la exclusión es ilegal.
Derecho de Reembolso en el contrato Ford Protect: Las propias condiciones generales del plan Ford Protect estipulan que, en casos en los que el cliente deba abonar inicialmente una reparación debido a diferencias de criterio o situaciones de viaje, si la marca acepta posteriormente que se aplica la garantía extendida, el importe total de los trabajos realizados será devuelto al cliente.
3. PRETENSIONES
Dado que me vi forzado a retirar mi coche para que sea reparado ante su negativa, solicito formalmente a través de esta mediación de la OCU:
La aceptación de la cobertura de la avería bajo los términos de mi contrato Ford Protect.
El reembolso íntegro de la factura de reparación emitida por el taller independiente donde actualmente se subsana la avería, una vez que aporte dicho documento.
Adjunto a esta reclamación la copia de la Hoja de Quejas y Reclamaciones oficial de la Junta de Andalucía que presentaré mañana para su sellado en el concesionario oficial de origen, así como las facturas del taller externo que acreditan el correcto mantenimiento del coche.
De no recibir una propuesta de resolución de forma inmediata, procederé a registrar la reclamación ante la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía e interpondré de manera directa una demanda.
Atentamente,
Noelia Escobar Ruiz