El motivo de esta solicitud es la disconformidad con las condiciones del servicio y la falta de transparencia e información engañosa facilitada por su asesor/representante (Iker Mengíbar) a través de Instagram el pasado 24 de abril de 2026 antes de realizar la contratación.
Tal y como se muestra en la documentación adjunta, pregunté de manera explícita y literal si el curso "se puede dejar en cualquier momento" a los 2 o 3 meses. El asesor, lejos de aclararme que firmaría una financiación obligatoria con SeQura que no se puede cancelar unilateralmente, validó mi duda respondiendo "Claro, Laura, tú piensas que tienes una garantía de seis meses...", induciéndome a error de manera deliberada para forzar la venta. De haber sabido que estaba atrapada de forma obligatoria en un crédito de consumo sin opción a baja anticipada, jamás habría aceptado la plaza.
Bajo la legislación española (Art. 60 y 61 del Real Decreto Legislativo 1/2007 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Clientes, y el Art. 7 de la Ley de Competencia Desleal por omisión engañosa), la información previa debe ser clara, veraz y no inducir a confusión. Al haberse omitido la rigidez del contrato y manipulado mi pregunta sobre la baja voluntaria, solicito la resolución contractual inmediata."