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Daños por instalación defectuosa de lavavajillas: indemnización insuficiente

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Instalación

Tu reclamación

M. B.

A: MediaMarkt

12/07/2026

El 26/01/2026, la instalación de un lavavajillas BALAY 3VS572BP comprado en MediaMarkt Online (pedido nº 297042187, factura nº E601-A001260000220172 de 23/01/2026), ejecutada por la empresa instaladora subcontratada por MediaMarkt (ADER), resultó defectuosa y provocó una fuga e inundación que destruyó el falso techo de escayola de la planta baja de mi vivienda y causó humedades y moho en las paredes contiguas a la cocina. El 28/01/2026 reclamé a MediaMarkt, que abrió la incidencia nº 260128-049897 con el asunto "Daños en domicilio por entrega o instalación" y derivó la gestión a su instalador y a la aseguradora de este (Generali). Ante el riesgo sanitario del moho y la falta de solución, tuve que ejecutar la reparación: la sustitución del techo está terminada y pagada (factura de 2.497 €, IVA incluido) y queda pendiente la pintura de las paredes afectadas (759 €). El daño total real y acreditado asciende a 3.256 €. La aseguradora del instalador valoró inicialmente el daño en 1.940,27 € y, posteriormente, sin justificación, rebajó su oferta a 1.290 €, ofreciendo abonar únicamente 690 € tras aplicar una franquicia de 600 € que no corresponde soportar al perjudicado. Pese a mis reclamaciones y a los burofax remitidos el 07/06/2026, transcurridos más de cinco meses desde el siniestro el daño sigue sin ser indemnizado. Como empresa vendedora que organizó y subcontrató la entrega y puesta en marcha del electrodoméstico, MediaMarkt responde frente al consumidor de la correcta prestación del servicio contratado (arts. 1101 y ss. del Código Civil y TRLGDCU), sin que la subcontratación le exonere, habiendo calificado ella misma el incidente como "daños por entrega o instalación". SOLICITO: el abono íntegro del daño acreditado, 3.256 €, directamente o a través de la aseguradora de su instalador. Subsidiariamente, que la empresa acepte someter la controversia a mediación o arbitraje de consumo. La documentación acreditativa (facturas, presupuestos, ofertas de la aseguradora, burofaxes y correos) se aporta como documentos adjuntos.


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