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Daños por instalación defectuosa de lavavajillas: indemnización insuficiente

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Instalación

Tu reclamación

M. B.

A: MediaMarkt

12/07/2026

El 26/01/2026, la instalación de un lavavajillas BALAY 3VS572BP comprado en MediaMarkt Online (pedido nº 297042187, factura nº E601-A001260000220172 de 23/01/2026), ejecutada por la empresa instaladora subcontratada por MediaMarkt (ADER), resultó defectuosa y provocó una fuga e inundación que destruyó el falso techo de escayola de la planta baja de mi vivienda y causó humedades y moho en las paredes contiguas a la cocina. El 28/01/2026 reclamé a MediaMarkt, que abrió la incidencia nº 260128-049897 con el asunto "Daños en domicilio por entrega o instalación" y derivó la gestión a su instalador y a la aseguradora de este (Generali). Ante el riesgo sanitario del moho y la falta de solución, tuve que ejecutar la reparación: la sustitución del techo está terminada y pagada (factura de 2.497 €, IVA incluido) y queda pendiente la pintura de las paredes afectadas (759 €). El daño total real y acreditado asciende a 3.256 €. La aseguradora del instalador valoró inicialmente el daño en 1.940,27 € y, posteriormente, sin justificación, rebajó su oferta a 1.290 €, ofreciendo abonar únicamente 690 € tras aplicar una franquicia de 600 € que no corresponde soportar al perjudicado. Pese a mis reclamaciones y a los burofax remitidos el 07/06/2026, transcurridos más de cinco meses desde el siniestro el daño sigue sin ser indemnizado. Como empresa vendedora que organizó y subcontrató la entrega y puesta en marcha del electrodoméstico, MediaMarkt responde frente al consumidor de la correcta prestación del servicio contratado (arts. 1101 y ss. del Código Civil y TRLGDCU), sin que la subcontratación le exonere, habiendo calificado ella misma el incidente como "daños por entrega o instalación". SOLICITO: el abono íntegro del daño acreditado, 3.256 €, directamente o a través de la aseguradora de su instalador. Subsidiariamente, que la empresa acepte someter la controversia a mediación o arbitraje de consumo. La documentación acreditativa (facturas, presupuestos, ofertas de la aseguradora, burofaxes y correos) se aporta como documentos adjuntos.

Mensajes (2)

MediaMarkt

A: M. B.

12/08/2026

Hola Reclamar, Nuestro equipo de Atención Al cliente se ha puesto en contacto contigo. A continuación puedes ver sus comentarios. En caso de que quieras añadir comentarios, información o documentosadicionales, por favor,envíanoslos contestando a este mismo mail. Gracias Reclamarpor confiar en MediaMarkt Respuesta Por Correo electrónico (Natalia) (12/08/2026 01:06 PM) Apreciados Sres., En relación a su comunicación recibida por MEDIA MARKT SATURN, S.A.U y relacionada con la reclamación promovida por el Sr. Mario BA , debemos indicarles lo siguiente: En primer lugar, quisiéramos mostrarle nuestras más sinceras disculpas por los inconvenientes que los hechos objeto de reclamación le hayan podido ocasionar. Una vez revisada su reclamación, indicarles que desde la empresa de transporte nos trasladan que están tramitando la incidencia directamente entre la aseguradora y el cliente. Lamentamos las posibles molestias que se hayan podido ocasionar, y para cualquier consulta adicional quedamos a su disposición. Sin otro particular, reciban un cordial saludo. Cliente Por Correo electrónico de Service (Reclamar Ocu) (12/07/2026 12:15 PM)

M. B.

A: MediaMarkt

14/08/2026

Estimados señores: Agradezco su respuesta, pero debo manifestar que NO ME DOY POR SATISFECHO y solicito mantener abierta la reclamación, por las razones que expongo: 1) Su comunicación no propone ninguna solución ni indemnización concreta. Se limitan a remitirme a la empresa de transporte (ADER) y a su aseguradora (Generali), eludiendo su propia responsabilidad como empresa vendedora. 2) La afirmación de que la incidencia «se está tramitando directamente entre la aseguradora y el cliente» no se corresponde con la realidad. La última comunicación recibida de la aseguradora es la oferta de 690 € de 26/05/2026, expresamente rechazada por infravalorar el daño y fundarse en un presupuesto revocado. Desde entonces no hay tramitación alguna en curso: los burofax remitidos el 07/06/2026 a ADER y Generali con acuse de recibo, así como la reclamación presentada el 07/06/2026 al Servicio de Atención al Cliente de Generali, han quedado sin respuesta. 3) Les requiero para que aporten prueba documental fehaciente de las gestiones que afirman que están en marcha (correos, fechas, referencias). En su defecto, deberá entenderse que tal tramitación no existe. 4) Como empresa vendedora que organizó y subcontrató la entrega y puesta en marcha del electrodoméstico, MEDIA MARKT responde frente a la persona consumidora de la correcta prestación del servicio contratado (arts. 1101 y ss. del Código Civil y RDLeg 1/2007, TRLGDCU), sin que la subcontratación le exonere, máxime cuando la propia MEDIA MARKT calificó el incidente como «daños por entrega o instalación» (incidencia nº 260128-049897). 5) Les recuerdo que se encuentra en trámite ante la Junta Arbitral de Consumo de Castilla-La Mancha la SOLICITUD DE ARBITRAJE DE CONSUMO promovida por el reclamante frente a MEDIA MARKT SATURN, S.A., cuya aceptación queda a su decisión. En consecuencia, REITERO mi solicitud: abono íntegro del daño real acreditado por importe de 3.256,00 € (2.497,00 € de factura ya pagada por la sustitución del techo más 759,00 € de pintura pendiente), sin descuento de franquicia. Subsidiariamente, aceptación del arbitraje de consumo ya solicitado. Quedo a la espera de una propuesta concreta y verificable. Atentamente, Mario Baquero Alonso


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