Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de JFK al de BCN, con fecha salida a las 23:45 horas del día 9 del mes de Diciembre de 2025
En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta RIGIDA EXPANSIBLE marca American Tourister de 55x40x20/33 cms modelo StarVibe (Upright color Red/Wine)
Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en rotura de maleta (Aparentemente motivado por golpe en su manipulación)
Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) No. BCNLL10056 con fecha de apertura a mi llegada el 10 de Diciembre de 2025 a las 12:31 horas (GMT)
Siendo hoy dia 24 de Diciembre y no habiendo recibido comunicacion alguna al respecto y despues de varias llamadas,
SOLICITO, reposición de la maleta o abono de 165,00 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos
Sin otro particular, atentamente.
* En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente