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Coste acumulado de prórrogas y préstamos sucesivos en operaciones de financiación

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Financiación

Tu reclamación

M. G.

A: MONEYMAN. ID Finance Spain

12/06/2026

EXPOSICIÓN DE HECHOS Por medio de la presente deseamos poner en conocimiento de esta organización una serie de prácticas relacionadas con la contratación de micropréstamos que, a nuestro entender, merecen ser revisadas desde la perspectiva de la protección de los consumidores. La presente comunicación no se limita a una única operación concreta. Recoge información, documentación y experiencias acumuladas durante varios años de contratación de productos de financiación de corto plazo, así como información compartida por otros consumidores que han manifestado preocupaciones similares respecto al funcionamiento de estos productos. De acuerdo con la documentación analizada hasta la fecha, se observa un patrón recurrente basado en dos elementos principales: 1. La contratación sucesiva o encadenada de nuevos préstamos para atender obligaciones derivadas de operaciones anteriores. 2. La utilización reiterada de prórrogas o ampliaciones de plazo que generan costes adicionales sin reducción efectiva del capital principal pendiente. En diversas operaciones analizadas, los consumidores han soportado costes acumulados significativos derivados de extensiones, aplazamientos o nuevas contrataciones de crédito, llegando en algunos casos a abonar cantidades relevantes sin que ello supusiera una reducción proporcional de la carga económica total soportada. Resulta especialmente relevante que la propia entidad haya confirmado por escrito que los importes abonados en concepto de prórroga no se destinan a amortizar el capital principal pendiente, sino exclusivamente a ampliar el plazo de devolución. Como consecuencia de ello, un consumidor puede llegar a realizar pagos durante períodos prolongados de tiempo sin reducir el importe principal adeudado, manteniéndose la deuda original mientras se generan costes adicionales asociados a sucesivas ampliaciones de plazo. Asimismo, se han identificado situaciones en las que determinados consumidores, tras devolver un préstamo junto con sus costes asociados, se ven obligados a solicitar un nuevo préstamo para hacer frente a necesidades de liquidez inmediatas, generándose una sucesión de operaciones que incrementa progresivamente la carga económica soportada. A nuestro entender, estas circunstancias merecen una revisión detallada desde la óptica de la transparencia contractual, la proporcionalidad de los costes soportados por el consumidor y la adecuación de estas prácticas a los principios de protección de los usuarios de servicios financieros. La documentación recopilada hasta la fecha sugiere que los hechos expuestos podrían exceder el ámbito de una única relación contractual individual, razón por la cual consideramos oportuno ponerlos en conocimiento de esta organización para su valoración independiente. Como ejemplo reciente, la entidad remitió una comunicación ofreciendo distintas alternativas al consumidor, entre ellas prórrogas de 7, 14, 21 y 30 días con costes adicionales asociados. Posteriormente, la propia entidad confirmó por escrito que dichos importes no se destinan a amortizar capital, sino únicamente a ampliar el plazo de pago. Consideramos que esta circunstancia merece ser valorada desde la perspectiva de la comprensión real que tiene el consumidor sobre las consecuencias económicas acumuladas de dichas operaciones. Asimismo, durante el proceso de reclamación se han recibido comunicaciones automatizadas en horarios nocturnos, incluyendo mensajes remitidos de madrugada, circunstancia que genera una percepción de presión innecesaria y resulta poco acorde con los estándares de atención al consumidor que cabría esperar. Por esto, consideramos especialmente relevante que estas prácticas puedan tener un impacto significativo sobre consumidores en situación de vulnerabilidad económica o financiera, que pueden carecer de capacidad real para liquidar la deuda de una sola vez y optar sucesivamente por mecanismos que incrementan el coste total soportado durante largos períodos de tiempo o incluso permanentes. Por este motivo, entendemos que resulta necesario analizar no solo cada operación de forma aislada, sino también el efecto económico acumulado que determinadas prácticas pueden generar cuando se prolongan en el tiempo. Junto con la presente comunicación se prevé aportar contratos, justificantes de pago, comunicaciones mantenidas con la entidad, ejemplos anonimizados de operaciones, cronologías de contratación y demás documentación que permita analizar objetivamente los hechos expuestos. La presente comunicación ha sido elaborada tras el análisis de la documentación disponible y con conocimiento de profesionales del ámbito económico y jurídico familiarizados con la materia objeto de la reclamación. Quedamos a disposición de esa organización para ampliar cualquier información que resulte necesaria. Atentamente, Economista, Auditor de Cuentas (ROAC) Conciliador Mercantil

Mensajes (4)

MONEYMAN. ID Finance Spain

A: M. G.

19/06/2026

Estimada Josefa García, Efectivamente, los pagos realizados en concepto de prórroga no disminuyen el capital pendiente, ya que su finalidad es únicamente aplazar la fecha de pago. Asimismo, queremos aclarar que la prórroga se ofrece como una alternativa voluntaria para aquellos clientes que, en un momento determinado, no puedan hacer frente al pago total del préstamo en la fecha inicialmente pactada. En ningún momento se obliga al cliente a solicitar una prórroga ni a acogerse a esta opción. Se trata de una herramienta adicional que el cliente puede aceptar o no, según su situación y conveniencia, conociendo previamente las condiciones aplicables antes de su contratación. Toda la información relativa al funcionamiento, coste y finalidad de la prórroga se muestra durante el proceso de contratación, de forma que el cliente pueda revisarla antes de confirmar su solicitud. Por tanto, la prórroga no tiene como finalidad amortizar capital, sino únicamente conceder un plazo adicional para realizar el pago del préstamo. Le recordamos que todo el procedimiento de solicitud se realiza de manera completamente online, por lo que es responsabilidad del cliente revisar y confirmar cada paso antes de finalizar la contratación. Por ello, le recomendamos que, en futuras ocasiones, revise detenidamente las condiciones precontractuales que se muestran en el último paso del formulario, a fin de evitar cualquier confusión. Tanto al inicio como durante el proceso de contratación, se muestra de forma clara y transparente toda la información relacionada con el funcionamiento del micropréstamo. Además, durante la solicitud, dispone de simuladores en forma de calculadora interactiva, los cuales permiten visualizar distintos escenarios en función del importe solicitado, el plazo de devolución y los costes asociados en cada caso. Tras revisar su préstamo actual, el cual se encuentra en situación de impago, verificamos que no se ha realizado ningún pago por ningún concepto. No obstante, nos gustaría ayudarle en la medida de lo posible. Por este motivo, tras analizar su situación, hemos decidido ofrecerle la siguiente solución: A día de hoy, su deuda asciende a 392.20 €. Sin embargo, le ofrecemos la posibilidad de liquidar el préstamo mediante el pago de 200 €, el 21.06.26 quedando condonado el importe restante y saldando de esta manera la totalidad de su préstamo. Si está conforme con la propuesta, puede responder a este mismo correo electrónico. Una vez realizado el pago, le agradeceremos que nos lo notifique por este mismo medio, para poder llevar a cabo las gestiones correspondientes y dejar su préstamo completamente saldado. A continuación, le facilitamos los métodos de pago disponibles: CAIXABANK IBAN: ES15 2100 1310 6802 0014 8496 SABADELL IBAN: ES69 0081 0398 8100 0212 2318 &128204; Nota importante: No olvide indicar su Documento Nacional de Identidad, nombre y apellidos en el concepto del comprobante, así como la mención ID Finance S.A.U. en el beneficiario del mismo, ya que las transferencias con un beneficiario incorrecto podrían ser rechazadas por el banco. Quedamos atentos a su confirmación. Reciba un cordial saludo. Defensor del cliente MoneyMan Este mensaje y cualquier documento adjunto que lleve consigo es sólo para la persona o compañía a la que va dirigido y puede contener información privilegiada, confidencial o cuya revelación o uso esté prohibido. Si el receptor de esta transmisión no es la persona a quien iba dirigida, o el empleado o agente encargado de hacer llegar dicho material al receptor previsto, se le notifica que cualquier uso, forma de reproducción, difusión, copia, revelación, modificación, distribución y/o publicación de este mensaje o sus documentos adjuntos por cualquier otro que no sea su destinatario previsto está estrictamente prohibido por el remitente. Si ha recibido esto por error, por favor, devuélvalo al remitente y destruya el mensaje y/o las copias que pueda haber en su posesión. Los datos personales que en esta comunicación aparecen, así como los que nuestra empresa mantiene de Vd. y de su empresa, son tratados con la finalidad de mantener el contacto así como realizar las gestiones que en esta aparecen (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal). Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a través de la dirección dpd@moneyman.es La utilización de su dirección de correo electrónico por parte de nuestra empresa queda sujeta a las disposiciones de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico. Antes de imprimir este mensaje o sus documentos anexos, asegúrese de que es necesario. Proteger el medio ambiente está en nuestras manos.. Activado Lun, 15 Jun a 8:35 A. M. , Reclamaciones reclamaciones@moneyman.es escribió: Reclamar reclamar@ocu.org Coste acumulado de prórrogas y préstamos sucesivos en operaciones de financiación On Fri, 12 Jun at 6:30 PM , Reclamar reclamar@ocu.org wrote: 1954682:2162918

M. G.

A: MONEYMAN. ID Finance Spain

19/06/2026

Estimados señores: Agradecemos la respuesta facilitada por la entidad. No obstante, consideramos necesario aclarar que la reclamación presentada no se centra únicamente en si una prórroga fue aceptada de manera individual por el consumidor ni en la existencia de información previa durante la contratación. La cuestión principal planteada es el efecto económico acumulado que puede producirse cuando se realizan sucesivos pagos destinados exclusivamente a ampliar el plazo de devolución sin reducción efectiva del capital pendiente. De hecho, la propia entidad confirma nuevamente en su respuesta un elemento esencial de la reclamación: “Los pagos realizados en concepto de prórroga no disminuyen el capital pendiente, ya que su finalidad es únicamente aplazar la fecha de pago.” Precisamente este es el aspecto sobre el que estamos solicitando una valoración desde la perspectiva de la protección de los consumidores. Asimismo, debemos aclarar que centrar la respuesta únicamente en el contrato actual no responde al fondo de la reclamación planteada. La cuestión objeto de análisis no se limita a una única operación aislada, sino al conjunto de relaciones contractuales mantenidas durante el tiempo con la entidad, incluyendo operaciones anteriores ya satisfechas económicamente en las que se produjeron costes acumulados derivados de prórrogas y nuevas contrataciones sucesivas. A modo de ejemplo, y sobre la base de operaciones reales mantenidas históricamente con esta entidad tanto por la parte reclamante como por otros consumidores que han aportado información sobre situaciones similares (omitiendo datos identificativos de terceros por motivos de protección de datos personales conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018), se observan situaciones como las siguientes: Caso 1: Capital inicial: 200 € Pagos sucesivos en concepto de prórroga: 576 € Reducción del capital pendiente: 0 € Capital que continúa pendiente tras las prórrogas: 200 € Caso 2: Capital inicial: 300 € Pagos sucesivos en concepto de prórroga: 522 € Reducción del capital pendiente: 0 € Capital que continúa pendiente tras las prórrogas: 300 € Caso 3: Capital inicial: 400 € Pagos sucesivos en concepto de prórroga: 704 € Reducción del capital pendiente: 0 € Capital que continúa pendiente tras las prórrogas: 400 € El problema planteado no es únicamente el coste individual de una prórroga aislada, sino la consecuencia económica de su utilización reiterada en el tiempo. Un consumidor puede llegar a realizar pagos acumulados superiores al importe inicialmente recibido sin que dichos pagos reduzcan la deuda principal, generándose una situación que entendemos merece una revisión desde los principios de transparencia, proporcionalidad y protección del consumidor, incluyendo, en su caso, el análisis que pudiera corresponder conforme a la normativa aplicable en materia de protección de consumidores y la Ley de Represión de la Usura (Ley Azcárate) de 23 de julio de 1908. Por consiguiente, consideramos necesario analizar el impacto que estas prácticas pueden tener sobre consumidores en situación de vulnerabilidad económica o financiera, que precisamente recurren a este tipo de financiación por dificultades temporales de liquidez. La cuestión planteada no consiste únicamente en determinar si cada ampliación fue aceptada individualmente, sino en valorar el funcionamiento global y el efecto económico acumulado de estas operaciones cuando se prolongan en el tiempo. Por ello, mantenemos nuestra solicitud de revisión de estas prácticas por parte de los organismos y profesionales competentes en materia de protección de consumidores, sin perjuicio de continuar ejerciendo las actuaciones necesarias para la defensa de los derechos e intereses legítimos afectados a través de los medios oportunos. Atentamente.

MONEYMAN. ID Finance Spain

A: M. G.

24/06/2026

Estimada Josefa García, Nohemos recibidorespuesta por su parte a la propuesta que le remitimosel día19.06.26.Es por ello que nos veremos forzados a retirarla por falta de aceptación de la misma dentro del plazo de 24 horas. En caso de que quisiera finalmente aceptar la propuesta enviada, por favor, póngase en contacto de inmediato y antes de finalizar el plazo mencionado, para poder darle continuidad. Reciba un cordial saludo. Defensor del clienteMoneyman Este mensaje y cualquier documento adjunto que lleve consigo es sólo para la persona o compañía a la que va dirigido y puede contener información privilegiada, confidencial o cuya revelación o uso esté prohibido.Si el receptor de esta transmisión no es la persona a quien iba dirigida, o el empleado o agente encargado de hacer llegar dicho material al receptor previsto, se le notifica que cualquier uso, forma de reproducción, difusión, copia, revelación, modificación, distribución y/o publicación de este mensaje o sus documentos adjuntos por cualquier otro que no sea su destinatario previsto está estrictamente prohibido por el remitente.Si ha recibido esto por error, por favor, devuélvalo al remitente y destruya el mensaje y/o las copias que pueda haber en su posesión.Los datos personales que en esta comunicación aparecen, así como los que nuestra empresa mantiene de Vd. y de su empresa, son tratados con la finalidad de mantener el contacto, así como realizar las gestiones que en esta aparecen.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición a través de la direccióndpd@moneyman.esLa utilización de su dirección de correo electrónico por parte de nuestra empresa queda sujeta a las disposiciones de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico. Antes de imprimir este mensaje o sus documentos anexos, asegúrese de que es necesario. Proteger el medio ambiente está en nuestras manos. Activado Vie, 19 Jun a 4:52 A. M. , Esther B atencionalcliente@moneyman.es escribió: Estimada Josefa García, Efectivamente, los pagos realizados en concepto de prórroga no disminuyen el capital pendiente, ya que su finalidad es únicamente aplazar la fecha de pago. Asimismo, queremos aclarar que la prórroga se ofrece como una alternativa voluntaria para aquellos clientes que, en un momento determinado, no puedan hacer frente al pago total del préstamo en la fecha inicialmente pactada. En ningún momento se obliga al cliente a solicitar una prórroga ni a acogerse a esta opción. Se trata de una herramienta adicional que el cliente puede aceptar o no, según su situación y conveniencia, conociendo previamente las condiciones aplicables antes de su contratación. Toda la información relativa al funcionamiento, coste y finalidad de la prórroga se muestra durante el proceso de contratación, de forma que el cliente pueda revisarla antes de confirmar su solicitud. Por tanto, la prórroga no tiene como finalidad amortizar capital, sino únicamente conceder un plazo adicional para realizar el pago del préstamo. Le recordamos que todo el procedimiento de solicitud se realiza de manera completamente online, por lo que es responsabilidad del cliente revisar y confirmar cada paso antes de finalizar la contratación. Por ello, le recomendamos que, en futuras ocasiones, revise detenidamente las condiciones precontractuales que se muestran en el último paso del formulario, a fin de evitar cualquier confusión. Tanto al inicio como durante el proceso de contratación, se muestra de forma clara y transparente toda la información relacionada con el funcionamiento del micropréstamo. Además, durante la solicitud, dispone de simuladores en forma de calculadora interactiva, los cuales permiten visualizar distintos escenarios en función del importe solicitado, el plazo de devolución y los costes asociados en cada caso. Tras revisar su préstamo actual, el cual se encuentra en situación de impago, verificamos que no se ha realizado ningún pago por ningún concepto. No obstante, nos gustaría ayudarle en la medida de lo posible. Por este motivo, tras analizar su situación, hemos decidido ofrecerle la siguiente solución: A día de hoy, su deuda asciende a 392.20 €. Sin embargo, le ofrecemos la posibilidad de liquidar el préstamo mediante el pago de 200 €, el 21.06.26 quedando condonado el importe restante y saldando de esta manera la totalidad de su préstamo. Si está conforme con la propuesta, puede responder a este mismo correo electrónico. Una vez realizado el pago, le agradeceremos que nos lo notifique por este mismo medio, para poder llevar a cabo las gestiones correspondientes y dejar su préstamo completamente saldado. A continuación, le facilitamos los métodos de pago disponibles: CAIXABANK IBAN: ES15 2100 1310 6802 0014 8496 SABADELL IBAN: ES69 0081 0398 8100 0212 2318 &128204; Nota importante: No olvide indicar su Documento Nacional de Identidad, nombre y apellidos en el concepto del comprobante, así como la mención ID Finance S.A.U. en el beneficiario del mismo, ya que las transferencias con un beneficiario incorrecto podrían ser rechazadas por el banco. Quedamos atentos a su confirmación. Reciba un cordial saludo. Defensor del cliente MoneyMan Este mensaje y cualquier documento adjunto que lleve consigo es sólo para la persona o compañía a la que va dirigido y puede contener información privilegiada, confidencial o cuya revelación o uso esté prohibido. Si el receptor de esta transmisión no es la persona a quien iba dirigida, o el empleado o agente encargado de hacer llegar dicho material al receptor previsto, se le notifica que cualquier uso, forma de reproducción, difusión, copia, revelación, modificación, distribución y/o publicación de este mensaje o sus documentos adjuntos por cualquier otro que no sea su destinatario previsto está estrictamente prohibido por el remitente. Si ha recibido esto por error, por favor, devuélvalo al remitente y destruya el mensaje y/o las copias que pueda haber en su posesión. Los datos personales que en esta comunicación aparecen, así como los que nuestra empresa mantiene de Vd. y de su empresa, son tratados con la finalidad de mantener el contacto así como realizar las gestiones que en esta aparecen (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal). Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a través de la dirección dpd@moneyman.es La utilización de su dirección de correo electrónico por parte de nuestra empresa queda sujeta a las disposiciones de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico. Antes de imprimir este mensaje o sus documentos anexos, asegúrese de que es necesario. Proteger el medio ambiente está en nuestras manos.. Activado Lun, 15 Jun a 8:35 A. M. , Reclamaciones reclamaciones@moneyman.es escribió: Reclamar reclamar@ocu.org Coste acumulado de prórrogas y préstamos sucesivos en operaciones de financiación On Fri, 12 Jun at 6:30 PM , Reclamar reclamar@ocu.org wrote: 1943959:2162918

M. G.

A: MONEYMAN. ID Finance Spain

24/06/2026

Estimados señores: Acusamos recibo de su comunicación. No aceptamos la propuesta formulada y nos reafirmamos íntegramente en los argumentos expuestos en nuestra reclamación anterior. Asimismo, procederemos al ejercicio de cuantas acciones y reclamaciones pudieran correspondernos en defensa de nuestros derechos e intereses legítimos por las vías legales y judiciales que resulten oportunas. Sin más que añadir, les saludamos atentamente.


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