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CONVALIDACIÓN

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

C. O.

A: ILERNA

29/07/2026

Hola, me parece increíble que Ilerna no me quiera reconocer el 50% de convalidación en mis prácticas, cuando llevo cotizado en grupo 7 más de 11 años , aludiendo que el certificado de tareas que he aportado no es suficiente: que más pruebas que una vida laboral ???? Primero me deniegan el 100% porque según ellos mi ámbito es sanitario ( hasta ahí lo puedo entender ) , pero que también se me deniegue el 50%???? De vergüenza Que me quieren dar el 25% como a cualquier alumno que no ha trabajado nunca como auxiliar administrativo???

Mensajes (1)

ILERNA

A: C. O.

30/07/2026

Buenos días, Carolina Haciendo acuse de recibo de tu reclamación trasladarte que tal como te han indicado desde el Departamento de Formación en Centros de Trabajo, se ha revisado la documentación aportada y no contiene las tareas necesarias que hay que acreditar (segun la normativa reguladora del Ciclo Formativo) para que se te pueda otorgar la exención. En tu caso, y en base a la documentación aportada, la experiencia acreditada se desarrolla exclusivamente en un entorno administrativo sanitario y no permite evidenciar todas las competencias previstas en el currículo del título de Técnico en Gestión Administrativa, entre ellas: La tramitación integral de operaciones administrativas comerciales. La gestión administrativa de compraventa, tesorería y operaciones cons. La elaboración y gestión de documentación fiscal y laboral. La gestión administrativa de recursos humanos. La realización de trámites administrativos con organismos públicos en los distintos ámbitos de la actividad empresarial. La participación en la gestión global de los procesos administrativos propios de una empresa u organización Aunque en tu experiencia demuestras un elevado dominio de determinadas funciones administrativas, estas se encuentran especializadas en el ámbito de la atención sanitaria y no abarcan el conjunto de resultados de aprendizaje que debe adquirir un Técnico en Gestión Administrativa. Esta valoración se realiza conforme a lo escido en el Real Decreto 1631/2009, de 30 de octubre, por el que se esce el título de Técnico en Gestión Administrativay se fijan sus enseñanzas mínimas, que determina las competencias profesionales, personales y sociales que debe acreditar el alumnado, así como los resultados de aprendizaje asociados al módulo de Formación en Centros de Trabajo. Asimismo, la exención del módulo de FCT se regula en el artículo 39 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se esce la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo, y en la normativa autonómica de aplicación, que esce que únicamente podrá concederse la exención total cuando la experiencia laboral permita acreditar todos los resultados de aprendizaje del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo. Por todo ello, no podemos atender tu pretensión. Un saludo.


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