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Contrato y permanencia

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

I. P.

A: VODAFONE ESPAÑA

14/07/2026

VODAFONE me ofreció un móvil Samsung por 36 € que acepté adquirir con pago único mediante contrato telefónico, insistiendo que no suponía Permanencia alguna. Mi sorpresa es que aparece financiado en 24 cuotas de 1,5€ y lo que es más grave una permanencia de 2 años (de abril 2026 a abril 2028) con penalización fuerte si cambio de operador en este periodo. La conversación -contrato está grabado, pueden comprobar nuestra insistencia en que no suponía permanencia y aun así nos han engañado en el contrato. El contrato inicial con precios fijos (Fibra, TV Vodafone y 4 líneas de móvil) está sufriendo subidas no solicitadas debido a IPC, nueva cuota Netflix, etc.

Mensajes (1)

VODAFONE ESPAÑA

A: I. P.

14/07/2026

Estimado Sr. Perez Gracias por ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de Vodafone. En respuesta a su escrito, en la que manifiesta su disconformidad con las condiciones asociadas a la adquisición de un terminal Samsung, al considerar que se le informó de que el dispositivo tendría un pago único de 36 € y que no implicaría compromiso de permanencia. Asimismo, muestra su desacuerdo con los incrementos aplicados a su factura por la actualización del IPC y por la suscripción de Netflix. En primer lugar, lamentamos las molestias que esta situación le haya podido ocasionar. Tras realizar una nueva revisión de su expediente y analizar la grabación de voz correspondiente a la contratación, hemos comprobado que durante el proceso comercial se informa expresamente de que el terminal Samsung se adquiere mediante la modalidad de venta aplazada, con una cuota de 1,50 € al mes durante 24 meses, asociada a la línea 605760621. Asimismo, consta que el terminal lleva asociado un compromiso de permanencia en el servicio de 24 meses, circunstancia que también se comunica durante la contratación. Del mismo modo, verificamos que la aceptación de dichas condiciones se formalizó mediante el correspondiente mensaje de confirmación enviado por Vodafone, trámite imprescindible para la gestión y envío del pedido. Por tanto, de acuerdo con la información obrante en nuestros sistemas y con el contenido de la grabación revisada, no consta que el terminal fuese contratado bajo la modalidad de pago único ni que se hubiera informado de la inexistencia de compromiso de permanencia. Respecto a los incrementos que indica haber observado en su factura, le informamos de que la actualización anual de precios se encuentra contemplada en las Condiciones Generales de Contratación, concretamente en el apartado 2.2 Actualización de precios, donde se esce que Vodafone podrá actualizar las tarifas aplicando el Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual promedio correspondiente, informando de ello con la antelación prevista a través de los canales habituales de comunicación. Asimismo, dicha cláusula esce que la actualización de tarifas no constituye una modificación contractual que genere el derecho a resolver anticipadamente los compromisos de permanencia vigentes sin asumir, en su caso, los cargos asociados. Por otro lado, en relación con el incremento de precio de la suscripción de Netflix, le informamos de que se trata de una actualización aplicada por la propia plataforma Netflix a sus diferentes modalidades de suscripción y no de una modificación unilateral realizada por Vodafone. En concreto, desde el 1 de junio de 2026 se aplican las siguientes variaciones: Netflix Estándar con anuncios: incremento de 2 €. Netflix Estándar: incremento de 1 €. Netflix Premium: incremento de 2 €. Dicha actualización se refleja en factura conforme a la modalidad contratada y a las condiciones de integración del servicio en los paquetes convergentes correspondientes. Asimismo, le recordamos que dispone de la posibilidad de gestionar su suscripción a Netflix en cualquier momento, pudiendo solicitar la baja del servicio o modificar el plan contratado, de acuerdo con las condiciones vigentes. Por todo lo expuesto, y tras revisar nuevamente las alegaciones trasladadas, debemos concluir que las condiciones correspondientes a la financiación del terminal, el compromiso de permanencia asociado, las actualizaciones derivadas del IPC y la variación de precios de Netflix fueron debidamente contempladas en la contratación y en las condiciones aplicables a los servicios contratados. En consecuencia, no procede realizar modificación alguna sobre las condiciones actualmente vigentes ni efectuar regularización económica por los conceptos reclamados. Lamentamos que esta resolución no resulte acorde con sus expectativas y agradecemos el tiempo dedicado a trasladarnos sus observaciones. Le adjuntamos los contratos, grabacion de voz para su estudio. Ponemos a su disposición nuestro Servicio de Atención al Cliente, 22123, (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222123 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es particular o, 22122 (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222122 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es empresa. El horario de atención es de lunes a domingo de 09:00 a 22:00H. En caso de que detecte una avería en relación a la velocidad de internet o cualquier servicio póngase en contacto con nosotros en el 22123/ 912222123 o en Mi Vodafone, en la sección de Averías. Para más información visite nuestra sección de ayuda en vodafone.es/ayuda o encuéntrenos en las redes sociales: Facebook, Instagram y YouTube Un saludo Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Confidencialidad Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España, S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error, se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo, siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma


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