Estimados/as señores/as:
Me pongo en contacto con ustedes porque HE SIDO ENGAÑADA al hacer contrato con ustedes para el servicio de LUZ.
El pasado mes de mayo de 2024, una empleada suya nos intercepta desde su stand, sito en Centro Comercial PonteVella (Ourense), para que hagamos portabilidad de LUZ a REPSOL. Nos comenta las condiciones generales, precios, etc, y le pregunto EN VARIAS OCASIONES si el contrato tiene PERMANENCIA, porque es uno de los requisitos que yo tengo como indispensables para aceptar un servicio (mi requisito obviamente es que NO tenga permanencia), a lo cual la empleada llamada NADIA me asegura en todas las ocasiones que se lo pregunto que NO, que no hay permanencia de ningún tipo.
Teniendo en cuenta esto, y que las demás condiciones me parecen aceptables, procedo a aceptar la oferta e iniciar la portabilidad.
Mi sorpresa llega cuando revisando la última factura recibida leo que "este contrato está sujeto a penalización por cancelación anticipada de contrato".
Procedo a llamar a atención al cliente para confirmar si tengo o no permanencia y me confirman que SÍ, que hay permanencia de 1 año y si se cancela antes hay una penalización.
Le digo a la persona que me atiende que la empleada con la que contraté me dijo lo contrario, siendo preguntada directamente sobre esta cuestión, y que considero que he sido engañada.
Me toman unos datos y me dicen que recogen mi queja, con nº 50265477205.
SOLICITO me retiren la penalización por cancelación anticipada, al haber sido engañada por su empleada para realizar este contrato.
Sin otro particular, atentamente.