Contraté los servicios de su empresa de seguridad a través de dos de sus comerciales tras una visita directa en mi negocio. Despues presentarme sus productos y exponiendo yo mis necesidades, ya que son dos negocios de temporada de verano, me confirman que la instalación de las alarmas no contrae compromiso de permanencia alguna y que lo harían solo para las temporadas de verano. Sin ningún tipo de problema ni penalización por la baja de los servicios. De lo cual dispongo de comunicaciones personales, entre las partes, que lo demuestran. Incluso en las llamadas grabadas por ustedes, se probaría que son dichos comerciales los que solicitan, llegada la fecha de cierre del negocio, la baja sin coste alguno. Según se detalla en sus centralitas telefónicas, todas las conversaciones estarían grabadas, así que podríamos comprobar donde fuese necesario las personas que gestionan la baja de los servicios, que son vuestros mismos comerciales.
A fecha de hoy aún siguen solicitándome el pago por la penalización de no haber mantenido el contrato activo durante un año. Lo que dejé muy claro desde el primer momento. Así, presento mi hoja de reclamaciones adjunta en la oficina de Securitas en Roquetas de Mar.
Detallo seguidamente en apartados mi solicitud.
1. Que con independencia del contrato de adhesión fraudulentamente inducido a firma, las condiciones ofrecidas del servicio incluían la suspensión del portal de mismo por falta de actividad y la no permanencia.
2. Que la reclamante tiene en su poder comunicaciones realizadas de manera personal por personal comercial de la empresa indicando expresamente tal posibilidad así como la realización de gestiones en pro de dichos compromisos trasladados con carácter previo a la suscripción del contrato.
3. Que dichos compromisos fueron decisivos para la suscripción del contrato, que de contrario no habría tenido lugar.
4. Que esta parte interrumpe con esta reclamación el plazo prescriptivo para cualquier acción legal que me corresponda incluidas la de devolución del importe indebidamente cobrado ( 113,26 más intereses) así como la de reclamación de daños y perjuicios que serán ejercitados de inmediato