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Condicionamiento indemnización

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

S. F.

A: NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES

21/12/2021

Tuvo un siniestro relativo a este número de póliza 07347985. El fontanero que vino a la vivienda tuvo que romper dos azulejos del baño y techo del salón en bajantes del baño.Me han peritado sobre 900 euros la reparación en caso de indemnización. He solicitado la indemnización para repararlo yo con un familiar el zocalo del baño.Me han indicado desde la seguradora que no es posible ya que tengo que presentar factura del profesional y fotografías de la reparación.Entiendo que incumple claramente el precepto establecido en el artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro, donde el asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo. Y además, y en cualquier supuesto, el asegurador deberá efectuar, dentro de los cuarenta días, a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas, la Ley no exige al asegurado ni al perjudicado la aportación de facturas ni fotografías ni nada por el estilo al asegurador para pagar el siniestro. Si el usuario ha acreditado el daño con pruebas fehacientes o, con el contenido de la póliza en caso de no tener pruebas más eficaces, el asegurador debe pagar.

Mensajes (1)

NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES

A: S. F.

11/01/2022

1-3582420440-1Muy Señores Nuestros:En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES, y la orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras, se ha recibido en este Servicio de Atención de Reclamaciones su escrito en el que expresa disconformidad sobre solicitud de acreditación de trabajos estéticos, durante tramitación de siniestro N.º 82780876.Tratamos un expediente en curso, para el cual, ha sido necesaria la apertura de alicatado a fin de localizar avería.Les participamos que a fin de realizar el tapado correspondiente, Perito autorizó indemnización de daños estéticos una vez presentada la documentación acreditativa del trabajo efectuado, tal y como estipula el Condicionado General, apartado que transcribimos para su comodidad:“Los Daños Estéticos que sufran las partes interiores de la vivienda y que comporten un menoscabo visible en la armonía o coherencia estética existente antes del siniestro. En todo caso, esta garantía queda limitada a la estancia afectada por el siniestro, con exclusión de todo elemento perteneciente al mobiliario, así como de cualquier aparato o elemento sanitario y sus accesorios, lunas, cristales, espejos, murales o cualquier otro material decorativo con valor artístico. La recomposición estética de los bienes asegurados se realizará utilizando materiales de características similares a los originales. El límite máximo por siniestro para esta garantía es de 1.500 euros, y su aplicación comporta necesariamente la realización de dicha recomposición.”Una vez evaluada la solicitud de nuestro Cliente, D. Sergio Ferrer López, respecto a recibir indemnización de 900€ en calidad de daños estéticos, sin necesidad de presentar facturas y/o fotos justificando haber llevado a cabo la labor, debemos aclarar que se trata de un requisito para el cometido.No obstante, tenemos constancia que a día de hoy, nuestro Cliente ha contactado con el Área de Siniestros, confirmando haber localizado material de similares características al alicatado necesario para tapar la cala.Por ellos les informamos que dicho Departamento contactará en las próximas horas con nuestro Asegurado, activando servicio de albañilería con objeto de llevar a cabo la labor.Siniestros queda a su entera disposición hasta que finalice el proceso, para solventar cualquier duda que pueda surgirle.Por lo expuesto, entendemos que este Servicio ha atendido su reclamación.Atentamente,Servicio de Atención de ReclamacionesNATIONALE-NEDERLANDEN GENERALESCompañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E.De: abogados@ocu.org >Enviado el: martes, 21 de diciembre de 2021 10:50nale-Nederlanden >Asunto: Reclamación: Condicionamiento indemnización - (CPTES01422858-62)Awareness warning: This email is from an external source, extra caution needed on links/attachments.


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