Comunicación de falta de conformidad grave y resolución del contrato de compraventa
Naturaleza del problema:
DesistimientoTu reclamación
G. P.
A: OCASIÓN PLUS
Estimados Srs.: me dirijo a ustedes en relación con el contrato de compraventa formalizado el pasado 21 de noviembre de 2024 para la adquisición del vehículo marca MAZDA, modelo CX-5 2.2 DE STYLE+NAVI 2WD, matrícula 8149JMW y número de bastidor JMZKEF91600489468, por un importe de 12.800,00 €. HECHOS 1. Suspensión de la garantía legal y reparación previa: En fecha 9 de octubre de 2025 deposité el vehículo en sus instalaciones para subsanar una avería grave que requirió la sustitución completa del motor. Dicha intervención finalizó el 12 de febrero de 2026 (factura #2026/SM/000111). De acuerdo con la Estipulación Sexta del contrato y el art. 122 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), el cómputo de la garantía legal quedó en suspenso durante los más de 4 meses que el vehículo permaneció inmovilizado en el taller, por lo que la garantía legal se encuentra plenamente vigente. 2. Persistencia y reaparición de la falta de conformidad: Tras la entrega del vehículo posterior a la sustitución del motor, he comenzado a percibir una pérdida notable de fuerza y potencia al cambiar de marcha. Adicionalmente, se ha activado en el cuadro de mandos, en rojo y de forma parpadeante, el testigo luminoso de temperatura / sobrecalentamiento del motor, obligando a inmovilizar inmediatamente el vehículo para evitar daños catastróficos. 3. Reparación infructuosa e inconveniente grave: Tratándose de una avería grave que persiste o reaparece tras haber sustituido el motor en sus propios talleres, se evidencia que la reparación efectuada ha resultado infructuosa y que someter el vehículo a nuevos intentos de reparación causaría un perjuicio e inconveniente insostenible para esta parte. Se adjunta como Anexo I informe de diagnóstico telemático OBD2 que verifica la gravedad de los fallos. FUNDAMENTOS DE DERECHO • • Estipulaciones Sexta y Novena del Contrato de Compraventa: Se contempla expresamente que, si la reparación no resulta satisfactoria o genera inconvenientes al comprador, este tiene derecho a optar por la resolución del contrato con la restitución de las prestaciones. Artículos 117, 119 y 121 del RDL 1/2007 (TRLGDCU): Garantizan al consumidor el derecho a resolver el contrato cuando la medida de reparación no haya servido para poner el bien en conformidad. POR TODO ELLO, LES SOLICITO Y REQUIERO: 1. Que tengan por notificada formalmente la RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA del vehículo Mazda CX-5 (matrícula 8149JMW). 2. Que en el plazo máximo de 7 DÍAS HÁBILES desde la recepción de la presente comunicación, me indiquen el procedimiento y lugar para proceder a la entrega de las llaves y del vehículo. 3. Que procedan al reembolso íntegro de la cantidad abonada en su día (12.800,00 €) mediante transferencia bancaria. Les informo de que el vehículo se encuentra debidamente estacionado e inmovilizado para no agravar la avería. De no recibir una respuesta favorable en el plazo indicado, me veré en la obligación de iniciar las acciones legales, judiciales y administrativas que correspondan en defensa de mis derechos como consumidor. VEHÍCULO: Mazda CX-5 2.2 DE Style+Navi 2WD | Matrícula: 8149JMW | Bastidor: JMZKEF91600489468 | FECHA DE LECTURA: Agosto de 2026 | MÉTODO: Diagnóstico de Centralita mediante Escáner Telemático OBD2 (ECU) El presente anexo recoge los datos extraídos de la centralita electrónica (ECU) del vehículo tras la sustitución del motor efectuada por el taller oficial de Ocasión Plus (factura #2026/SM/000111). Las lecturas han sido obtenidas con el vehículo inmovilizado y el contacto activado (motor parado) para evitar un colapso térmico o mecánico. VALORES ANOMALOS REGISTRADOS EN LA CENTRALITA PARÁMETRO DIAGNOSTICADO VALOR LECTURA ESTADO / DIAGNÓSTICO TÉCNICO Temperatura del refrigerante 2 Delta de presión DPF B1 135,00 °C 655,2 kPa CRÍTICO Registro de temperatura extrema en circuito secundario con motor en frío (Sensor 1 a 24 °C). Detona el parpadeo del testigo rojo. Temp. aire de admisión (B1, S1) Temp. de escape B1S4-40,00 °C ANOMALÍA Lectura al límite de saturación/bloqueo en el sistema de filtro de partículas. Causa directa de la pérdida notable de potencia. FALLO SENSOR Valor por defecto de ECU indicativo de sensor desconectado, cortocircuitado o defectuoso tras montaje.-40,00 °C FALLO SENSOR Valor por defecto por interrupción de señal en los sensores de temperatura de gases de escape. CONCLUSIONES DEL DIAGNÓSTICO 1. Incompatibilidad de funcionamiento: Las lecturas contradictorias entre los sensores de temperatura y los valores fijos en-40,00 °C evidencian una instalación defectuosa de los periféricos, cableado o sensores durante la sustitución del motor. 2. Avería persistente e infructuosa: La saturación del delta de presión del DPF y la alerta de sobrecalentamiento confirman objetivamente que la sustitución del motor finalizada el 12 de febrero de 2026 no resolvió la falta de conformidad del vehículo. 3. Justificación de inmovilización: Atendiendo al valor de 135 °C registrado por la ECU, el vehículo debe permanecer estrictamente inmovilizado para prevenir daños catastróficos, fundamentando el requerimiento de resolución contractual y devolución del importe. Esto se ha notificado en un burofax recibido el 18 de Agosto en la siguiente dirección: Avda. Juan Carlos I, Nº 36 28400 Collado Villalba (Madrid)
Mensajes (5)
OCASIÓN PLUS
A: G. P.
Doña Guadalupe Pérez Seijas En relación con su reclamación mediante la cual solicita la resolución del contrato del vehículo Mazda CX-5 2.2 DE Style+Navi 2WD 110 kW (150 CV), matrícula 8149JMW, deseamos poner de manifiesto que esta mercantil ha actuado en todo momento con la máxima diligencia, transparencia y buena fe contractual, gestionando y tramitando su solicitud a través de nuestros departamentos técnicos hasta ejecutar la oportuna reparación del motor en febrero de 2026. Desde la finalización y entrega del vehículo en dicha fecha, esta mercantil no ha tenido constancia ni recepción de evidencia alguna sobre la supuesta pérdida de potencia o anomalía telemática que ahora señala, habiendo transcurrido más de seis meses de uso ininterrumpido sin que se nos haya notificado incidencia alguna ni se haya depositado el automóvil en nuestros talleres para su verificación. No obstante lo anterior, y con el firme compromiso de ofrecer la máxima fiabilidad y una solución rigurosa a nuestra cliente, ésta mercantil, en coordinación con el Departamento de Garantías, ha acordado la reapertura de la revisión del expediente y solicita formalmente a la cliente que ponga el vehículo a disposición en nuestras instalaciones de Santiago de Compostela para someter el automóvil a una peritación técnica integral. Dicho examen pericial en taller resulta absolutamente indispensable para comprobar de manera fehaciente el estado real de los parámetros de la centralita, determinar el origen exacto de la falla manifestada y emitir la correspondiente resolución y veredicto definitivo sobre el caso. Le pedimos nuestras más sinceras disculpas por las molestias ocasionadas y quedamos a su entera disposición para cualquier información adicional. Atentamente, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Esta parte NO acepta resolver el conflicto por medio de arbitraje o medio alternativo. En caso de que el reclamante no colabore/facilite información necesaria , si no se subsanara en el plazo de 10 dias hábiles, OCASION PLUS podrá, previo aviso, archivar la reclamación. Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social El jue, 20 ago 2026 a las 2:45, reclamar@ocu.org escribió:
G. P.
A: OCASIÓN PLUS
En relación con la respuesta emitida por Ocasionplus, deseo manifestar mi absoluta disconformidad y aclarar los siguientes puntos que demuestran la falta de veracidad y la constante actitud obstructiva de esta mercantil: El vehículo YA fue entregado y se encuentra en sus instalaciones: El vehículo Mazda CX-5 (8149JMW) ingresó en sus instalaciones de Santiago de Compostela hace semanas precisamente para llevar a cabo dicha revisión. Obstrucción al peritaje de parte e incumplimiento de compromisos: Tras acordar la revisión técnica, solicité formalmente una franja horaria para que mi perito independiente pudiera acudir el pasado viernes 4 de septiembre y realizar una inspección conjunta. Ocasionplus ignoró de manera reiterada mis peticiones, impidiendo deliberadamente el acceso de mi técnico a sus dependencias. Ocultación del informe de peritaje: Me consta que la peritación técnica por parte de su taller finalizó el pasado viernes 4 de septiembre. A pesar de haber transcurrido varios días hábiles y de haber exigido por escrito la entrega inmediata de dicho documento, el Departamento de Atención al Cliente se limita a dar evasivas indicando que "Garantías aún no se lo ha remitido", reteniendo indebidamente la información técnica de mi propio vehículo. Falta de resolución y rechazo a la mediación: Ocasionplus pretende proyectar una imagen de "máxima transparencia y diligencia" en este portal público, mientras en la práctica mantiene mi coche bloqueado, no emite el veredicto de la garantía, oculta el informe de peritaje, impide la inspección de mi perito y rechaza expresamente someterse al Arbitraje de Consumo para evitar una resolución imparcial. Por todo ello, EXIJO públicamente a Ocasionplus que: Remita de forma inmediata a mi correo electrónico la copia íntegra del informe de peritaje finalizado el pasado viernes 4. Confirme por escrito la resolución definitiva del Departamento de Garantías sobre la cobertura y reparación de la avería. De no recibir una solución inmediata y la documentación solicitada, daré por agotada definitivamente esta vía y se procederá a ejercitar las acciones legales oportunas ante los Tribunales Ordinarios, haciendo valer esta publicación y los correos ignorados como prueba de su clara mala praxis y falta de cooperación.
OCASIÓN PLUS
A: G. P.
Estimada Doña Guadalupe Pérez Seijas, En relación con su reclamación, nos ponemos en contacto con usted para dar oportuna respuesta a sus manifestaciones y poner en su conocimiento el estado exacto en el que se encuentra el expediente de su vehículo Mazda CX-5, con matrícula 8149JMW. En primer lugar, deseamos trasladar nuestras más sinceras disculpas por las demoras o molestias que la tramitación técnica de este expediente le haya podido ocasionar. En ningún caso su expediente ha sido archivado o ignorado; la gestión de estas incidencias conlleva una tramitación interna coordinada entre los Departamentos de Garantías y Postventa, los cuales deben emitir las correspondientes órdenes de trabajo que quedan sujetas a agendas, procesos de evaluación y fechas de asignación técnica que lamenmente requieren de un tiempo de procesamiento para garantizar una valoración adecuada. A este respecto, le recordamos que tras la intervención realizada en el motor con fecha 18 de noviembre de 2025, el vehículo reingresó a nuestros talleres el pasado 25 de agosto de 2026 tras ser notificada una nueva incidencia por sobrecalentamiento, procediéndose de inmediato por parte del Departamento de Garantías a generar la orden de verificación e inspección pericial oportuna. En fecha 15 de septiembre de 2026 se llevó a cabo la inspección presencial por parte del perito asignado al caso, constatándose en las comprobaciones preliminares la presencia de sobrepresión en el circuito de refrigeración del motor. Tal como se refleja en el dictamen del técnico pericial, para poder determinar de manera fehaciente el origen exacto de la avería, valorar la cobertura de la garantía y emitir un veredicto o resultado final del caso, resulta del todo imprescindible realizar la previa diagnosis y el posterior desmontaje de la culata y la junta de culata del motor. Por ello, y dando cumplimiento a su petición de transparencia, adjuntamos a la presente comunicación copia del informe pericial emitido hasta el momento, donde figuran las verificaciones realizadas y la indicación expresa de quedar a la espera de su preceptiva autorización para proceder con los citados trabajos de desmontaje técnico en el taller. Agradeciendo de antemano su colaboración para poder autorizar la intervención requerida por la entidad pericial y finalizar el procedimiento, quedamos a su entera disposición para cualquier consulta o aclaración adicional que precise. Atentamente, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Esta parte NO acepta resolver el conflicto por medio de arbitraje o medio alternativo. En caso de que el reclamante no colabore/facilite información necesaria , si no se subsanara en el plazo de 10 dias hábiles, OCASION PLUS podrá, previo aviso, archivar la reclamación. Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social El mié, 16 sept 2026 a las 10:00, reclamar@ocu.org escribió:
G. P.
A: OCASIÓN PLUS
A la vista de la comunicación emitida por Ocasionplus y tras examinar el informe pericial elaborado por la firma Mobius (Grupo Saretec), manifiesto lo siguiente: Confirmación de avería grave e imputable: El propio informe técnico de su perito confirma la presencia de sobrepresión en el circuito de refrigeración y la expulsión súbita de líquido refrigerante, advirtiendo de un fallo estructural grave en culata, junta de culata o bloque motor. Esto corrobora que la sustitución de motor realizada en sus talleres en noviembre de 2025 no fue satisfactoria. Acreditación de la dilación injustificada: El dictamen pericial revela que la inspección no se realizó hasta el 15 de septiembre de 2026, demostrando que Ocasionplus retuvo el vehículo en sus dependencias desde el 25 de agosto e ignoró deliberadamente mis reiteradas peticiones del pasado 4 de septiembre para permitir el acceso de mi perito de parte. Falta de trazabilidad y transparencia: El propio informe pericial refleja que el responsable del taller de Ocasionplus no facilitó al perito la Orden de Reparación (O.R.) ni la documentación que acredite si el motor montado en noviembre era nuevo o reacondicionado. Condiciones para la autorización de desmontaje: Para autorizar el desmontaje de culata requerido por el perito, EXIJO que se cumplan de inmediato las siguientes garantías: Que se fije fecha y hora exacta para que mi perito de parte pueda presenciar el proceso de desmontaje de la culata en sus instalaciones de Santiago de Compostela. Que Ocasionplus asuma formalmente que los costes del desmontaje y diagnóstico técnico no me serán imputados bajo ningún concepto, al estar el motor en periodo de garantía legal. Si en el plazo de 24 horas no facilitan la convocatoria para la inspección presencial de mi perito durante el desmontaje, entenderé que rechazan la presencia de un técnico independiente, dando por agotada la vía de mediación e iniciando la correspondiente demanda judicial por resolución de contrato y resarcimiento de daños.
OCASIÓN PLUS
A: G. P.
Estimada Sra. Guadalupe Pérez: Nos dirigimos a usted en relación con su reciente comunicación para informarle detalladamente sobre el estado de la gestión de su vehículo. En primer lugar, le confirmamos que ya se han emitido las correspondientes Órdenes de Trabajo para dar curso al procedimiento técnico. Con el objetivo de garantizar la mejor atención e intervención especializada, el desmontaje de la culata se llevará a cabo en nuestro centro de Oviedo. Para proceder con dicho procedimiento, hemos gestionado la logística del transporte con el servicio de grúa. Según las previsiones del proveedor del servicio de asistencia, el vehículo será trasladado e ingresado en las instalaciones de Oviedo el próximo viernes, momento en el cual se iniciará la segunda fase de los trabajos programados. A la llegada del automóvil al taller, el equipo técnico determinará la fecha exacta en la que se habilitará el espacio para la revisión de la culata. Tan pronto como dispongamos de dicho calendario, se lo comunicaremos inmediatamente para que su perito de parte pueda coordinar su asistencia y pueda permanecer en nuestras instalaciones durante el proceso de manera presencial, tal como ha solicitado. Aprovechamos la ocasión para reiterarle nuestras sinceras disculpas por las demoras ocasionadas. Queremos aclararle que la fijación de las fechas no solo depende de nuestros protocolos internos, sino también de la disponibilidad operativa y los tiempos de respuesta de nuestros colaboradores externos (servicios de grúa y logística). Por ello, le solicitamos un margen adicional de tiempo que nos permita culminar con el proceso de peritaje y diagnóstico técnico con la rigurosidad, garantías y transparencia que el caso requiere. Agradecemos de antemano su paciencia y comprensión. Atentamente, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Esta parte NO acepta resolver el conflicto por medio de arbitraje o medio alternativo. En caso de que el reclamante no colabore/facilite información necesaria , si no se subsanara en el plazo de 10 dias hábiles, OCASION PLUS podrá, previo aviso, archivar la reclamación. Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social El mié, 16 sept 2026 a las 14:01, reclamar@ocu.org escribió:
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