Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA al de SANTANDER con escala en TENERIFE NORTE (NT141), que tenía su salida a las 14:00 horas del día 23 de diciembre de 2024 y que debia de llegar a las 14:30 y posteriormente a las 15:00 enlazaria con el vuelo a santander (NT5482) que llegaria a las 19:00 horas.
El vuelo con destino tenerife por una averia despegó a las 15:15 horas y llego a las 15:45, por lo que no se pudo coger el vuelo en conexion a santander, habiendo despegado el avion sin espera a pesar de ser la misma compañia BINTER CANARIAS, dado esto, llegue a santander el dia 24 de diciembre a las 9:15.
El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea