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COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR GASTOS ORIGINADOS POR EL RETRASO DE 7 HORAS DE UN VUELO DE EASYJET

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Retraso en el vuelo

Tu reclamación

N. G.

A: EASYJET

27/08/2025

Estimados/as señores/as: Somos tres miembros de una familia que teníamos contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [MADEIRA FUNCHAL...] al de [.LISBOA..], que tenía su salida a las [14,05...] horas del día [26...] del mes de [AGOSTO..] de [2025...] por lo que la llegada normal a [LISBOA...] debería haber tenido lugar a las [15,50...] horas del día [26 DE AGOSTO 2025...]. Sin embargo, el vuelo EJU7626 de Easyjet salió con un retraso de más de 7 horas, tal cómo se aprecia en la fotografía y vídeo del panel de vuelos del aeropuerto de Funchal que adjuntamos. Teníamos otro vuelo que nos llevaba desde Lisboa a Madrid en Ryannair cuya salida estaba prevista a las 19,10 horas, viaje que perdimos por este retraso de siete horas ya que llegamos a Lisboa sobre las 23,00 horas. Adjuntamos los siguientes documentos: TARJETAS DE EMBARQUE DE LOS TRES MIEMBROS DE LA FAMILIA EN EL VUELO DE EASYJET EJU7626, TARJETAS DE EMBARQUE DE LOS TRES MIEMBROS DE LA FAMILIA DEL VUELO FR9743 DE RYANNAIR QUE PERDIMOS POR LA DEMORA, FACTURA TAXI DEL AEROPUERTO AL HOTEL TIVOLI DE LISBOA, FACTURA DE UNA NOCHE EN DICHO HOTEL (PRÓXIMO A LA ESTACIÓN ORIENTE DE LISBOA) Y TRES BILLETES DE AUTOBÚS ALSA, MEDIO DE TRANSPORTE POR EL QUE VOLVIMOS A MADRID EN UN VIAJE QUE TARDÓ OCHO HORAS. El vuelo sufrió un retraso de más de siete horas en la llegada. Asimismo, tuvimos que pagar los gastos de los cuales adjuntamos tarjetas de embarque y facturas. Por todo ello, SOLICITAMOS la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

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Asistencia solicitada 04 septiembre 2025

OCU

A: N. G.

04/09/2025
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