Tu reclamación
D. B.
A: Dormity. Sueños Logística SL
Materiales defectuosos que se desintegran y una atención al cliente vergonzosa. Me sabe muy mal tener que poner esta reseña, pero la respuesta de la empresa ante un problema de calidad flagrante ha sido pésima. Compramos un colchón de la gama alta de Dormity (el modelo Sport Fit, que costó más de 1.000 €). A nivel de comodidad el colchón es bueno, pero los materiales exteriores son de una calidad pésima para ese precio. El material gris de la platabanda lateral se está desintegrando y pulverizando por completo. Literalmente se deshace como si fuera polvorón. Todos los días tenemos que estar barriendo y recogiendo trozos de plástico negro del suelo, de las sábanas y quitándonoslo de las piernas. No puedes ni hacer la cama sin que se caiga a pedazos. Es un verdadero asco y una falta de higiene. Lo peor de todo ha sido el servicio de atención al cliente. Tras enviarles vídeos donde se ve claramente que el material se cae a trozos con solo rozarlo con un dedo, su única respuesta es que "es del desgaste y del roce habitual de subir y bajar de la cama". Es alucinante. He tenido colchones de 200 € que han durado años intactos y aquí, en un colchón de mil euros, pretenden hacerme creer que es normal que el tejido se convierta en polvo porque "la gente se sienta en la cama". No admiten que es un defecto de fabricación o una degradación química de un material sintético defectuoso. Se lavan las manos por completo en lugar de ofrecer una solución comercial o una alternativa para un cliente que confió en su marca y se gastó un dineral. Por mi parte, Dormity nunca más. Si pagas un precio premium, esperas materiales premium y una atención al cliente a la altura, no que se rían de ti diciendo que la culpa de que el colchón se deshaga es tuya por usarlo. Adjunto fotos. Reclamo la sustitución del colchón o como mínimo la funda o la plantabanda
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Dormity. Sueños Logística SL
A: D. B.
Asunto:Respuesta a la reclamación de la OCU - 15168870 DEL CLIENTE VIBORA LOPEZ LAURA Estimado/a mediador/a de la OCU, Nos dirigimos a ustedes en relación a la reclamación presentada por el cliente en referencia a la compra de un colchón modelo Sport Fit en el año 2017, Fecha exacta de la compra 18/7/2017 Desde el departamento de Atención al Cliente de nuestra compañía, deseamos manifestar nuestro máximo respeto por las valoraciones de nuestros usuarios, motivo por el cual el caso ya fue debidamente analizado y respondido a través de nuestros canales oficiales directos. Tras revisar nuevamente los detalles aportados, nos vemos en la obligación de reiterar nuestra postura técnica y contractual por las siguientes razones: Temporalidad de la garantía comercial:El producto fue adquirido en el año 2017. Conforme a las condiciones de compra aceptadas en el momento de la adquisición, la garantía específica para este tipo de materiales textiles exteriores cubre los primeros 6 meses frente a defectos originarios de fabricación. Vida útil y desgaste:En el momento actual, el producto cuenta con un periodo de uso de aproximadamente 9 años. El desgaste, la fricción diaria acumulada a lo largo de casi una década y los factores ambientales externos (como la humedad, la ventilación o los productos de limpieza utilizados) inciden directamente en la degradación natural de los componentes sintéticos y textiles, no tratándose en ningún caso de un defecto de fabricación oculto. Trato y atención recibida:Lamentamos que el cliente perciba la respuesta como insatisfactoria. No obstante, nuestro equipo técnico evaluó el material audiovisual proporcionado y determinó de manera objetiva que el estado actual responde a la vida útil y al uso continuado del producto, descartando una tara de origen tras tantos años desde su comercialización. Por todo lo anterior, al haber expirado ampliamente cualquier plazo de garantía legal y comercial aplicable al producto, la empresa no puede proceder a la sustitución gratuita del colchón, de la funda ni de la platabanda. Quedamos a su entera disposición para cualquier aclaración adicional que consideren oportuna. Atentamente,
D. B.
A: Dormity. Sueños Logística SL
Estimado/a mediador/a de la OCU y departamento de Atención al Cliente de Dormity: Escribo esta réplica para rebatir los argumentos técnicos presentados por la empresa, los cuales carecen de lógica física y no se corresponden con el estado real del producto. 1. Desmontando el argumento del "roce y uso continuado": La empresa insiste de forma genérica en que la desintegración de la platabanda se debe a la "fricción diaria por subir y bajar". Sin embargo, omiten deliberadamente un dato fundamental que se puede comprobar en las pruebas gráficas: el colchón se encuentra ubicado entre dos paredes. Las zonas laterales que están completamente pegadas a la pared (donde es físicamente imposible que exista fricción, paso, ni contacto con el cuerpo humano al subir o bajar) presentan exactamente la misma desintegración, pulverización y desprendimiento del material. Esto demuestra de manera inequívoca que no es un problema de "uso o roce", sino una degradación química espontánea (hidrólisis) de un material sintético de pésima calidad, que se cae a pedazos por sí solo. 2. Temporalidad y reclamaciones previas: La empresa alega que el colchón tiene 9 años de uso para justificar que el estado actual es "natural". Queremos dejar constancia ante la OCU de que llevamos más años presentando quejas y reclamaciones a la empresa por este mismo motivo, cuando el colchón tenía un periodo de vida útil perfectamente estándar. La respuesta de Dormity siempre ha sido la evasión sistemática mediante respuestas automáticas. Un colchón de alta gama de 1.015,00 € no se compra para que a los pocos años su exterior se convierta en un residuo plástico antihigiénico que mancha la ropa de cama y las piernas de los usuarios. 3. Falta de soluciones comerciales: Entendemos los plazos de las garantías legales, pero la mediación de la OCU existe precisamente para buscar soluciones justas cuando hay una falta de calidad flagrante en un producto premium. Que la respuesta de una marca que presume de calidad sea que "es normal que un colchón de 1.000 € se deshaga como un polvorón y suelte polvo negro" es inaceptable. Por todo ello, solicitamos a la empresa que abandone la postura de evasión y ofrezca una solución justa y comercial: bien el envío de una funda/platabanda de sustitución para subsanar este problema de higiene, o bien una compensación comercial/descuento de fidelidad significativo para la reposición del producto. Atentamente, DAVID
Dormity. Sueños Logística SL
A: D. B.
Nos dirigimos a ustedes en respuesta al último escrito presentado por el cliente, con el objetivo de fijar de manera definitiva la postura de nuestra compañía respecto a la reclamación interpuesta sobre un colchón adquirido hace 9 años. 1. Expiración de la Garantía Legal y Comercial El motivo principal por el cual no es posible acceder a la sustitución, reparación o compensación económica del producto es la extrapolación absoluta de los plazos legales. Según la normativa vigente aplicable a la fecha de compra, los productos de consumo disponían de un periodo de garantía legal de 2 años (actualmente ampliado a 3 años para compras recientes). El producto objeto de esta reclamación triplica el periodo de garantía legalmente exigible a cualquier fabricante. Superado este plazo por un margen tan amplio (9 años de uso continuado), la vida útil del producto se encuentra en su fase final, por lo que cualquier alteración en sus componentes no puede ser considerada un defecto de origen o de fabricación. 2. Consideraciones Técnicas sobre el Desgaste Sin entrar a debatir las hipótesis físico-químicas planteadas por el cliente, señalamos que un periodo de 9 años expone a cualquier material sintético, textil o viscoelástico a factores ambientales inevis dentro de un hogar: humedad ambiental, variaciones de temperatura, sudoración natural y falta de aireación(especialmente si el producto se encuentra encajonado entre dos paredes, lo que limita la transpiración lateral del colchón). La combinación de estos factores ambientales a lo largo de casi una década produce una degradación natural de los polímeros (envejecimiento del material), la cual es completamente ajena a la calidad inicial del producto y se considera un desgaste por uso y paso del tiempo. Los manuales de mantenimiento e higiene del descanso, avalados por las asociaciones del sector, recomiendan la sustitución integral del colchón a los 10 años por motivos de pérdida de propiedades e higiene. 3. Conclusión y Cierre de la Mediación Lamentamos que el cliente considere insatisfactoria nuestra postura, pero por criterios de equidad comercial y estricto cumplimiento de la ley, Dormity no puede hacerse cargo de la degradación de materiales en productos que han sido utilizados durante 9 años. Las garantías cubren defectos de fabricación, no el envejecimiento natural del producto derivado del fin de su ciclo de vida útil. Por todo lo expuesto, solicitamos a la OCU el cierre de la presente vía de mediación sin acuerdo, al no existir base legal ni contractual que sustente la petición del reclamante. Como ya se le informó al cliente, con el correo por el que se puso en contacto con nosotros nunca ha habido correos por su parte a dormity con ninguna reclamación, igual que el titular del pedido va a nombre de LAURA VIBORA LOPEZ como hemos indicado anteriormente. Reciba un cordial saludo.
D. B.
A: Dormity. Sueños Logística SL
Estimado/a mediador/a de la OCU: Ante el último escrito de Dormity, presento mis conclusiones finales aportando pruebas documentales que demuestran las contradicciones y la falta de veracidad en las alegaciones de la empresa: 1. Desmentido absoluto sobre la falta de reclamaciones previas (Prueba Adjunta): La empresa afirma textualmente en su escrito que "nunca ha habido correos por su parte a Dormity con ninguna reclamación". Adjunto a esta réplica el archivo 1000204096.jpg (captura de pantalla de mi gestor de correo), donde se demuestra que el 22/09/2025 ya se envió un correo electrónico formal a su dirección de atencioncliente exponiendo el caso. Asimismo, reitero que nos personamos físicamente en dos ocasiones en la tienda de Dormity Esplugues en años anteriores para reportar el problema, recibiendo largas por respuesta. Su afirmación de que "no constan quejas" es rotundamente falsa. 2. Contradicciones técnicas aleatorias: Es inadmisible el cambio constante de criterio técnico de la empresa para eludir su responsabilidad: En su primer escrito afirmaron que el defecto se debía al "roce o fricción continuada por el uso diario (subir y bajar)". Al demostrarles que en las zonas pegadas a la pared (donde no hay roce) el material se desintegra exactamente igual, cambian su argumento y alegan que es por "falta de aireación por estar encajonado". Esto evidencia que la empresa busca excusas improvisadas sobre la marcha. La realidad física es innegable: el material sintético de la platabanda sufre un defecto de degradación prematura (hidrólisis), convirtiéndose en un residuo negro pulverizado que se desprende solo. 3. Sobre la titularidad del pedido: La empresa alega que el pedido está a nombre de doña LAURA VIBORA (mi pareja y conviviente), dato que ya conocen porque consta en la propia factura aportada desde el inicio de la reclamación. Este hecho no invalida en absoluto la existencia de un producto defectuoso e higiénicamente insostenible en nuestro hogar. Conclusión: Somos plenamente conscientes de los plazos de la garantía legal, pero acudimos a la mediación de la OCU denunciando una falta de calidad flagrante e higiénicamente intolerable en un producto que costó 1.015,00 €. No es ético que una marca premium comercialice materiales que se deshacen manchando la ropa y el cuerpo de los usuarios antes de finalizar su ciclo de vida útil. Ante la nula voluntad de la empresa de ofrecer un mínimo gesto comercial o una solución (como una funda protectora integral de sustitución), dejamos el caso en manos del criterio de la OCU para que conste en el registro de mediaciones la nula flexibilidad y las falsedades alegadas por la marca. Atentamente, DAVID BUENO
Dormity. Sueños Logística SL
A: D. B.
Asunto:Contestación a las conclusiones del reclamante y solicitud de cierre Referencia:Expediente de reclamación de Don David Bueno Reclamado:SUEÑOS LOGÍSTICA S.L. (DORMITY) Por la presente, nos dirigimos a ese servicio de mediación en relación al último escrito de conclusiones aportado por Don David Bueno, con el propósito de fijar nuestra postura definitiva y solicitar el archivo del expediente. 1. Respecto a las comunicaciones previas y titularidad En primer lugar, aclaramos que la aparente falta de constancia de reclamaciones previas en nuestros sistemas automatizados se debió a una discrepancia en la titularidad de la compra, figurando el pedido a nombre de Doña Laura Víbora y no del firmante de la reclamación. Una vez aclarado este extremo, tomamos nota de la documentación aportada por el cliente. No obstante, constatamos que la primera comunicación formal vía correo electrónico, tras revisar en nuestro sistema, a la que hace referencia el reclamante tiene fecha de 22 de septiembre de 2025, un plazo que resulta determinante para la resolución de este caso, como se expone a continuación. 2. Respecto a los plazos de la Garantía Legal El motivo principal por el cual esta empresa no puede estimar la pretensión económica o de sustitución gratuita del cliente es el estricto cumplimiento de los plazos legales de garantía: El producto objeto de la reclamación fue adquirido por un importe de 1.015,00 € en una fecha muy anterior al cómputo de la reclamación actual. Conforme al Real Decreto Legislativo 1/2007 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, los plazos para manifestar y reclamar la falta de conformidad de un producto han sido ampliamente superados en el momento de la primera reclamación escrita (septiembre de 2025). La ley esce un marco temporal preciso para proteger la seguridad jurídica de ambas partes. Transcurrido dicho plazo legal, la empresa no está jurídicamente obligada a asumir los costes de reparación, sustitución o reembolso de un artículo que ha estado expuesto a un uso y desgaste prolongado a lo largo de los años. 3. Respecto a la valoración técnica del desgaste Lamentamos que las explicaciones técnicas ofrecidas hayan resultado confusas para el cliente. La degradación de los materiales sintéticos o el desprendimiento de partículas en zonas de tapicería (platabanda) tras años de adquisición prolongada responde a factores ambientales combinados, tales como las condiciones de humedad, la falta de ventilación en espacios reducidos o el propio envejecimiento natural de los componentes, fenómenos que se acentúan fuera del periodo de garantía y que entran dentro del ciclo de vida y desgaste ordinario del producto. Conclusión y Cierre del Expediente Dada la disparidad de criterios y, fundamentalmente, debido a que el producto se encuentra fuera de cualquier cobertura de garantía legal vigente, esta mercantil no puede acceder a las peticiones solicitadas por el reclamante. Por todo ello, entendiendo que la vía de la mediación amistosa ha alcanzado su término sin posibilidad de acuerdo, solicitamos formalmente a la OCU que proceda al cierre definitivo del expediente. Agradecemos la gestión y la atención prestada por los mediadores de este organismo. Atentamente,
D. B.
A: Dormity. Sueños Logística SL
Estimado/a mediador/a de la OCU: Ante el escrito de cierre presentado por SUEÑOS LOGÍSTICA S.L. (DORMITY), expongo mis conclusiones finales para que consten en el expediente antes de proceder al archivo del mismo por falta de acuerdo: 1. Admisión del error por parte de la empresa: Agradezco que la empresa haya tenido que rectificar en su último escrito y admitir que sí existían reclamaciones previas por correo electrónico, tras haber acusado a esta parte falsamente de no haber contactado nunca con ellos. Su "discrepancia en los sistemas" no era más que una falta de rigor a la hora de comprobar los datos de una misma unidad familiar. 2. Abuso de los plazos legales frente a un defecto oculto de calidad: Esta parte es plenamente consciente de los plazos que dicta el Real Decreto Legislativo 1/2007. Sin embargo, reiteramos que la mediación de consumo existe también para valorar las buenas prácticas comerciales. Consideramos una práctica comercial abusiva que una marca que vende productos "premium" a precios superiores a los 1.000 € se escude en el vencimiento de la garantía legal para no asumir que han fabricado un colchón con materiales que sufren una degradación química espontánea (hidrólisis). El desprendimiento constante de partículas y el hecho de que el lateral se pulverice solo (incluso en las zonas pegadas a la pared, donde ahora achacan el defecto a una ridícula "falta de ventilación") convierte al colchón en un producto antihigiénico e insalubre. Los materiales de un colchón de este precio deben estar preparados para resistir las condiciones ambientales normales de una vivienda sin desintegrarse. 3. Solicitud de cierre: Ante la total y absoluta falta de sensibilidad comercial de Dormity, que se niega a ofrecer el más mínimo gesto (como habría sido facilitar una simple funda protectora de sustitución para paliar el problema de higiene), solicitamos a la OCU que proceda al cierre del expediente sin acuerdo. Queremos que conste en los registros de este organismo la nula flexibilidad de la mercantil y su rechazo a dar una solución a un problema provocado por la pésima calidad de sus componentes. Esta resolución será debidamente difundida en las plataformas de reseñas públicas para advertir a futuros compradores sobre la nula respuesta postventa de la marca. Agradecemos profundamente la labor y el tiempo dedicado por el mediador de la OCU en este proceso. Atentamente, DAVID BUENO
Dormity. Sueños Logística SL
A: D. B.
Buenas tardes: 0110761 En respuesta a su reclamación y tal como le hemos indicado en nuestras anteriores comunicaciones, lamentamos que las explicaciones técnicas facilitadas no hayan resultado suficientemente aclaratorias. No obstante, debemos reiterar que la degradación de materiales sintéticos o el desprendimiento de partículas en elementos de tapicería, como la platabanda, tras un período prolongado de uso, no constituye un defecto de fabricación. Este tipo de deterioro es consecuencia del desgaste normal derivado del uso continuado del producto, así como de la fricción y el roce a los que se ve sometido durante su vida útil. Asimismo, una vez transcurrido el plazo de cobertura específico previsto para este tipo de incidencias, la garantía queda limitada exclusivamente a defectos de fabricación. Tras el análisis de la documentación gráfica aportada, no se aprecia la existencia de ningún defecto impu al proceso de fabricación o a los materiales empleados, sino signos compatibles con el desgaste propio del uso. Por todo lo anterior, lamentamos informarle de que, en este caso, no procede la sustitución ni el cambio del producto al no encontrarse la incidencia cubierta por las condiciones de garantía aplicables. Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
D. B.
A: Dormity. Sueños Logística SL
Estimado/a mediador/a de la OCU: Por mi parte doy por finalizado este proceso de mediación. Como se puede comprobar, la empresa ha vuelto a enviar un correo que es un "copia y pega" exacto de sus anteriores respuestas, ignorando por completo las pruebas, los argumentos sobre la zona de la pared y las contradicciones que ellos mismos cometieron. Es evidente que no hay nadie al otro lado analizando el caso de forma humana u objetiva, sino un sistema automatizado diseñado para eludir responsabilidades mediante el desgaste del consumidor. No voy a perder ni un segundo más debatiendo con una plantilla de texto. Ruego al mediador de la OCU que proceda al archivo y cierre inmediato de este expediente SIN ACUERDO, dejando constancia de la absoluta cerrazón y las malas prácticas comerciales de SUEÑOS LOGÍSTICA S.L. (DORMITY). Nos encargaremos personalmente de que esta vergonzosa experiencia y el estado real de sus materiales queden reflejados públicamente en todas las plataformas de reseñas posibles para alertar a otros consumidores. Muchas gracias por su labor de mediación. Atentamente, DAVID BUENO
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