Muy buenas:
Me pongo en contacto con vosotros para actualizar y sintetizar mi reclamación frente a FLEXICAR, relativa al vehículo Citroën C4 SpaceTourer 1.5 BlueHDi, adquirido en febrero de 2026, debido a los graves problemas de funcionamiento y a los prolongados periodos de inmovilización que ha sufrido desde su adquisición.
Desde la entrega del vehículo, la situación ha sido la siguiente:
Primera entrada en garantía: el vehículo permaneció en el servicio de garantía de FLEXICAR desde el 16 de febrero hasta el 15 de mayo de 2026, un total de 88 días.
Durante este periodo se realizaron intervenciones relacionadas, entre otras cuestiones, con un inyector y una tubería del sistema de urea/AdBlue, además de llevarse a cabo en el Servicio Oficial Citroën la campaña relacionada con el árbol de levas.
Durante esta primera reparación permanecí 59 días sin vehículo de sustitución, y posteriormente únicamente dispuse de uno durante 15 días.
Poco después de recuperar el vehículo, durante un viaje hacia León/Galicia, volvió a aparecer un grave fallo del sistema anticontaminación, con el aviso de “arranque imposible en 1.100 km”. Tuve que acudir a un taller para realizar una diagnosis que me permitiera continuar el viaje, abonando personalmente dicho servicio.
Durante ese breve periodo de utilización también detecté otros defectos: vibración de la parte delantera al frenar, mal funcionamiento del limpiaparabrisas/lavaparabrisas trasero y deterioro del plástico del retrovisor interior.
Segunda entrada en garantía
El vehículo volvió a entrar en el servicio de garantía de FLEXICAR el 2 de julio de 2026.
Posteriormente permaneció en el Servicio Oficial Citroën del 10 al 25 de julio, donde se realizó la diagnosis. Según la información facilitada por FLEXICAR, el diagnóstico apuntaba a una avería en el catalizador, con un presupuesto aproximado de 2.150 €.
FLEXICAR decidió no realizar la reparación en el Servicio Oficial debido a su coste y trasladó posteriormente el vehículo a un taller asociado.
Además, durante la gestión de esta segunda reparación tuve que volver a comunicar personalmente todos los defectos que había detectado, ya que inicialmente únicamente constaba registrado el fallo de motor.
Finalmente, el vehículo me fue devuelto el 1 de septiembre de 2026, tras permanecer nuevamente 61 días inmovilizado.
Por tanto, desde la adquisición he sufrido 149 días de inmovilización del vehículo, correspondientes a 88 días durante la primera reparación y 61 días durante la segunda.
Perjuicios y cantidades abonadas
Durante los periodos en los que el vehículo estuvo inmovilizado continué pagando su financiación.
Se han producido cinco cuotas de 77,27 €, correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, julio y agosto, por un total de:
386,35 € abonados en cuotas de financiación durante periodos en los que no pude disponer del vehículo.
A ello hay que añadir el importe de la diagnosis realizada durante el viaje, cuyo justificante puedo aportar, así como los demás perjuicios y gastos que pueda acreditar.
Considero especialmente relevante que un vehículo adquirido recientemente haya sufrido dos entradas en garantía y 149 días de inmovilización, además de volver a presentar una avería grave poco después de la primera reparación.
Solicitud a OCU
Por todo lo anterior, solicito que OCU valore y, en su caso, reclame a FLEXICAR:
La resolución del contrato de compraventa, con devolución del importe correspondiente y cancelación de la financiación, si jurídicamente resulta procedente atendiendo a la gravedad y reiteración de las averías y a los periodos de inmovilización.
Subsidiariamente, una reducción del precio de compraventa acorde con los defectos, averías y perjuicios sufridos.
El abono de los 386,35 € correspondientes a las cuotas de financiación satisfechas durante los periodos en los que no pude disponer del vehículo.
El reembolso del coste de la diagnosis que tuve que realizar durante el viaje como consecuencia del nuevo fallo anticontaminación.
La correspondiente indemnización por los daños, gastos, molestias y perjuicios ocasionados, teniendo especialmente en cuenta los 149 días de privación de uso.
La ampliación de la garantía por el tiempo durante el cual el vehículo ha permanecido inmovilizado.
Que se tengan en consideración todos los defectos comunicados, incluidos los problemas de vibración al frenar, lavaparabrisas trasero y deterioro del retrovisor interior, y no únicamente las averías relacionadas con el sistema anticontaminación.
Mi intención es que toda esta situación quede incorporada al expediente 14774838 y que OCU valore globalmente la falta de conformidad del vehículo, la reiteración de las averías y, especialmente, la extraordinaria duración de los periodos de inmovilización.
Quedo a vuestra disposición para aportar facturas, justificantes de las cuotas, documentación de las reparaciones, fotografías y cualquier otra documentación que sea necesaria