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Cobros sin pre-aviso

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Tu reclamación

R. M.

A: VODAFONE ESPAÑA

08/10/2026

Buenas, contraté un servicio de tv, DAZN, internet y movil con Vodafone. Mencionan que son 69 euros para siempre. Pues en un año suben la cuenta y alegan que es la subida del IPC (no decias quera ese dinero para toda la vida?). (Primer "engaño"). Despues a los meses cuando quise darme de baja del servicio de internet tv y Dazn (por que me mudaba de domicilio y en el nuevo me pagan el internet) estando a día 22 del mes (y pasando los recibos los dias 9) me dicen que me tendrán que cobrar el importe integro hasta el dia 9 del mes siguiente. A lo que les digo, que no me importa que solo quiero no tener problemas y que toda la baja (salvo la linea de movil) queria que se hiciese efectiva sin problemas. Me dicen que no hay problemas. Pues cual es mi sorpresa al ver la factura de 86 euros y pico. Al llamar para preguntar cual es el motivo de lejos de cobrarme el importe integro me cobran 17 euros mas...pues cual es mi sorpresa al decirme que la linea movil y la de internet y su tv van por un lado y el DAZN va por otro. Que el Dazn pasa "su factura" los dias 20 de cada mes y como habia dado de baja el dia 22, tenian que cobrarme el mes en curso y habia pasado 2 dias y entonces tendrian que cobrarme el mes siguiente. Que!!!?? una locura. Nadie me dijo que los "cobros" eran independientes, nadie dice al consumidor que eso va así y la empresa acaba sacando tajada por errores que tienen ellos y al final pagamos los clientes. Lejos de todo esto y de protestar y que ellos dicen que tienen la razon porque sí...al mes siguiente decido cambiar la cuenta bancaria a otro banco para tener todos los gastos en el mismo. Pues cometí algun error y al pasarme la factura el dia 9 (habiendo pagado durante 14 o 15 meses sin un fallo) no pudieron cobrarlo. Cuando me percaté a la semana siguiente o 9 dias...entre en la pagina y el que suscribe, de forma manual cambia la cuenta bancaria esta vez sin errores y paga la factura "adeudada". Pues cual ha sido mi sorpresa que me han cobrado 20 euros mas de recargo por "devolución de factura" sin haber hecho ellos nada mas. Siendo yo el que se percata y el que corrige el error. Nadie dice al consumidor que si una factura se devuelve (aunque sea por error y un mes, repito por error y sin ningún fallo en el pago durante todo el servicio) te van a cobrar 20 euros de recargo. Consecuentemente me siento engañado como consumidor. Me gustaría que dijesen la verdad y que no te cobren por errores suyos o por errores del cliente pero corrige a la mayor brevedad. Al final me han sangrado casi 40 euros. Me siento frustrado/engañado. Solicitaría o se multase a la empresa por la forma de proceder o en su caso me devuelvan los importes que se cobraron 1. Sin aviso de que los cobros eran independientes cuando tu contratas un pack de todo a la vez. 2. Que avisen de que por cualquier motivo se devuelva una factura te cobran 20 euros aunque sea 1 vez en "30 años" o por error involuntario al cambiar de cuenta bancaria. A ver si podemos hacer que estas empresas acaben mirando mas por el cliente y menos por su propio dinero. Haciendo que el cliente pague siempre de más, ya sea con "IPC" (porque entonces no digas que es ese precio para toda la vida), al contratar servicios que sin comunicarselo al cliente sean "2 cobros independientes" (segun dicen ellos). O cobrando 20 euros por un error que el mismo cliente solventa.

Mensajes (1)

VODAFONE ESPAÑA

A: R. M.

08/10/2026

Estimado Sr. Montes, Gracias por ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de Vodafone. En respuesta a su consulta, respecto a la discrepancia manifestada sobre el incremento de la cuota inicialmente ofertada, Vodafone indica que la oferta contratada el 13 de marzo de 2025 incluía una cuota mensual resultante de 65,01 euros, una vez aplicados los descuentos comerciales vigentes. La operadora manifiesta que la posterior actualización de precios no constituye una modificación unilateral de las condiciones del contrato, sino la aplicación de un mecanismo de revisión expresamente previsto en el mismo. En este sentido, señala que en la factura YI25-015607239, emitida el 1 de diciembre de 2025, se comunicó con la antelación requerida la actualización de tarifas aplicable a partir del 8 de enero de 2026, informando asimismo de que dicha revisión incorporaba la actualización vinculada al Índice de Precios al Consumo prevista contractualmente. A tal efecto, Vodafone invoca la cláusula 2.2 de sus Condiciones Generales, cuyo tenor literal dispone: 2.2. Actualización de precios. En el primer trimestre de cada año natural se procederá a la actualización de las tarifas de los Servicios aplicando a la tarifa el Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual promedio del mes de octubre del año inmediatamente anterior a la actualización y que se corresponde con el periodo comprendido entre el mes de octubre del año precedente y el mes de septiembre del año inmediatamente anterior a la actualización. Vodafone procederá a la actualización de la tarifa en el primer trimestre natural de cada año con independencia de la fecha de alta de los Servicios. Por motivos comerciales, de transparencia y sencillez, el precio resultante de la actualización será redondeado a la baja si fuera posible, para que el nuevo precio resultante (IVA incluido) sea un número cuyo segundo decimal sea 0 o 9. Vodafone informará al Cliente del detalle de la tarifa actualizada con un mes de antelación a su efectiva aplicación a través de la factura mensual, por correo electrónico, notificación en Mi Vodafone y/o por sms. La información acerca de la actualización de tarifas también estará disponible en la Web de Vodafone. El procedimiento de actualización de tarifa no constituye una modificación de las condiciones del Contrato, por lo que su aplicación no confiere u otorga el derecho al Cliente a rescindir o resolver el Contrato anticipadamente sin asumir la penalización asociada a los compromisos contractuales, como cargos de permanencia, que pudieran estar vigente. Asimismo, en relación con la facturación del servicio DAZN tras la solicitud de baja, Vodafone sostiene que dicho servicio se gestiona mediante un ciclo de renovación propio e independiente del resto de servicios convergentes contratados. Según la documentación aportada, el servicio fue activado el 20 de marzo de 2025 y su renovación se producía el día 20 de cada mes. La compañía afirma que la solicitud de baja fue registrada el 28 de julio de 2026, cuando ya se había iniciado un nuevo periodo de facturación, por lo que entiende procedente el cobro íntegro de la cuota correspondiente al ciclo comprendido hasta el 20 de agosto de 2026. En este sentido, la operadora manifiesta expresamente que: La solicitud de baja se realizó el 28/07/2026, es decir, una vez iniciado el nuevo periodo de facturación. Por este motivo, la cuota correspondiente a ese ciclo se mantiene completa y no procede hacer un prorrateo de ello, debido a que es una suscripción de contenido tercero y se genera el cobro del mes completo, ya que hasta esa fecha (20/08) tendrá acceso a los contenidos. La renovación, al estar dado de baja, no se hará nuevamente, no obstante, el cobro ejecutado es correcto. Por otra parte, respecto al cargo aplicado como consecuencia de la devolución de un recibo, Vodafone fundamenta su actuación en la cláusula 2.5 de las Condiciones Generales del contrato, relativa al incumplimiento de la obligación de pago. Con base en dicha estipulación contractual, considera procedente repercutir al cliente los costes derivados de las actuaciones de recobro originadas por el impago o devolución de una factura. La cláusula invocada esce literalmente lo siguiente: En el caso de que se produzca el impago por parte del Cliente, Vodafone repercutirá al Cliente los costes ocasionados por este incumplimiento y que se corresponden con los derivados de las acciones de recobro que lleva a cabo Vodafone y que suponen un coste hasta de veinte (20) euros por cada factura impagada, sin perjuicio de otras acciones que pueda llevar a cabo como (i) la ejecución de depósitos, fianzas o demás garantías existentes o (ii) la inclusión de los datos del Cliente en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito. Si el importe de la factura es inferior a diez (10) euros o se trata del primer impago en un periodo de 24 meses, dicho cargo no se repercutirá al Cliente. Cuando Vodafone tenga constancia de que un Cliente ha abonado la deuda, rescerá el Servicio en un plazo de un (1) día laborable desde que exista tal constancia. El Cliente abonará a Vodafone una cantidad por los costes asociados al rescimiento del Servicio de diez con ochenta y nueve (10,89) euros salvo que el pago se haya realizado dentro de las primeras cuarenta y ocho (48) horas desde que se produce la suspensión donde la reactivación no tendrá coste para el Cliente. Por cuanto antecede, Vodafone mantiene que tanto la actualización de tarifas, como la facturación del servicio DAZN y la aplicación del cargo derivado de la devolución del recibo, encuentran cobertura en las condiciones contractuales aceptadas por el cliente y, en consecuencia, considera correctas las actuaciones objeto de reclamación, sin reconocer incumplimiento alguno ni estimar procedente la devolución de las cantidades reclamadas. Se adjunta a este escrito el contrato y la factura de diciembre de 2025 para su estudio. Un saludo Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Confidencialidad Ponemos a su disposición nuestro Servicio de Atención al Cliente, 22123, (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222123 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es particular o, 22122 (si llama desde su móvil Vodafone) ó 912222122 (si llama desde un móvil no Vodafone) si es empresa. El horario de atención es de lunes a domingo de 09:00 a 22:00H. En caso de que detecte una avería en relación a la velocidad de internet o cualquier servicio póngase en contacto con nosotros en el 22123/ 912222123 o en Mi Vodafone, en la sección de Averías. Para más información visite nuestra sección de ayuda en vodafone.es/ayuda o encuéntrenos en las redes sociales: Facebook, Instagram y YouTube Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. 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