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Cobros no autorizados PRIVICOMPRAS

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R. D.

A: Privilegios En Compras (Privicompras)

14/06/2026

Son las 12:00. Lamento el inconveniente. A continuación, presento el texto íntegro y formal adaptado, sustituyendo ese término por "ilícita" para mantener el rigor jurídico sin emplear palabras que puedan resultar problemáticas en el formulario. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS HECHOS Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RECLAMACIÓN I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES RECLAMANTE: Regla María Díaz Racero, con DNI correspondiente, en calidad de persona consumidora y usuaria de acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre. RECLAMADA: PRIVICOMPRAS (denominación comercial operada habitualmente por la mercantil WLY*PRIVICOMPRAS o sociedades filiales dedicadas al comercio electrónico y clubes de compras con cobro revertido). II. RELACIÓN DE LOS HECHOS PRIMERO.- Con fecha 14 de junio de 2026, tras proceder a una revisión pormenorizada de los extractos y movimientos bancarios de mi cuenta corriente de la entidad imaginBank, he detectado la existencia de una serie de cargos mensuales fijos, correlativos e ininterrumpidos por un importe idéntico de 18,00 euros cada uno de ellos, emitidos bajo el concepto comercial "Privicompras.es". SEGUNDO.- La cronología exacta de los adeudos indebidos verificados y cargados en mi cuenta bancaria asciende a un total de SIETE (7) mensualidades, desglosadas detalladamente a continuación: Cargo con fecha de liquidación 13/06/2026 por importe de: -18,00 € Cargo con fecha de liquidación 08/05/2026 por importe de: -18,00 € Cargo con fecha de liquidación 08/04/2026 por importe de: -18,00 € Cargo con fecha de liquidación 08/03/2026 por importe de: -18,00 € Cargo con fecha de liquidación 08/02/2026 por importe de: -18,00 € Cargo con fecha de liquidación 08/01/2026 por importe de: -18,00 € Cargo con fecha de liquidación 08/12/2025 por importe de: -18,00 € El sumatorio total de los importes detraídos de forma inconsentida por la empresa reclamada hasta la fecha de interposición de este escrito asciende exactamente a 126,00 euros. TERCERO.- En ningún momento a lo largo del periodo citado he procedido a la contratación voluntaria, consciente ni explícita de ningún servicio de suscripción, membresía, club de descuentos o programa de fidelización asociado a la entidad Privicompras.es. No existe correspondencia electrónica, ni firma digital, ni confirmación mediante doble factor de autenticación que acredite que esta parte haya manifestado una voluntad inequívoca de obligarse contractualmente con la reclamada a cambio de una contraprestación económica de carácter periódico. CUARTO.- El origen de esta suscripción ilícita e inconsentida radica de manera inequívoca en la aplicación de los denominados "patrones de diseño engañosos" (dark patterns) o técnicas de confusión comercial transaccional. La inclusión de esta suscripción se ejecuta habitualmente de forma accesoria, camuflada o premarcada durante el proceso de finalización de una compra principal efectuada en comercios online de terceros ajenos, redirigiendo al usuario mediante ofertas engañosas de "reembolso", "descuento" o "regalo" que ocultan de forma deliberada el perfeccionamiento de un contrato de suscripción de tracto sucesivo y de pago mensual. III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS PRIMERO. AUSENCIA DE CONSENTIMIENTO EXPRESO COMO REQUISITO ESENCIAL DEL CONTRATO. Conforme al artículo 1261 del Código Civil, no existe contrato sino cuando concurren los requisitos de consentimiento de los contratantes, objeto cierto y causa de la obligación. Al carecer la empresa reclamada de una manifestación de voluntad expresa, libre e informada por mi parte, el vínculo contractual pretendido es radicalmente nulo por inexistencia de su elemento esencial, lo que obliga a la restitución recíproca de las cosas que hubiesen sido materia del contrato, con sus frutos, y del precio con los intereses, conforme al artículo 1303 del Código Civil. SEGUNDO. VULNERACIÓN DE LAS OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN PREVIA EN CONTRATACIÓN A DISTANCIA. El artículo 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, impone al empresario la obligación legal de facilitar de forma clara, comprensible y explícita toda la información relevante sobre las condiciones económicas del contrato antes de que el consumidor quede vinculado. La ocultación de la cuota mensual de 18,00 euros tras un proceso de compra ajeno constituye un incumplimiento directo de esta obligación. Asimismo, el artículo 98.2 de la citada norma establece que el empresario debe velar por que el consumidor, al efectuar un pedido, confirme deliberadamente que es consciente de que este implica una obligación de pago, sancionando con la no vinculación del consumidor si no se cumple este extremo. TERCERO. PRÁCTICAS COMERCIALES ENGAÑOSAS Y DESLEALES. La metodología empleada para la captación e inserción de cobros mensuales vulnera el artículo 5 y el artículo 7 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, al contener información falsa u omitir datos fundamentales que inducen a error al consumidor, alterando su comportamiento económico. La falta de transparencia respecto al carácter recurrente del cargo y la simulación de un beneficio gratuito constituyen un supuesto tipificado de práctica comercial agresiva y engañosa frente a los consumidores. IV. PETICIÓN Y PRETENSIONES Por todo lo expuesto, e instando la mediación de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ante la entidad mercantil responsable, solicito formalmente que se traslade a la reclamada el cumplimiento estricto de los siguientes requerimientos: BAJA Y CANCELACIÓN INMEDIATA: La rescisión total y definitiva de cualquier expediente, cuenta, perfil de usuario o suscripción vinculada a mis datos de identidad, número de tarjeta o cuenta bancaria en los registros de Privicompras.es. REEMBOLSO ÍNTEGRO DE LO COBRADO: La devolución inmediata y directa a mi cuenta de origen de la cantidad total acumulada de 126,00 euros, correspondientes al reintegro de las siete cuotas mensuales de 18,00 euros indebidamente cobradas entre los meses de diciembre de 2025 y junio de 2026. SUPRESIÓN DE DATOS: El borrado absoluto de todos mis datos de carácter personal de sus sistemas de tratamiento de información, en cumplimiento de los derechos de supresión y oposición derivados de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal. Como medio de prueba instrumental que fundamenta la veracidad de la presente reclamación, adjunto a este formulario la captura de pantalla con el extracto oficial de movimientos bancarios donde constan de manera inequívoca las operaciones y las fechas de los cargos denunciados. En Chipiona, a 14 de junio de 2026.


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