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Cobro por equipaje de mano

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Tu reclamación

A. B.

A: VOLOTEA

29/07/2023

Hola,Hace poco volamos mi pareja y yo desde Málaga a Bilbao en el vuelo V73513 con reserva Q64DNS.En ambos billetes se nos contó un total de 38.00€, que reclamamos, por facturar equipaje de mano que puede ir perfectamente en cabina.Esta práctica, cobrar por el equipaje de mano, es abusiva e incumple la Ley de Navegación Aérea, donde se establece que el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo.Sólo contempla como excepciones razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave, cosa que no incumplimos.De igual forma, el artículo 82 Del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que sea aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge como cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjucio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato, así como aquellas que limiten los derechos del consumidor y usuario, determinen la falta de reciprocidad en el contrato y resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato, entre otras.Es por todo esto que reclamamos el reembolso de los 38.00€ cobrados por Volotea.Un saludo.

Mensajes (2)

A. B.

A: VOLOTEA

27/08/2023

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A. B.

A: VOLOTEA

27/08/2023

Hola, dado que han pasado 30 días sin respuesta por su parte, les vuelvo a insistir en la petición original: hace poco volamos mi pareja y yo desde Málaga a Bilbao en el vuelo V73513 con reserva Q64DNS. En ambos billetes se nos contó un total de 38.00€, que reclamamos, por facturar equipaje de mano que puede ir perfectamente en cabina. Esta práctica, cobrar por el equipaje de mano, es abusiva e incumple la Ley de Navegación Aérea, donde se establece que "el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo". Sólo contempla como excepciones "razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave", cosa que no incumplimos. De igual forma, el artículo 82 Del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que sea aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, recoge como cláusulas abusivas todas aquellas "estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que causen, en perjucio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y las partes que se deriven del contrato", así como aquellas que "limiten los derechos del consumidor y usuario", "determinen la falta de reciprocidad en el contrato" y "resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato", entre otras. Es por todo esto que reclamamos el reembolso de los 38.00€ cobrados por Volotea. Un saludo.


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