Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico suscrito con su compañía, En la factura, de la que adjunto copia, aparece el concepto cese anticipado y no parece posible ya que en el momento de contratación con ustedes se aseguró en reiteradas ocasiones por su parte que no existe ningún tipo de permanencia ni penalización por cambiar de comercializadora de electricidad.En las condiciones particulares del contrato aparece un párrafo en condiciones generales la solicitud de contrato de suministro de gas y electricidad BT.11 compromiso.de vigencia. Ahí mencionan que la rescisión unilateral del presente contrato por el cliente antes del inicio de la primera prórroga, cuando ello cause daños al comercializador, originará una penalización a favor este que se fija en el 5% del precio del contrato por la energía estimada pendiente de suministroSolicito: adopten las medidas oportunas para que se proceda a las verificaciones necesarias a fin de corregir dicho cobro con la devolución de lo cobrado indebidamente puesto que considero que no se ha perjudicado en ningún modo a la comercializadora por solicitar el cambio a otra compañía que ofrece mejores condiciones y también SIN PERMANENCIA NI PENALIZACIÓN. Además existe en la solicitud el hecho grabado en contratación telefónica de que se vendió este servicio como sin permanencia ni penalización por cambio de comercializadora.Sin otro particular, espero la devolución del importe incluyendo el IVA asociado repercutido en la factura, atentamente.