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Cobro indebido

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

I. G.

A: GoStudent

22/08/2026

Soy usuario de una empresa de clases online y dispongo de una suscripción mensual al servicio. Antes del periodo de verano, contacté con la empresa para gestionar la **pausa temporal de mi suscripción durante los meses de verano**, con la intención de retomarla al comenzar el nuevo curso escolar. En el marco de dicha gestión, mantuve **dos llamadas telefónicas con la empresa en las que solicité expresamente que mi suscripción quedase pausada**, y se me confirmó que así se realizaría. Posteriormente, en otra comunicación telefónica con la empresa, se me informó de que las llamadas realizadas con el servicio son grabadas. Por este motivo, considero que las conversaciones anteriores pueden ser comprobadas por la propia empresa para verificar el acuerdo alcanzado sobre la suspensión temporal de mi suscripción. A pesar de ello, la empresa realizó un **cargo de 160,39 € correspondiente al mes de agosto**, alegando posteriormente que dicho cargo se produjo debido a que la configuración inicial de la suscripción no había sido modificada. Ante esta situación, intenté ponerme en contacto con el servicio de soporte para solucionar el problema y aclarar el cobro. Realicé **tres intentos de contacto diferentes**, que se encuentran acreditados mediante capturas de pantalla que adjunto a esta reclamación. En los tres casos, mis mensajes fueron vistos por el servicio de soporte, pero no recibí ninguna respuesta ni atención. Considero especialmente relevante este hecho, ya que, al no recibir respuesta por parte de la empresa, **no tuve ninguna oportunidad efectiva de solucionar la incidencia antes de que se produjera el cobro ni de revisar o modificar el acuerdo alcanzado previamente**. Posteriormente, la empresa me comunicó que, si quería cancelar definitivamente la suscripción, debía abonar tanto los **160,39 € correspondientes al mes de agosto como una tasa de salida de 240,58 €**, ascendiendo el importe total a 400,97 €. He manifestado a la empresa mi disconformidad con el cobro de agosto, ya que considero que dicho importe no debería ser exigible al haberse acordado previamente la suspensión temporal de la suscripción durante el verano. Estoy dispuesto a abonar la tasa de cancelación de **240,58 €**, siempre que corresponda conforme a las condiciones contractuales. Sin embargo, no estoy dispuesto a pagar los **160,39 € correspondientes al mes de agosto**, ya que considero que dicho cargo es improcedente al haberse acordado previamente la suspensión de la suscripción durante ese periodo. Solicito que se revise la actuación de la empresa y que se inste a la misma a **anular el cobro correspondiente al mes de agosto de 160,39 €**, respetando el acuerdo previamente alcanzado sobre la suspensión temporal de la suscripción. Asimismo, solicito que, en caso de ser necesario para resolver la reclamación, la empresa revise las grabaciones de las llamadas en las que se acordó la pausa de la suscripción y tenga en consideración la información posterior que me proporcionó sobre la grabación de las llamadas, así como las pruebas que aporto sobre mis intentos de contactar con el servicio de soporte. Mi intención en todo momento ha sido resolver esta situación de forma amistosa directamente con la empresa. Estoy dispuesto a pagar la tasa de cancelación que corresponda, pero no el importe correspondiente al mes de agosto, cuyo cobro considero contrario al acuerdo alcanzado sobre la suspensión temporal de la suscripción. Ante la falta de respuesta del servicio de soporte y la negativa posterior a reconocer dicho acuerdo, me veo obligado a presentar esta reclamación.

Mensajes (1)

GoStudent

A: I. G.

24/08/2026

Estimados señores OCU , En relación con la reclamación presentada por el cliente ILDEFONSO GONZALEZ SOLANA , hemos revisado nuevamente el caso, así como las comunicaciones mantenidas y la información facilitada durante el periodo previo al verano. Tras dicha revisión, consideramos importante aclarar que la información proporcionada al cliente fue correcta y se ofrecieron en todo momento las alternativas disponibles para gestionar su suscripción. En primer lugar, el plan contratado contempla un único mes de pausa gratuita, que fue aplicado durante el mes de julio. Por tanto, agosto no correspondía a un segundo mes de pausa. Tal y como se informó al cliente en las comunicaciones mantenidas, el cargo correspondiente a agosto debía realizarse a finales de dicho mes, manteniendo así la continuidad del servicio. El hecho de que, debido a una incidencia en la configuración automática del sistema, el cargo se procesara antes de la fecha prevista no modifica la obligación de pago correspondiente al periodo contratado. Una vez detectada esta circunstancia, se ofreció expresamente al cliente la posibilidad de realizar el pago a finales de agosto, respetando así la planificación que se le había comunicado. Respecto a los intentos de contacto aportados por el cliente, hemos comprobado igualmente las evidencias facilitadas. En ellas, el cliente intenta localizar a su asesor educativo, mientras que las comunicaciones automáticas le indican el canal específico de Soporte al Estudiante para gestionar incidencias relacionadas con pagos, suscripciones o modificaciones administrativas. Por tanto, no consideramos correcto afirmar que el cliente quedó sin posibilidad de gestionar su situación o que la empresa se negara a atender su solicitud. Asimismo, queremos destacar que durante todo el periodo de contratación se ha mostrado una considerable flexibilidad en la gestión y utilización del programa, ofreciendo alternativas y medidas de pausa orientadas precisamente a facilitar al cliente la continuidad del servicio. Estas medidas responden a una política de atención y calidad comercial y no suponen una modificación de las condiciones contractuales ni generan automáticamente un derecho a una nueva pausa adicional. Entendemos y respetamos que el cliente haya decidido finalizar su suscripción. No obstante, dicha decisión no implica la eliminación de las cantidades correspondientes al periodo contratado. En consecuencia, para proceder a la cancelación solicitada, corresponde abonar 160,39 € correspondientes al periodo de agosto y 240,58 € en concepto de tasa de salida, conforme a las condiciones aplicables. Nuestra voluntad en todo momento ha sido resolver la situación de forma amistosa, y consideramos que se ha actuado con flexibilidad, se ha informado al cliente con antelación suficiente y se le han ofrecido alternativas para facilitar la gestión de su programa. Por ello, no consideramos procedente la anulación del importe correspondiente a agosto, al no existir una confirmación de una segunda pausa gratuita durante dicho mes. Quedamos, no obstante, a disposición para aportar las comunicaciones y documentación disponibles que permitan verificar la información facilitada y la gestión realizada en este caso. Atentamente, Equipo de Atención al Cliente Tu opinión es muy importante para nosotros. Haz clic aquí para evaluar nuestra conversación. Faride Equipo de Soporte WhatsApp: +34 856180115 Chatea con nosotros sábado, 22 de agosto de 2026, 18:45:21 +0200, reclamar@ocu.org:


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