Por cambio de ubicación de cable UTP de una pared a otra del salón para cambiar de sitio el decodificador, se solicita al servicio técnico de ORANGE dicha gestión. El operador informa de un coste de 50 € aproximadamente por la operación.
Los técnicos se presentan en el domicilio y dejan claro al usuario que ellos solo cambian fibra, no cable UTP, recomiendan al usuario que compre un aparato de ampliación de wifi y conecte el decodificador a través de la misma. Dicen que ORANGE no proporciona ese aparato y por tanto, tiene el usuario que comprarlo en tiendas especializadas.
Tras la visita el usuario llama a la compañía, preguntando si le van a cobrar por el traslado de los técnicos al domicilio, el operador le informa al usuario que solo se paga el servicio y no el desplazamiento, y ya que no se ha podido realizar servicio alguno, no se pasará a cobro cargo alguno.
En la factura recibida el 08.07.2026, se cerciora el usuario que existe un cobro por parte de un servicio técnico de ORANGE, al reclamar al operador que no ha sido realizado el servicio, el operador remite un boletín de trabajo al usuario, comentándole que habiendo sido realizado el servicio, este se cobra.
Estudiado el boletín remitido, se percata el usuario que este servicio que se pretende cobrar no ha sido realizado. Además de que las fotos aportadas en el boletín como prueba de realizar el trabajo no corresponden al domicilio del usuario. Nunca tocaron el ROUTER, nunca se solicito que lo comprobaran, nunca lo comprobaron, y nunca se les llamo por problemas de WIFI en el domicilio. Los únicos datos REALES del boletín, son los datos personales y de domicilio del usuario.
Ya que el trabajo expuesto en el boletín, NUNCA se ha realizado en el domicilio del USUARIO, los datos aportados por los técnicos de la gestión realizada NUNCA se han llevado a cabo y por último, las fotos aportadas por los técnicos NO CORRESPONDEN al domicilio del usuario. Se adjuntan fotos del router del domicilio que no corresponde con la foto del boletín de ORANGE y foto del cable de fibra del domicilio que es de color BLANCO mientras que el aportado por el boletín de ORANGE es VERDE.
Ante lo cual, caben dos cuestiones:
PRIMERA.- Que en el servicio técnico se han confundido y han creado un parte inexistente, implicando los datos del usuario, a una gestión de otro domicilio. Siendo este un error a cargo de ORANGE, y por consiguiente, se deba anular el cobro del dinero por el servicio, o bien sea devuelto al cliente.
SEGUNDA.- Que se refuercen en que el boletín es correcto para ORANGE y por lo tanto, sea cobrado el importe. En esta situación, el usuario como parte, considerará de este acto jurídico un presunto delito leve de ......, tipificado en el artículo 249.2, del Código Penal en vigor. Y por consiguiente, se verá obligado a presentar la oportuna denuncia en Comisaría, al tratarse de un presunto delito.
Adjuntado el boletín citado, con las fotos y los datos aportados por la empresa ORANGE. Solicitando además de la cantidad presuntamente ........