HECHOS:
El pasado 01 de noviembre de 2026, la empresa EL PAÍS efectuó un cargo automático en mi tarjeta por importe de 119,89 € en concepto de renovación anual de la suscripción "EL PAÍS DIGITAL".
El mismo día de la transacción, ejercí formalmente por escrito mi derecho de desistimiento y cancelación del servicio recién renovado, solicitando el reembolso íntegro del importe cobrado vía email.
Cabe señalar que:
1. La APP no permite darse de baja, sólo permite darse de alta; se obliga al consumidor a hacerlo vía telefónica.
2. El cobro se realizó sin enviar ningún aviso previo, incumpliendo el deber legal de preaviso mínimo de 15 días establecido en el Art. 97.1.p) del TRLGDCU (reformado por la Ley 10/2025, en vigor desde el 28/12/2025) así como sus propias Condiciones Generales (cláusulas 6.1 y 12.1).
El día 3 de noviembre recibí la negativa a gestionar el reembolso via email. No he hecho uso del servicio digital contratado durante este nuevo período anual objeto del cobro.
Conforme a los artículos 62.3 y 87.6 del TRLGDCU, es nula de pleno derecho toda retención de cantidades por servicios no prestados (12 meses cobrados por adelantado) y no cabe trasladar al consumidor el retraso de la empresa en cumplir la ley.
Solicito la anulación inmediata de la renovación anual cobrada el 02/11/2026 y el reembolso íntegro de los 119,89 € en el mismo medio de pago.