Estimados/as. Sres./as.,
Nos ponemos en contacto con ustedes, a los efectos de atender y contestar a la reclamación formulada por Dña. Yolanda Mbo-Aseme Fernández (caso número 13278451).
Con carácter previo a atender la reclamación en cuestión, creemos conveniente aclarar una serie de aspectos:
I.- Nuestra compañía únicamente se limita a poner a disposición de los usuarios una plataforma de intermediación, mediante la que los mismos pueden ofertar y/o contratar una serie de servicios entre sí. Por tanto, cualquier litigio o conflicto interpretativo relacionado con el negocio celebrado entre los usuarios queda al margen de nuestra mera intermediación.
II.- El servicio de intermediación que presta nuestra entidad se lleva a efecto bajo el estricto cumplimiento de unos términos y condiciones que han sido aceptados expresamente por todos los intervinientes. La actuación de nuestra compañía ha ido en todo momento en consonancia con esos términos y condiciones.
III.- Los usuarios de nuestra plataforma aceptan expresamente mantener a Amovens indemne frente a cualquier reclamación o incidencia que surja como consecuencia de los contratos celebrados.
Una vez manifestado lo anterior, vamos a proceder a analizar la reclamación formulada por la Sra. Mbo-Aseme Fernández. En este sentido, es preciso partir del hecho de que el cargo realizado en la cuenta de la usuaria ha sido consecuencia de la pacífica aplicación de los términos y condiciones que rigen su contrato con la propietaria del vehículo.
En este caso en particular, la propietaria ha acreditado documentalmente la presencia de una serie de manchas en la tapicería del vehículo, y ha reportado su queja el día posterior a la finalización del contrato de alquiler, sin que mediase ningún otro período de alquiler entre medias. De hecho, la propia Sra. Mbo-Aseme Fernández manifiesta en su reclamación el posible origen de las manchas objeto de discusión, reconociendo tácitamente la existencia de las mismas.
En adición a lo anterior, resulta necesario destacar que la Sra. Mbo-Aseme Fernández en ningún momento comunicó a la propietaria del vehículo ni a nuestra compañía la presencia de esas manchas en la tapicería. Cuestión que sin lugar a dudas hubiese anulado la queja del propietario.
Por su parte, indicar que nuestra compañía siempre lleva a cabo un estudio interno antes de aplicar cualquier penalización, de tal forma que se concluya que la misma es procedente teniendo en cuenta, entre otros extremos, el contrato de alquiler, el histórico de los usuarios y de sus vehículos, etc.
Por todo lo expuesto, manifestamos que no podemos aceptar la reclamación formulada por Dña. Yolanda Mbo-Aseme Fernández. Así mismo, indicamos que nuestra compañía no está interesada en someter este asunto a ningún método de resolución de conflictos extrajudicial.
Reciban un cordial saludo,
Bárbara
Customer Care Amovens+34 912 91 63 87ayuda@amovens.comwww.amovens.com
On Mon, Aug 25, 2025 at 2:00 AM,
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