Hola, en el pasado mes de enero me han enviado una factura donde el consumo de dicho mes es de 3979 kw con un importe de 489,82€, llamé a la compañía para pedir explicaciones ya que no veo normal subir en un mes el consumo hasta casi 4000 kw, la única respuesta que recibí por parte de Naturgy es que se trataba de un consumo real, ante esta respuesta me dispuse a comprobar todas las facturas anteriores y para mi sorpresa me habían estado cobrando un consumo estimado desde septiembre de 2020. Algo que según el Real Decreto 1718/2012, de 28 de diciembre, es ilegal:Artículo 3. Lectura y facturación de consumidores que contratan su suministro a través de una comercializadora en mercado libre.“2. La facturación del acceso a las redes se realizará siempre basándose en lecturas reales. En cualquier caso la lectura de la energía será realizada por el encargado de lectura con una periodicidad máxima bimestral y puesta a disposición de la empresa comercializadora. En el caso de suministros que cuenten con equipos de medida con capacidad para telemedida y telegestión, y efectivamente integrados en los correspondientes sistemas, la lectura se realizará con una periodicidad mensual.En aquellos suministros en los que el encargado de lectura no pueda acceder al equipo de medida para realizar la lectura, será de aplicación lo establecido a este respecto en el tercer y cuarto párrafos del apartado 1 del artículo anterior. (…)”Y el tercer y cuarto párrafo del apartado 1 del artículo anterior nos dice:“En aquellos suministros en los que el encargado de lectura no pueda acceder al equipo de medida para realizar la lectura, deberá dejar un aviso de imposible lectura en el que se indique un número de teléfono y una dirección web mediante la cual el usuario podrá facilitar la lectura de su equipo, así como el plazo para hacerlo. En el aviso de imposible lectura se especificará la información que deberá indicar el usuario para poder facilitar dicha lectura. En el caso de que el usuario no ponga a disposición del encargado de la lectura, la lectura de su equipo de medida en el plazo de dos meses desde el aviso de imposible lectura, el encargado de la lectura podrá estimar el consumo de dicho suministro en función del procedimiento recogido en la normativa vigente en cada momento. Adjunto foto en la que se puede comprobar que el contador está en la calle con acceso totalmente libre. Además no comprendo porque estando ya en 2022 no tenemos un contador inteligente como obliga la ley desde el 31 de diciembre de 2018.Además de todo esto el el Real Decreto 1955/2000 prohíbe a las empresas que realicen refacturaciones de recibos con más de un año de antigüedad si en la primera factura se cobró el usuario una cantidad inferior a la que ha estimado posteriormente la eléctrica. Y como es imposible que en un sólo mes hayamos tenido un consumo de 4000 kw entiendo que me están cobrando la electricidad que desde hace más de un año no me cobran ya que no han pasado a hacer una lectura real de lo consumido. También me gustaría que me explicaran a que precio me han cobrado esos kw, ya que el precio de la luz de septiembre de 2020 a cambiado mucho al del precio que tiene en 2022 y finales de 2021. Y que me expliquen si se han tenido en cuenta los kw que me han estado cobrado desde septiembre de 2020 hasta ahora a la hora de realizar esta ultima factura de 4000 kw, ya que es el consumo de casi un año entero.